De todos los investigados en el caso “Limpios de la corrupción”, que hace tres años remeció los cimientos de Chiclayo al quedar involucrados el alcalde de ese entonces, Roberto Torres Gonzales, sus familiares, otras autoridades y funcionarios municipales y sus más cercanos colaboradores, Jorge Incháustegui Samamé es el único que ha recibido una sentencia absolutoria en primera instancia, en una de las dos imputaciones penales que el Ministerio Público presentó en su contra.
Lógicamente, la sentencia favorable en el proceso por asociación ilícita para delinquir dada por el Octavo Juzgado Unipersonal de Chiclayo hace menos de un mes le da al exgerente de Urbanismo cierta tranquilidad. El Ministerio Público ha apelado y la instancia superior deberá pronunciarse sobre la imputación, en tanto el señalamiento en su contra por lavado de activos todavía está pendiente de acusación.
Incháustegui Samamé recuperó su libertad luego de estar 28 meses recluido, pero lo que nadie imaginó es que su excarcelación sería solo el inicio de la cadena de liberaciones otorgadas por el Poder Judicial a otros ocho investigados del megacaso por una razón que para muchos todavía resulta difícil de comprender: la libertad procesal o exceso de carcelería.
A la ciudadanía la noticia le cayó como baldazo de agua fría. Resulta todavía complejo de entender cómo es que los personajes que formaron parte de la gestión que tantos infortunios le causó a la provincial poco a poco han empezado a dejar el Establecimiento Penitenciario de Chiclayo, y al respecto hay mucho que explicar.
En principio los liberados no han sido absueltos por el Poder Judicial. Son todavía investigados. Sobre ellos pesan acusaciones y algunos tienen programadas audiencias de control de acusación y de juzgamiento para las próximas semanas, por lo que su retorno a la prisión es una posibilidad muy alta, en varios de los casos.
La excarcelación de los investigados, a quienes se conoce como “los limpios” por la denominación dada a la presunta organización criminal que operó desde la comuna de Chiclayo, obedece al acuerdo plenario que recientemente adoptaron los jueces supremos en lo penal, debido a las diferentes interpretaciones que desde inicios de año se habían dado al Decreto Legislativo N° 1307, promulgado con el objetivo de perfeccionar el Código Procesal Penal y el mecanismo de persecución contra el crimen organizado.
El Decreto Legislativo N° 1307 reconoce a los fiscales la facultad de solicitar la adecuación de los casos denominados complejos a la tipología de criminalidad organizada y con ello conseguir que los investigados sobre los cuales el Poder Judicial ha dictado medidas cautelares, como la prisión preventiva, se mantengan en prisión por un período adicional de hasta 12 meses.
La duda se generó en función de los plazos. Algunos consideraban que los 12 meses podían sumarse a los tres años que el Código Procesal Penal establece como período máximo para un mandato de prisión preventiva, con lo cual los investigados podían estar hasta cuatro años en la cárcel sin tener sentencia y solo como parte del proceso indagatorio que ejecuta el Ministerio Público.
Dicha interpretación e incluso el mismo Decreto Legislativo N° 1307 recibió hace semanas la severa crítica de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que se sumó a los cuestionamientos hechos con antelación por la Defensoría del Pueblo por la violación de la proporcionalidad de las medidas restrictivas y los plazos razonables. Ampliar las prisiones sin sentencia condenatoria vulnera el principio de presunción de inocencia cautelado por la Constitución Política y considerado como derecho fundamental. Esa es la principal observación.
Con ese tenor marco, los jueces supremos en lo penal arribaron al acuerdo plenario de definir las directrices de aplicación de Decreto Legislativo N° 1307, llegando a la conclusión que la prisión preventiva no puede exceder lo señalado por el Código Procesal Penal (36 meses), y que la adecuación de los casos complejos a la tipología de criminalidad organizada puede permitir la extensión de dicha medida cautelar siempre y cuando la suma total del mandato de carcelería no sume lo equivalente a tres años, contados a partir desde que el investigado es detenido.
Y eso es lo que ha permitido la liberación de ocho de los “limpios”, algunos detenidos desde el 30 de septiembre del 2014 y que hasta el momento no han recibido sentencias condenatorias en su contra.
Cabe precisar que si se ha llegado a este extremo es porque existe en el Ministerio Público una enorme responsabilidad. Desde que el caso empezó a manejarse en la Tercera Fiscalía Provincial Penal de Chiclayo el fiscal Sergio Zapata Orozco asumió la conducción de la carpeta, a la cual posteriormente se le asignaría de manera exclusiva junto a un equipo de fiscales provinciales y adjuntos, todos enfocados en probar las imputaciones iniciales y en conseguir las sanciones penales contra los involucrados. Sin embargo, la realidad ha sido otra.
Desde el principio los fiscales apuntaron a delitos complejos como lavado de activos y asociación ilícita para delinquir, encontrándose en estos las primeras trabas para lograr resultados céleres en la investigación. Actualmente, el caso tiene 140 imputados y la carga probatoria en varios de ellos no es lo suficientemente sólida para conseguir sentencias.
Ante la imposibilidad de probar los delitos madre de la investigación, la fiscalía optó por requerir al Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo la desacumulación de las imputaciones, a fin de obtener juzgamientos en menor tiempo y por penas menores.
Lo grueso de la investigación, que es el lavado de activos, está casi intacto y esto porque hasta el momento el Ministerio Público no ha tenido capacidad para ejecutar los peritajes (aduciendo falta de recursos), que demuestren el desbalance patrimonial de los investigados.
Y como el tiempo no perdona, los plazos de la prisión preventiva empezaron a vencerse, hasta que no quedó más remedio que solicitar la adecuación al Decreto Legislativo N° 1307 a fin de asegurar que los involucrados sigan privados de su libertad en tanto continúan las investigaciones. El Poder Judicial aceptó (con excepción de algunos casos), pero finalmente llegó el acuerdo plenario y ahora los que estaban presos deberán afrontar los procesos en libertad, aunque claro, con medidas restrictivas.