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El Huayrul: Un árbol místico del bosque seco

Escribe: Pedro Alva Mariñas (*)
Edición N° 1322

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En el tramo de la carretera Chongoyape – Tocmoche es frecuente encontrarse con especies forestales imponentes, llamativas, que dan vida, aroma y color al denominado “Bosque seco estacional de colinas”. Una de estas especies forestales que destacan recibe el nombre lugareño de huayrul. Se trata de un árbol que puede crecer hasta los 20 m. de altura, corteza de color marrón, se lo suele ver invadido de achupallas que, con el tiempo lo debilitan y aceleran su muerte. Su tronco es grueso que se ramifica formando una copa densa y se caracteriza por sus flores color rojo que suelen teñir el paisaje en lugares en donde abunda.

Pero lo que llama la atención son sus frutos, parecidos al frijol común, pero que tienen un distintivo color rojo en toda su superficie y en este punto se diferencian del huayruro que tiene frutos con colores rojo y negro. Es un árbol que no es apreciado por su madera, lo es más bien por sus frutos y por el uso que le dan a las achupallas que cobija y que sirven de alimento al ganado y a los animales silvestres.  

Nosotros hemos documentado la existencia del huayrul en espacios de las partes medias del valle La Leche y del valle Chancay y Leticia Vásquez nos confirma su existencia en el Refugio de Vida Silvestre de Laquipampa (Incahuasi) y nos informó que el nombre científico es erythrina velutina, perteneciente al género erythrina y a la familia de las Fabaceae.

Sobre el poder medicinal de estos frutos no tenemos referencias de estudios sobre el huayrul, aunque existen publicaciones que hablan de las propiedades medicinales de la variedad huayruro. Sin embargo, se tiene casi establecido que sus frutos no son comestibles y que contienen algunos alcaloides por lo que, se afirma, ha sido prohibida su introducción en países de Europa.

En un estudio sobre plantas medicinales en la amazonía se afirma que el huayruro es usado para el tratamiento de hemorroides y para lo cual se tuestan 7 semillas, se las tritura y se las hierve y con ello se da baños de asiento por las noches. Fuera de ello este estudio no le reconoce el carácter mágico que los pobladores le asignan a esta planta y que podría ser catalogada como “medicina preventiva” de males.

Las semillas de huayrul tienen fama porque, al igual que sus parientes los huayruros, se les considera poderosos talismanes y amuletos usados por curanderos y brujos.  Se le atribuye propiedades mágicas cuando los lleva una persona que la protege contra la envidia o el mal de ojo, atrae la buena suerte y el amor. Usarlos como adornos personales en collares, brazaletes, llevarlos en carteras, billeteras o bolsillos es recomendable.

El huayruro lo tenemos cerca de nosotros, a pesar de que parece un árbol exótico y sería bueno que los pobladores que viven en las partes medias de nuestros valles se animen a sembrar, a proteger a este bello árbol que lo consideramos un árbol místico. Siendo así los programas de reforestación y de recuperación de ecosistemas también lo tengan en cuenta.

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*Instituto de Desarrollo Regional - INDER

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REHABILITACIÓN DEL CANAL DE HUALLABAMBA: Más de 450 días paralizada por ineptitud en el PSI

Escribe: Semanario Expresión
Edición N° 1322

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Con recursos de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios – ARCC, se financió la rehabilitación del canal de Huallabamba, en el valle Motupe, obra asignada al Programa Subsectorial de Irrigaciones – PSI. Sin embargo, hace más de un año está paralizada.

La rehabilitación de la infraestructura central debió darse como consecuencia de los daños causados por El Niño Costero 2017.

Para ello, el PSI realizó el Procedimiento Especial de Contratación n.° PEC-PROC-23-2019-MIDAGRI-PSI-2, para la elaboración del expediente técnico y ejecución de la obra, otorgando la buena pro al Consorcio Pegaso, integrado por ER Construcciones EIRL, C&C JKP SAC y KAMPAU Contratistas Generales SAC.

El 1 de julio del 2019 se suscribió el contrato por un valor ascendente a cuatro millones 564 mil 637.91 soles, de los cuales 215 mil 785.80 debían destinarse a la elaboración del expediente y cuatro millones 564 mil 637.11 a la ejecución de la obra, con un plazo de 50 y 90 días calendarios, respectivamente.

Empero, el expediente técnico final fue aprobado el 25 de noviembre del 2019 por cinco millones 730 mil 623.81 soles. El incremento fue de más de 500 mil soles.

Para efectos del contrato, el Consorcio Pegaso entregó una carta fianza emitida por SECREX Compañía de Seguros de Crédito y Garantías por 506 mil 521.30 soles, con vigencia hasta el 30 de octubre del 2022, así como la carta fianza por 21 mil 578.58 soles, vigente hasta el 18 de noviembre del 2022.

Por otro lado, el 7 de junio del 2019 se firmó contrato con el Consorcio Supervisor Motupe, integrado por Imperio Peña SAC y Leoncio Chapoñan Cajusol, por un total de 74 mil 962.50 soles.

Ejecución

Las obras se iniciaron recién el 3 de enero del 2020, registrándose varias suspensiones entre enero y diciembre de ese año, entre otras razones, por las lluvias, necesidad de riego para cultivos y la emergencia por el Covid-19. Esto permitió la ampliación del calendario en 160 días, a terminar el 27 de febrero del 2021.

Al contratista en total se le han pagado ocho valorizaciones, sumando cinco millones 259 mil 420.23 soles, que representan el 99.59 % del monto contractual. El último pago se hizo en julio del 2021.

En tanto, a la supervisión se le ha pagado siete valorizaciones por 335 mil 240.65, que representa el 94.74 % del monto total.

Resolución del contrato

En mayo del 2021 se conformó el comité de recepción de la obra, encontrándose observaciones que no fueron levantadas por el ejecutor, por lo que en junio del 2022 se resolvió la nulidad del contrato.

Desde la resolución del contrato a la fecha han transcurrido más de 450 días sin que se concluya con el proyecto a cargo del PSI, pese a que corresponde a una intervención en el marco de la reconstrucción con cambios, con presupuesto asignado y cuya infraestructura no ha sido recepcionada ni transferida.

Esto se desprende del Informe de Hito de Control n.° 040-2023-OCI/4812-SCC, elaborado por el Órgano de Control Institucional – OCI, del Programa Subsetorial de Irrigaciones.

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EN LA UNPRG: Duplicaron ilegalmente el tiempo de contrato a supervisor

Escribe: Semanario Expresión
Edición N° 1322

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  • Obra para la Escuela de Arquitectura estuvo paralizada por ausencia del consorcio supervisor.
  • Contrato asciende a 646 mil 95.11 soles.

El Órgano de Control Institucional – OCI, de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo – UNPRG, emitió el Informe de Hito de Control n.° 018-2023-OCI/0205-SCC, relacionado a la construcción del nuevo pabellón para la escuela de Arquitectura, obra valorizada en más de 16 millones de soles. En este se evidencia la irregular contratación del consorcio supervisor, al que se le otorgó un plazo que duplica al que realmente le corresponde por sus servicios.

El órgano de control detectó incongruencias en el contrato de supervisión relacionadas con el plazo asignado para la prestación del servicio. Al respecto, es de mencionar que el 22 de agosto pasado la universidad suscribió el Contrato n.° 011-2023-UNPRG-UA, con el Consorcio Consultor Ruiz Gallo, formalizando el servicio de supervisión de obra, convocado mediante el Concurso Público n.° 01-2023-UNPRG/CS – Primera Convocatoria.

El consorcio está conformado por Julio Manuel Quispe Domínguez y Antonio Rincón Meléndez, siendo el representante legal Luis Alberto Milla Aquino.

La particularidad del contrato es que se ha suscrito por 436 días calendarios (406 para la ejecución y 30 para la liquidación).

Plazos y contrato

El contrato de obra del edificio para la Escuela de Arquitectura de la UNPRG, Contrato n.° 064-2022-UNPRG-UA, se firmó el 14 de noviembre del 2022 con el Consorcio Arquitectura KIBSO, estableciéndose un plazo de duración de 480 días calendario, que se contabilizaron desde el 16 de diciembre, una vez reunidas las condiciones previas de acuerdo a la Ley de Contrataciones del Estado.

Empero, al inicio de la ejecución de la obra la supervisión estuvo a cargo de un ingeniero inspector, el mismo que participó en la aprobación de las valorizaciones n.° 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07 y 08, correspondientes al período diciembre 2022 – julio 2023, las que sumaron un total de tres millones 278 mil 865 soles. El inspector laboró hasta el 22 de agosto, habiendo transcurrido 250 de los 480 días establecidos para la ejecución.

Lo que OCI cuestiona es cómo si la supervisión a cargo del Consorcio Ruiz Gallo se inicia a 250 días de iniciada la obra, este establece una duración de 436 días para la prestación del servicio.

“El plazo contractual de ejecución de la obra culmina el 8 de abril del 2024; asimismo, el servicio de inspección fue suspendido el 22 de agosto de 2023, con lo cual el saldo de plazo pendiente de supervisión es el comprendido entre el 23 de agosto del 2023 y el 8 de abril del 2024, equivalente a 230 días calendario, plazo que debió ser considerado para definir el plazo de contratación del servicio de supervisión. Sin embargo, sin sustento técnico o legal alguno, este servicio fue contratado con el Consorcio Consultor Ruiz Gallo por 436 días calendario, incluyendo 30 días para ejecutar la liquidación de la obra”, cuestiona OCI.

Para el órgano de control, este hecho va en contra de lo establecido en el numeral 142.3 del artículo 142 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, donde se señala que “el plazo de ejecución contractual de los contratos de supervisión de obra está vinculado a la duración de la obra supervisada”.

Paralización e incumplimientos

A ello se suma que el Consorcio Ruiz Gallo incumplió el plazo de inicio de la prestación de sus servicios y ocasionó la paralización de la obra, lo que daría pie a que el contratista solicite ampliaciones de plazo, el reconocimiento y pago de mayores gastos generales.

Como se ha indicado, la supervisión debió iniciarse indefectiblemente el 23 de agosto pasado, al día siguiente de la suscripción del contrato. La obra estuvo paralizada hasta el 31 de agosto por ausencia del supervisor.

Asimismo, OCI ha detectado que el personal clave de la supervisión incurre en ausencia injustificada durante la ejecución de la obra, incumplimiento las cláusulas contractuales.

 

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