La deriva de los políticos y la política se acentúa y la prensa, encabezada por la limeña, avanza con su prédica que ha convertido al país en un cajón de denuncias hediondas, olvidando que en la vida no todo es malo y que la unidad nacional es ahora más necesaria que nunca.
En lo que hay consenso político es al rechazo mayoritario al gobierno de la presidenta Dina Boluarte, mientras que el congreso escapa raspando, quedando en segundo lugar.
Como están las cosas todos somos sospechosos y la policía es martillo y arma política de los gobiernos de turno, perdiendo su esencia de institución para proteger al ciudadano de a pie.
El caso de la bancada de Acción Popular es aleccionador, porque cuando se eligió al coordinador de la bancada, ocho perdieron en votación frente a siete, pero ahí no queda la cosa, ya que de los quince congresistas de la bancada doce, sí doce, son considerados “niños”, o sea congresistas amigos del presidente Pedro Castillo, al que acudían para gestionar obras para sus pueblos.
Al final la “minoría” encabezada por la señora María del Carmen Alva Prieto renunció a la bancada pero no a la militancia partidaria, pasando a ser acciopopulistas sin bancada.
La prensa limeña marca la ruta
La prensa limeña marca la ruta y señala los temas, tanto que parece hablar de otro país.
Por ejemplo, oculta que el Consejo de Ministros prorrogó por cuarta vez este año el estado de emergencia en el llamado corredor sur, Apurímac, Cusco y Arequipa y sus analistas callan que las encuestas últimas indican que el rechazo mayoritario al gobierno de la presidenta Dina Boluarte se ha fortalecido desplazándose del sur a la costa y sierra norte, o sea hay unanimidad geográfica contra este gobierno que tiene manchadas las manos con la sangre de ciudadanos que manifestaban pacíficamente sus desacuerdos.
Ocultan también que en varias regiones los poderes regionales funcionan casi, si casi, independientes del poder central limeño, muestra palpable del desgobierno y la desobediencia civil y a las que la presidenta Boluarte no puede ir, situación prohibida también a ministros y parlamentarios.
Unidad, ¿para qué?
La presidenta Dina Boluarte acaba de asistir a la reunión de presidentes de la región amazónica (Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador, Guyana, Perú, Surinam y Venezuela), donde lo formal ha sido el tema de la defensa de la amazonia, tratando de articular una política contra la deforestación en lo que se considera el último pulmón del mundo.
Como sabemos la amazonia es una vasta región de más de siete millones de kilómetros cuadrados llena hasta el tope de riquezas forestales, mineras, petroleras y gasíferas, bio diversidad y agua dulce.
El asunto es grave porque el Perú carece de una política amazónica, tanto que no tenemos política fronteriza e Iquitos es la única capital departamental que no tiene conexión por tierra con el resto del Perú.
Tanta es la incomprensión de los políticos, estudiosos y militares, que se prefirió construir la carretera IRSA SUR, con el supuesto objetivo de sacar las mercancías brasileñas al Océano Pacífico, para que vayan a Asia, echando al basurero la propuesta del Presidente Regional de Loreto, Iván Vásquez Valera, del ferrocarril que conecte Iquitos con el puerto de Yurimaguas (en el río Huallaga) abriendo acceso terrestre a la carretera marginal de la selva, hoy Fernando Belaúnde Terry.
¿Cuánto costó la IRSA SUR para que mercancías brasileñas salgan al Océano Pacífico rumbo a China? la cifra exacta no la recuerdo en este momento de escribir, pero si se trataba de servir a la economía brasileña y a China ¿por qué la obra la pagamos los peruanos y no los brasileños o los chinos?
Geopolítica en la amazonia
No debemos olvidar que desde mediados del siglo pasado hay propuestas en las Naciones Unidas para internacionalizar la amazonia y sea gobernada por un ente supranacional.
También debemos tomar en cuenta que Brasil no está jugando chapitas en los BRICS y tiene una definida política de defensa de la amazonia, región que los peruanos despreciamos porque no entendemos el problema.
A comienzos de este siglo la edición peruana de Le Monde Diplomatique, dirigida por el diplomático peruano Harold Forsyth, publicó un revelador informe sobre el viaje de una delegación oficial del alto mando del ejército brasileño a Vietnam, para estudiar en el terreno las tácticas y estrategia del ejército vietnamita con las que derrotaron al ejército norteamericano, porque (y lo escribo casi textual) una de las hipótesis de guerra del ejército brasileño es el enfrentamiento con una potencia económica y militarmente superior por el control de la amazonia.
Está libre América Latina de las turbulencias
Hasta ahora América Latina está libre de turbulencias de guerra, pero ¿hasta cuándo?
Una publicación del Centro de Estudios Internacionales de la Universidad de Chile, “Riesgo Político de América Latina” (2021), toca el tema y entre otras cosas interesantes señala que hay conflictos fronterizos como los de Colombia-Nicaragua, Guyana-Venezuela, Brasil-Uruguay.
El estudio centra el problema en lo que llama “mercados ilegales”, producción y tráfico de drogas, tráfico de personas, conflictos armados con guerrillas como las FARC y otros.
Elude tratar las permanentes tensiones fronterizas entre Perú, Bolivia y Argentina con Chile y el enorme gasto militar chileno en relación con Argentina, Perú y Bolivia.
Al respecto el Global Firepower Index apunta que el gasto militar chileno actual es de 5,058 millones de dólares, superior a la suma proyectada por Argentina y Perú, 3,064 millones y 1,850 millones respectivamente, que hacen un total de 4,914 millones de dólares.
En el mismo sentido Statista. Especial Mensual América Latina, suma para Chile 6,230, 44, millones de dólares frente a 2,591.64 para Argentina y 2,360.61 para Perú, ambos con un total de 4,952.25.
Las cifras llaman la atención, ya que si hay un clima de paz y distensión en Latinoamérica ¿por qué Chile gasta tanto en armamento?
Un comparando del gasto militar relacionado con el número de habitantes, resulta que Chile gasta en armas 317 dólares por habitante, mientras que Argentina y Perú destinan sólo 66 y 54 dólares.
Históricamente Chile siempre ha tenido una política armamentista supremacista frente a Argentina y Perú con una clara estrategia de fortalecerse en todos los ámbitos y disminuir las potencialidades de sus vecinos, tanto que en los sectores especializados se habla en voz baja de la probable intervención de los servicios de inteligencia chilena en los principales conflictos mineros peruanos y no es un secreto que cuando la Guerra de las Malvinas, el vecino del sur trabajó activamente para el triunfo británico.
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(*) Periodista.
La Contraloría General de la República identificó a 26 directivos, funcionarios y servidores públicos del Fondo Mivivienda S.A., que beneficiaron irregularmente a una empresa inmobiliaria Markagroup S.A.C. y sus subsidiarias en la firma de un convenio que le permitió actuar como Entidad Prestamista No Supervisada (EPNS), para otorgar créditos hipotecarios a las familias que deseaban acceder a una vivienda, en los proyectos inmobiliarios registrados en el Programa Techo Propio.
Según el Informe de Auditoría de Cumplimiento N° 003-2023-2-4733-AC, el Comité de Riesgos del Fondo Mivivienda S.A. se avocó indebidamente a realizar el trámite para la firma del convenio con la empresa inmobiliaria, pese a que esta labor correspondía a la Gerencia General, conforme lo estipula la normativa interna. Además, suscribió el convenio sin que la empresa beneficiada cumpla con los siguientes requisitos: presentación de estados financieros auditados de los dos últimos ejercicios anuales, declaración jurada sobre el origen de los fondos que se destinarían para el otorgamiento de los créditos y acreditación de que contaban con oficial de cumplimiento corporativo registrado ante la SBS. A ello se suma que el convenio no consideraba todas las cláusulas establecidas en la normativa, como es la obligación posterior de presentar periódicamente los estados financieros auditados y la clasificación de riesgos externa.
Con la firma del convenio con el Fondo Mivivienda S.A., realizado el 19 de octubre del 2021, la empresa beneficiada participó en seis proyectos inmobiliarios del programa Techo Propio que representan una inversión de 277 millones 113 mil 901 soles. Dichos proyectos son “Las praderas de Cacatachi” (distrito de Cacatachi, provincia y región de San Martín); “Chiclayo bonito” (distrito de Reque, provincia de Chiclayo, región Lambayeque); “Lima bonita” (distrito de San Bartolo, provincia y región Lima), “Barranca bonita” (distrito de Supe, provincia de Barranca, región Lima); “Piura bonita” (distrito de Castilla, provincia y región Piura); y, “Villas de Alto Larán – Etapa 2” (distrito de Alto Larán, provincia de Chincha, región Ica).
Al 31 de diciembre del 2022, el Fondo Mivivienda S.A. ha desembolsado 151 millones 268 mil 023 soles para estos seis proyectos inmobiliarios, monto que corresponde a 3912 Bonos Familiares Habitacionales (BFH) para igual número de familias de limitados recursos económicos interesadas en acceder a una vivienda de interés social.
Más de 33 millones de soles
Para cada proyecto inmobiliario, se firma un contrato de fideicomiso de administración y garantía donde el Fondo Mivivienda S.A. desembolsa los BFH y los Grupos Familiares Beneficiarios aportan sus ahorros y, de corresponder, el crédito hipotecario otorgado por la EPNS.
En el caso de cuatro proyectos inmobiliarios del programa Techo Propio (“Lima bonita”, “Chiclayo bonito”, “Barranca Bonita” y “Praderas de Cacatachi”), el Fondo Mivivienda S.A. redujo el aporte que correspondía realizar a la empresa privada y sus subsidiarias, del 25 % al 15 % de la inversión total del proyecto, lo cual favoreció a la empresa con 33 millones 172 mil 915 de soles, que dejó de aportar al fideicomiso de administración y garantía.
La reducción del aporte fue condicionado, entre otros, a la firma de una fianza solidaria, en forma personal, de la accionista mayoritaria quien gestionaba dichos trámites como gerente general de la empresa inmobiliaria beneficiada y firmó las fianzas solidarias a título personal en favor del Fondo Mivivienda S.A., pero los contratos no señalan monto de la fianza y no identificaron los bienes de titularidad de la garante que se encontraban en poder del Fondo Mivivienda S.A., requisito indispensable para ejecutar la garantía acordada en caso de incumplimiento.
Otro aspecto relevante es que la Supervisora de Fideicomisos del Fondo Mivivienda S.A. propuso a la empresa donde había laborado como Supervisor Técnico Financiero de los proyectos inmobiliarios, evidenciándose un conflicto de interés. Al haber tenido la condición de subordinada de esta empresa años atrás, y mantener la condición de representante legal, debió abstenerse de participar en este procedimiento.
Cabe destacar que la comisión auditora observó que el Fondo Mivivienda S.A. no cuenta con los originales de los contratos de fideicomiso de los seis proyectos inmobiliarios y los archivos digitales proporcionados no cuentan con la firma del Gerente General ni del Gerente de Proyectos Inmobiliarios y Sociales. Tampoco se encuentra visado por la Gerencia Legal y la Gerencia de Riesgos de dicha entidad.
Familias sin viviendas
Un total de 2003 Viviendas de Interés Social (VIS) de los proyectos “Lima bonita” (728), “Praderas de Cacatachi” (206) y “Chiclayo bonito” (1069), que debieron estar listas en mayo pasado, no están concluidas ni han sido entregadas a los beneficiarios del Bono Familiar Habitacional, a pesar de que los plazos han vencido y de que el Fondo Mivivienda S.A. ha desembolsado 77 millones 159 mil 456 soles para ello.
Además, se pudo constatar que se omitió consignar en los contratos con las empresas a cargo de los proyectos una penalidad por la demora en la entrega de las viviendas, incentivando así el incumplimiento de los plazos contractuales y que se reprogramen los plazos de entrega de las viviendas sin mayor justificación ni sanción, hecho que no ha sido observado por el propio Fondo Mivivienda S.A.
Incumplimientos
De otro lado, se evidenció que la empresa supervisora de los fideicomisos, autorizó se desembolse 33 millones 985 mil 565 soles, sin que las empresas subsidiarias de la empresa beneficiada hayan cumplido con entregar las viviendas de interés social, causando un perjuicio económico al Fondo Mivivienda S.A. por los Bonos Familiares Habitacionales desembolsados y ahorros de los Grupos Familiares que no han recibido sus viviendas.
El Informe de control fue remitido a la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción a fin de iniciar prontamente las acciones penales y civiles a los funcionarios y servidores comprendidos en los hechos descritos, con la finalidad de que determinen las responsabilidades que correspondan.
El Informe de control fue remitido a la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción a fin de iniciar prontamente las acciones penales y civiles a los funcionarios y servidores comprendidos en los hechos descritos, con la finalidad de que determinen las responsabilidades que correspondan.
Responsabilidades
Para la Contraloría, recae responsabilidad civil, penal y administrativa sobre Roger Gaviria Johanson, director del Fondo MiVivienda y miembro del Comité de Riesgos; Greta Pedal Baertl, presidenta del Comité de Riesgos; José Olivares Canchari, miembro del Comité de Riesgos, al igual que Robert Soto Chávez y Pedro Arroyo Marquina, quien además fue director del fondo.
Asimismo, contra Gonzalo Arrieta Jovic, miembro del Comité de Riesgos y director; Ernesto López Mareovich, director; Bruno Novella Zvala, gerente general; José Forero Monroe, gerente comercial; Juan Toledo Baldeó, gerente de operaciones; María Rivas Solís, asesora de la gerencia general y Pedro Morán Villanueva, jefe del departamento de Administración.
Iván Huertas Gastiaburú, gerente de riesgos; Saúl Cáceres Neyra, jefe del Departamento de Riesgo Crediticio y Seguimiento de Cartera de la Gerencia de Riesgos; Iván Grados Cabrera, gerente de Finanzas; Pedro Pérez Alcázar, gerente legal y Linda Ávila Ortiz, también gerente legal.
Del mismo modo, Fiorella Viacava Figueroa, jefa del Departamento de Asesoría Legal en Asuntos Corporativos; Melissa Coral Alva, especialista en Control y Seguimiento de la Proyectos de la Gerencia General; Hernando Carpio Montoya, gerente de Proyectos Inmobiliarios y Sociales; Liesbeth Heredia Landeo, gerente de Proyectos Inmobiliarios y Sociales; Lucas Sarmiento Lui, jefe del Departamento de Proyectos Inmobiliarios; Luz Mayhua Elguera, jefe del Departamento de Estructuración; César Salazar Solano, Especialista de Fideicomiso de la Gerencia de Proyectos Inmobiliarios y Sociales y Ketin Espíritu Melgarejo, especialista en control y seguimiento de proyectos.
Pareciera que conforme la crisis social y económica avanza en el país, los operadores de las contrataciones en los diferentes organismos públicos gubernamentales, como son el Poder Ejecutivo y Legislativo y los gobiernos sub nacionales, se hacen cada vez más fuertes, cuando se trata de comprar bienes o contratar servicios favoreciendo temerariamente a cuanto postor ellos decidan elegir.
El tamizaje totalmente irregular se muestra cuando, buscando formas indebidas e ilegalmente extendidas, los funcionarios encargados de realizar las compras y contrataciones se atreven a contratar a proveedores o ejecutores de obras, a pesar que no reúnen las condiciones para ser adjudicatarios de los procesos de selección que el Estado convoca a nivel nacional.
La manifiesta erosión ascendente de la moral y la ética que hoy ha contaminado gran parte del aparato estatal, ha degradado a la función pública, pues los corruptos y ladrones de toda calaña ven en ella el espacio para obtener mucho dinero y enriquecerse ilícitamente.
Son estos, quienes haciendo uso y abuso del cargo otorgado y el encargo concedido para decidir a quién se le compra o contrata, cual pájaros fruteros, saquean sin reparos y obstinación adictiva los recursos del país, como si todo ello fuera parte de una labor formalizada, que al fin y al cabo termina convirtiéndose en una cultura del lucro informal arraigada en la gestión pública.
No hay controles
La permisibilidad de los entes de supervisión y control acelera el crecimiento sostenido de la falta de honradez y probidad faltante en todos los niveles del Estado, lo cual nos muestra que los controles son tardíos o inexistentes, como es el caso del Órgano Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, que a pesar de la labor encomendada de investigar todas las contrataciones públicas, se aleja de la realidad tangible de los mecanismos que cada vez los corruptos utilizan para forzar contrataciones indebidamente.
El OSCE es un organismo cada vez más burocrático e ineficiente, lo que le impide al menos advertir que algo indebido ha ocurrido en una contratación estatal, incumpliendo descaradamente con la labor encomendada.
La brutal corrupción
La indecencia en el ejercicio de la función pública, hoy en día – de acuerdo a la medición funcional de sus actores – no deja de crecer exponencialmente en el Perú, lo cual se ve reflejada en una potencial e incontenible corrupción, donde el lindero de la moralidad ha sido superado largamente por aquellos personajes de saco y corbata y por qué no, de aquellos que no lo lucen, quienes como bandas delincuenciales organizadas, escamotean fundamentos de respuesta para desnaturalizar las alicaídos cuerpos normativos y, de esta manera, con insania pura, asestar el golpe certero de apropiarse de lo ajeno y enriquecerse bajo el manto de una supuesta legalidad.
Sin duda que el daño que ocasiona la corrupción es irreparable, el deterioro sistémico de la moral peor aún, tal es así que, el peor escollo de la lucha contra la corrupción, resulta ser la misma corrupción, al final, la falta de la acción conjunta de los órganos competentes, el hartazgo y el rechazo ciudadano a este mal endémico, permiten que el gran robo en el país, donde los corruptos moran principalmente en los gobiernos regionales y municipales, no hacen sino colocar al Perú en un lugar vergonzoso, que termina colocandolo como uno de los países más corruptos de la orbe mundial.
Sigamos luchando
Se sabe y se sostiene que la corrupción es un monstruo de dos cabezas – qué duda cabe - , en ese contexto, y con el enemigo a la vista, no podemos abstraernos de una lucha frontal contra este mal que nos arrecia y denigra la moral ciudadana, más aún, cuando bien sabemos que el enemigo ancestral es visible y es causa real del arrebato sistemático de nuestra dignidad y la progresiva destrucción de nuestro derechos fundamentales tan venidos a menos cada vez más, dicho todo ello, entendamos que la corrupción aprende de sus errores, por eso crece, se mantiene y hay que combatirla.
El capital humano sano y honesto en su mayoría, es capaz de lograr la parálisis de aquellos operadores corruptos, en razón de ello, la conciencia ciudadana debe primar pensando que nada ni nadie librará esta batalla si no somos nosotros, por lo tanto, lo único imposible es aquello que no se intenta y así lograr que el mal que nos aqueja comience a decrecer cuando los ciudadanos honestos nos pongamos de pie y digamos ¡Basta ya de tanta ratería!
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(*) Especialista en Contrataciones del Estado.
En muchos países, las pruebas del polígrafo son controvertidas y están sujetas a regulaciones específicas o prohibiciones legales en el contexto laboral.
En algunos lugares, como Estados Unidos, el uso del polígrafo está restringido por la Ley del Polígrafo de Empleados (Employee Polygraph Protection Act- 1988) y, en general, su uso como prueba para tomar decisiones de empleo es limitado, con algunas excepciones para ciertas industrias, como seguridad y farmacéuticas, y bajo circunstancias específicas, como investigaciones de robos o daños. Además, las pruebas del polígrafo no son consideradas como evidencia admisible en los tribunales de justicia debido a su naturaleza subjetiva y cuestionable.
En Perú, el uso del polígrafo en el ámbito laboral es objeto de debate y no está generalmente regulado por la legislación laboral. Algunas empresas o empleadores que emplean su uso estarían expuestos a cuestionamientos ante SUNAFIL y el Poder Judicial, donde no existe fallos que hayan marcado las pautas sobre su uso.
Sentencia del TC
Sin embargo, el Tribunal Constitucional (TC) en el Expediente 273-2010 AA/TC se ha pronunciado sobre una demanda de un Sindicato contra una empresa y miembros de la PNP por el uso del polígrafo y ha determinado que el examen del polígrafo permite registrar los cambios en los patrones cardiovasculares, respiratorios y electrodérmicos que experimenta una persona al responder una pregunta.
En dicha sentencia ha indicado que el polígrafo es una técnica que busca diagnosticar si una persona está mintiendo o no al emitir sus respuestas. Empero su uso puede vulnerar los derechos a la intimidad personal y a la no autoincriminación, que son fundamentales en el entramado constitucional y en la dignidad humana.
Como ha señalado el TC, todos los derechos, no son absolutos y existen situaciones en las cuales el examen del polígrafo sí podría estar justificado constitucionalmente, pero su uso debe estar sujeto a restricciones o limitaciones razonables y proporcionales. Es decir, debe haber una justificación clara de que el uso del polígrafo beneficia el interés general y no causar daños o perjuicios a otros bienes en conflicto.
En este sentido, el TC ha establecido ciertos requisitos para el uso del polígrafo:
Requisitos
El examinado debe tener conocimiento expreso de la decisión de realizar el examen y de las razones para ello, con un plazo razonable entre la notificación y la actuación.
La naturaleza y el procedimiento del examen, así como toda la información relevante, deben ser explicados previamente a la persona examinada.
El examinado tiene derecho a contar con la presencia de un abogado defensor de su elección, o a ser asistido por una persona de su confianza, si así lo solicita.
El examinado debe recibir un ejemplar de los resultados del examen, debidamente suscrito por las personas presentes en la evaluación poligráfica.
Señala además el Tribunal Constitucional que las conclusiones del examen del polígrafo pueden ser utilizadas como elemento de justificación para el inicio de un procedimiento o una investigación, pero no pueden ser utilizadas para determinar las responsabilidades de una persona, ya que esto requeriría pruebas suficientes que desvirtúen la presunción de inocencia, un principio fundamental en términos constitucionales.
El TC también señala que el uso del examen poligráfico en el ámbito de las relaciones laborales es constitucionalmente cuestionable, ya que invadir el ámbito personal de un trabajador para obtener información que pueda tener consecuencias desfavorables vulnera sus derechos fundamentales y desmejora su condición de persona humana. Por lo tanto, el examen del polígrafo no sería admisible para decisiones relacionadas con el acceso al empleo, la terminación del contrato laboral por falta de buena fe o el despido de un trabajador por negarse a someterse al examen, entre otros supuestos.
Por otro lado, el TC establece que el uso del polígrafo es viable cuando la actividad del trabajador está directamente relacionada con la vida de las personas, la defensa y seguridad nacional, los poderes del Estado y el orden constitucional. También sería admisible si existe una sospecha razonable de que el trabajador estuvo involucrado en un incidente que causó un grave perjuicio financiero y económico al empleador o puso en grave peligro la existencia misma de la entidad empleadora, con el propósito de justificar el inicio de un procedimiento o una investigación.
Por lo que de acuerdo al máximo intérprete de la Constitución, es posible aplicar el polígrafo en las relaciones laborales, especialmente cuando está en juego la subsistencia del empleador (empresa), la vida de las personas (compañeros de trabajo), la defensa y seguridad nacional, o el orden constitucional. Sin embargo, si un empleador desea tomar medidas disciplinarias basadas en el uso del polígrafo, siempre deberá considerar que este no puede ser el único elemento contundente como prueba. Se requerirían pruebas sólidas y sustanciales adicionales para respaldar cualquier acción, como un despido, de acuerdo con lo establecido por el TC.
En resumen, el uso del polígrafo en las relaciones laborales está sujeto a regulaciones y restricciones en muchos países. En Perú, aunque no existe una regulación específica, el Tribunal Constitucional ha establecido ciertos requisitos para su uso, buscando proteger los derechos fundamentales de los trabajadores involucrados.
Es así, que si sería posible su uso en las relaciones laborales, por lo que incluir cláusulas en los contratos de trabajo que autoricen su uso, será válido siempre que se tome en cuenta los parámetros establecidos por el TC como cuando exista un perjuicio financiero o económico, cuando está en grave peligro la organización y cuando se hace una investigación pero primando el bienestar especial sobre el general.
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(*) Abogado laboralista y docente universitario.