Un proyecto de ley a través del cual se plantea otorgar un plazo legal máximo de cinco (5) días al Poder Ejecutivo para que publique en el diario Oficial El Peruano las autógrafas de ley que no hayan sido observadas o que hayan tenido acuerdo de insistencia del Congreso en caso de haber sido observadas, presentó el congresista y vocero de la Célula Parlamentaria Aprista (CPA), Javier Velásquez Quesquén.
En ese sentido el parlamentario aprista planteó incorporar el numeral 15° en el artículo 19° de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 29158, cuyo texto señala que se dispone, la publicación de el diario El Peruano de las leyes y resoluciones legislativas remitidas por el Congreso, debidamente numeradas, seas estas por insistencia y de todas aquellas autógrafas que una vez vencido el plazo legal de quince días no hayan sido observadas; publicación que deberá efectuarse en un plazo máximo de 5 días de recibida, bajo responsabilidad del funcionario responsable.
Velásquez Quesquén manifestó que esta propuesta cubre un vacío legal de la que en varias oportunidades se aprovechó el expresidente Ollanta Humala para dilatar largamente la publicación de leyes aprobadas por el Congreso con las que no estaba de acuerdo, afectando con ello en forma implícita la autonomía e independencia del Poder Legislativo.
Sostuvo que en el país la publicación de importantes proyecto de ley aprobados por el pleno del Congreso, así como las diferentes autógrafas que no han sido observadas dentro del plazo legal de 15 días que establece la ley, se han visto perjudicadas en su fase integrativa, es decir, en la etapa que corresponde a la numeración y publicación de las leyes a cargo a cargo del Poder Ejecutivo.
Al no existir un marco legal, explicó Velásquez Quesquén, que establezca concretamente un plazo razonable para ello, muchas veces se retrasa injustificada e innecesariamente la publicación oportuna de las normas, lo que evidentemente genera incertidumbre y descontento en la población.
“A diferencia de otros países como Chile por ejemplo, en la que la publicación de la ley debe efectuarse dentro de los 5 días que quede tramitado completamente el decreto promulgatorio. La ley se publica en el diario Oficial, y desde ese momento se obligatoria y se presume conocida por todos”, indicó el legislador aprista.
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