El pasado 14 de noviembre se conmemoró en el mundo el Día de la Lucha contra la Diabetes y Lambayeque lo celebró de la mano de la Organización Panamericana de la Salud y la Asociación de Comunicadores Sociales Calandria que lideran en el país la campaña Vence a la diabetes.
La elección de nuestra Región no fue fortuita: Las regiones con más casos de diabetes tipo 2 son las ciudades más desarrolladas ubicadas en la costa, como Lima, Lambayeque y Piura. Allí la ciudadanía tiene un estilo de vida más moderno y tiene más acceso a productos procesados, lo que incide en el desarrollo de esa enfermedad.
Según reportes del Ministerio de Salud (Minsa) a 2016 el Departamento de Lambayeque ocupaba el segundo lugar en índices más altos de diabetes con 8,5 % de la población peruana diagnosticada. Solo la supera Piura que ocupaba el primer lugar con el 9,7 % del total de peruanos con ese mal.
La campaña Vence a la diabetes promueve que los pacientes de diabetes tipo 2, sus familiares y ciudadanía adquieran mayor conciencia del riesgo de la enfermedad, identifiquen factores de riesgo modificables y prácticas de detección temprana asociadas.
En ese marco y desde el viernes 10 de noviembre se desarrollaron tres ferias populares en céntricos parques de tres distritos de la Región: la primera feria en Ferreñafe, y luego en Lambayeque el lunes 13 para cerrar en La Victoria con una última Feria el martes 14, Día Central de la lucha contra la Diabetes.
“Hemos activado la participación de unas 1000 personas en estas tres ferias en las que apoyan a Calandria y la OPS el Gobierno Regional y las municipalidades con facilidades logísticas, personal y permisos”, cuenta Carla Guevara Anaya, a cargo de las ferias en Lambayeque.
Esta campaña se desarrolla en el marco del proyecto Diabetes Network Action (DIANA PERU), que viene elaborando la estrategia de comunicación y abogacía sobre factores de riesgo modificables de la diabetes tipo 2.
DIABETES IN CRESCENDO
La diabetes sigue creciendo en el mundo y en le país. Con un total mundial de 422 millones de diabéticos, en el Perú, somos ya más de 2 millones y sumando. Superamos a países como Uruguay y Argentina en la lista de países latinoamericanos con más diabéticos, una cifra en la que podemos hacer mucho para remontar.
La diabetes mellitus es una enfermedad causada por niveles altos de azúcar en la sangre y asociada a una baja acción de la insulina. Provoca daños en todos los órganos del cuerpo y no tiene cura, solo tratamiento, coinciden los especialistas.
Existen dos formas principales de diabetes. Las personas con diabetes de tipo 1 generalmente no producen insulina, y así necesitan inyecciones de esa sustancia para sobrevivir. Las personas con diabetes de tipo 2, el 90% de los casos, suelen producir su propia insulina, pero en cantidades insuficientes o sin poder utilizarla apropiadamente. Estas personas por lo general tienen sobrepeso y son sedentarias, dos circunstancias que aumentan sus necesidades de insulina.
Según la Encuesta Demográfica y de Salud Familiar “Perú Enfermedades Transmisibles y No transmisibles” - INEI, el 3.2% de la población de 15 y más años de edad fue diagnosticado con diabetes mellitus. Según sexo, el 3.6% de la población femenina padece diabetes y el 2.9% de la masculina. Según las previsiones de la Organización Mundial de la Salud (OMS), la diabetes será la séptima causa de muerte para 2030.
“La diabetes se puede controlar y tratar para prevenir complicaciones. El mayor acceso al diagnóstico, la educación sobre el control personal de la enfermedad y el tratamiento asequible son componentes fundamentales de la respuesta”, dice una información de los organizadores.
ATACANDO EL MAL
La diabetes tipo 2 aparece cuando el cuerpo no produce suficiente insulina o no usa adecuadamente la que produce. Debido a ello el azúcar de la sangre se eleva sobre lo normal, dañando el organismo incluso muchas veces sin que el paciente pueda sentirlo.
La diabetes tipo 2 corresponde a la mayoría de los casos (9 de cada 10) y se asocia a hábitos sedentarios y mala alimentación. Por cuestiones de organismo suele ensañarse más con la población femenina que masculina.
Se cree que en el Perú hay el doble de las personas diagnosticadas con diabetes. Este subregistro entonces escondería un dato terriblemente real: cuatro millones de pacientes que estarían sufriendo de diabetes.
Los especialistas aconsejan cuestiones básicas para frenar y superar el avanece de la diabetes: ya que su existencia se vincula a la ingesta de comida chatarra y procesada, se recomienda mejorar la alimentación hacia una más sana y caminar más.
El Instituto Cultural Peruano Norteamericano – ICPNA, se ha constituido en el principal referente de las relaciones binacionales entre el Perú y los Estados Unidos de América en el departamento, y en sus seis décadas de presencia institucional ha dado importantes pasos hacia la excelencia, no solo por la calidad de su sistema de enseñanza del idioma inglés, sino también por su orientación hacia la comunidad.
El carácter binacional del ICPNA Chiclayo lo constituye en un aliado estratégico de la Embajada de los Estados Unidos con la misión de promover el buen entendimiento entre los pueblos del Perú y de Norteamérica, sea a través de la enseñanza del inglés o de la promoción cultural y el intercambio estudiantil entre ambos países, pero además promoviendo los valores artísticos, cívicos y democráticos.
“Esa es la misión con la que se fundaron los centros binacionales que todos conocen como ICPNA. El de Chiclayo fue el quinto en crearse a nivel nacional. En estos 60 años creo que el objetivo más grande que hemos cumplido es ser una asociación civil sin fines de lucro sostenible, representativa como institución que promueve y practica los principios democráticos, con un línea de gestión horizontal y con personas destacadas de la comunidad que conducen los destinos de la institución de forma completamente ad honorem. Trabajamos codo a codo para seguir creciendo”, señala Ana María de la Torre Ugarte de Aurich, directora ejecutiva del ICPNA Chiclayo.
Desde la sede local, el ICPNA dirige cuatro sedes que cumplen con los mismos estándares de calidad formativa, organicidad y proyección a la comunidad, los que funcionan en Chepén, Cajamarca y Jaén. En la sede Chiclayo, el instituto llega a albergar hasta tres mil estudiantes del idioma inglés al año.
De la Torre Ugarte menciona que el ICPNA no es solo un centro de idiomas, también es una asociación cultural reconocida por el Estado Peruano que desarrolla año a año un nutrido programa de actividades que involucra a los integrantes de la institución y se proyecta a la comunidad en general.
INSTITUCIÓN ACREDITADA
Pero sin lugar a dudas, el logro más importante fue el que se alcanzó hace casi cuatro años, cuando el Departamento de Educación de los Estados Unidos le otorgó una certificación internacional por cinco años, que garantiza la excelencia de su programa educativo, convirtiéndose – hasta el momento – en el primer centro de idiomas del mundo en alcanzar la acreditación por un período superior a los 12 meses.
“Tenemos estándares de calidad educativa comunes a los que existen en Estados Unidos. El ICPNA de Lima obtuvo la misma acreditación que nosotros pero solo por un año. Nuestro mérito es que somos el primer centro binacional en el mundo al que se le ha otorgado una acreditación por cinco año. Existen centros binacionales en todos los países de América Latina, y nosotros fuimos los primeros en alcanzar este importante logro”, asevera.
La directora ejecutiva explica que la acreditación fue posible por los resultados que muestra la institución, sobre todo en cuanto al currículo de estudio que refleja con certeza los niveles de avance en el dominio del idioma inglés que van adquiriendo los estudiantes desde que empiezan a formarse en el ICPNA Chiclayo.
Fue también necesario que se evalúe la capacidad de los docentes, todos con grados académicos y certificación internacional en el dominio del inglés, así como los indicadores de aprendizaje de los alumnos.
“Esto representa un proceso de mejora continua, porque todos los años revisamos nuestros resultados y tenemos que estar a la par con las mejores técnicas y metodologías de enseñanza. Todo esto se respalda con el uso de la tecnología. En las cuatro sedes que dependen del ICPNA Chiclayo, sin ninguna diferenciación se utiliza el sistema digital, desprendiéndonos del sistema clásico en el que el profesor se para delante de los alumnos y habla para que estos escuchen. Gracias a la tecnología se desarrollan las cuatro habilidades del idioma inglés en el alumno y el profesor se convierte en un facilitador del aprendizaje”, indica.
SISTEMAS DE ESTUDIO
Majid Safadaran Mosazadeh, director Académico del ICPNA Chiclayo, refiere que con el trascurrir del tiempo la institución se ha ido adaptando a las necesidades educativas de la población, ofreciendo para ello programas y horarios diferenciados a fin de facilitar el estudio del idioma inglés, ingresando además a la modalidad virtual asistida, que integra el uso de las herramientas digitales con el acompañamiento de docentes.
“Sacamos la acreditación para demostrarnos a nosotros mismos, a los estudiantes, a los padres de familia y a la Embajada de los Estados Unidos que estamos cumpliendo los objetivos académicos que tenemos. Uno puede decir una cosa y hacer otra o decir que los estudiantes van a lograr tal nivel y al final no resultar cierto. Para nosotros la acreditación es muy importante, porque trabajamos muy de cerca con la embajada y para ser un centro binacional necesitamos cumplir con sus requisitos y este era uno de ellos”, refiere.
El ICPNA ofrece cursos de inglés de nivel básico, intermedio y avanzado, para adultos y niños, en el afán de que estos logren los fines educativos que persiguen, como sucede en el caso de los profesionales.
“Hicimos encuestas y vimos que nuestros horarios no eran suficientes para atender la necesidad de la gente, entonces pasamos del curso regular de 90 minutos diarios al método intensivo, que permite estudiar en un año y medio. Pero encontramos que había personas que no podían acudir al sistema regular o al intensivo, entonces optamos por los sábados y domingos, y luego decidimos ingresar al sistema en línea, diferente al que vemos en las publicidades, porque aquí garantiza el seguimiento al alumno. Aplicamos una mezcla de la educación a distancia con la presencial, de tal manera que el alumno puede tener sesiones presenciales con un profesor tutor para resolver sus dudas o mejorar su práctica”, resalta Majid Safadaran.
Resalta que la institución está en permanente búsqueda de mecanismos que le permitan atender a un mayor número de personas, siendo esta una de las fortalezas para su crecimiento y mejora del nivel educativo.
ESTUDIOS EN ESTADOS UNIDOS
Otro de los servicios que ofrece el ICPNA Chiclayo es el asesoramiento educativo orientado a quienes desean acceder a programas de formación superior o especialización en los Estados Unidos, sea a través de becas integrales, parciales o con la modalidad de intercambio estudiantil.
El asesor educativo José Manuel Blanco Martínez señala que actualmente hay tres mil peruanos formándose como profesionales en los Estados Unidos, muchos de ellos beneficiados con becas que otorgan las universidades al evaluar el mérito y la necesidad de los postulantes o por sus propios recursos.
Una beca integral puede cubrir la totalidad de los gastos del beneficiario, desde los pasajes hasta el alojamiento, alimentación, material y pensión de estudio.
“Tenemos una relación muy estrecha con PRONABEC, que es la institución del Ministerio de Educación del Perú que se encarga del otorgamiento de becas. Somos facilitadores y coordinamos mucho con la Embajada de los Estados Unidos. Education USA es una red mundial que promueve el Departamento de Estado de los Estados Unidos y tenemos presencia en 140 países del todo”, comenta.
En el Perú funcionan 10 centros de Education USA que brindan asesoría educativa a nivel nacional. Su cobertura es para la población en general, ofreciendo además la posibilidad a cualquier ciudadano de acceder a los servicios de la biblioteca del ICPNA, así como de su bibliografía digital.
INSTITUCIÓN CULTURAL
Como se ha dicho, la gestión cultural es una de las principales fortalezas de la institución, labor que está a cargo de Wilmer Velásquez Campos. En lo que va del año, el ICPNA ha realizado más de 100 actividades artísticas, que involucran la participación no solo de sus alumnos, sino también de la comunidad en general.
“Los comentarios e inquietudes de la gente, que nos pregunta cuándo programamos tal o cual actividad o nos sugieren algunos aspectos de la labor cultural, nos indican que el trabajo que el trabajo que realizamos aquí es efectivo y aceptado por la población en general. Niños, jóvenes y adultos se benefician con esta gestión cultural”, refiere el Director Cultural.
El instituto maneja una programación anual que combina las actividades académicas con la cultura, en el entendido de que cuando la persona aprende un idioma aprende también aspectos culturales, por lo que el propósito es que todos se involucren de la gestión que sobre este aspecto desarrolla el ICPNA.
“El teatro no es la única que nos ha dado gratas satisfacciones. También lo es la música. Acabamos de presentar un concierto fabuloso de jazz con un grupo chiclayano que estamos tratando de promover porque son jóvenes talentosos. En unas semanas tendremos un recital de violín y guitarra, con una selección especial de temas. Trabajamos en otras disciplinas como las artes plásticas, la literatura y otras actividades más”, destaca.
+NOTICIAS
El primer presidente del Directorio del ICPNA Chiclayo fue el amauta Nicanor de la Fuente Sifuentes. Actualmente
Funcionarios responsables de investigar a los que ejecutaron cuestionados trabajos, dejaron prescribir la acción de sanción administrativa. Sin embargo, Ministerio Público sigue acción legal desde el lado penal.
¿Tarea titánica? … El Procurador Público Regional del Gobierno Regional de Lambayeque, Amado Eliseo Rodríguez Monteza, fue autorizado por el Gobernador Regional, Humberto Acuña Peralta, para que recupere más de 23 millones de soles que en el año 2012 fueron destinados como inversión en la obra de mejoramiento, ampliación e instalación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado del Cercado y pueblos jóvenes del distrito de José Leonardo Ortiz, en el periodo 2012 y 2013.
Sin embargo, en enero del año 2015, la Contraloría emitió un informe de acción de control, donde se señalaban posibles responsabilidades civiles, penales y administrativas por parte de los funcionarios que resulten involucrados en la ejecución de la mencionada obra.
Pese a la inversión y a que se construyeron tres pozos tubulares que permanecían inoperativos, así como que la población de los mencionados pueblos jóvenes carecían del servicio de agua potable las 24 horas del día, la Contraloría verificó que los leonardinos tenían que madrugar y acondicionar piletas en distintas zonas para abastecerse del vital elemento.
La acción de la Contraloría se amparó en el informe de auditoría del Órgano de Control Institucional –OCI- del Gobierno Regional de Lambayeque, donde se indicaba que los funcionarios Fidel Ortiz, Wiston Segura, Víctor Gonzales, Víctor Burga y Ángel Liza, habrían cometido el delito de omisión al no advertir de las deficiencias que presentaba el expediente técnico de la obra, dando como resultado que se terminara pagando un exceso de 1 millón 187 mil 191 soles, debido a que tuvo una ampliación de 362 días, así como 8 adicionales.
Lo polémico es que habiendo un informe detallado por parte de OCI y de Control Interno, así como una investigación por parte del Ministerio Público, sobre presuntas irregulares cometidas durante la ejecución de la obra de agua y alcantarillado, la gerencia general del Gobierno Regional de Lambayeque no habría desarrollado investigación alguna para sancionar administrativamente y denunciar a los que resulten responsables; más bien, emitió resolución en la que archivaba el proceso administrativo por prescripción de los plazos.
LA NUEVA RESOLUCIÓN
Conforme a la resolución ejecutiva regional N° 3213-2017-GR-GR.LAMB/PR, del 20 de octubre pasado, se sostiene que mediante oficio N° 3961-2016-GR.LAMB/ORAD del 14 de diciembre del 1016, el responsable de la Oficina de Administración, Yosip Ibrahím Mejía Díaz, comunica al gerente general de Epsel, Ing, Néstor Salina Vásquez, desarrollar las acciones orientadas para que el Gobierno Regional de Lambayeque recupere la inversión que había hecho en la obra antes indicada, la que había sido considerada como contribución de carácter reembolsable.
De igual manera, al representante de Epsel se le indica realizar las coordinaciones respectivas con la finalidad de desarrollar acciones que conduzcan a recuperar al Gobierno Regional de Lambayeque el desembolso de dinero que se efectuó en la ejecución de la obra, la que además del cercado de José Leonardo Ortiz, abarcó a los pueblos jóvenes Villa Hermosa, La Explanada, Milagro de Dios, Javier Castro, Santa Lucía, 4 de Julio, Los Claveles, Nazareno Cautivo, Nuevo Horizonte y San Borja.
SIN RESPUESTA
Asimismo, en el informe N° 065-2017-GR.LAMB/ORAD, del 3 de octubre pasado se señala que el jefe de la Oficina Regional de Administración, sustenta que en el informe N° 007-2015-2-5343, Examen Especial al Gobierno Regional Lambayeque, emerge que dado el tiempo transcurrido el jefe del Órgano de Control Institucional, mediante memorando N° 431-2017 –GR.LAMB/OCI, viene solicitando se le informe los resultados obtenidos del recupero de la inversión en la obra, pero no se hace mención que la citada obra tiene cuestionamientos en su ejecución y existe una investigación para determinar a los responsables directos y el grado de responsabilidad de cada uno de los funcionarios investigados.
De igual manera, indica que a la fecha Epsel no ha dado respuesta sobre lo solicitado, considerando que existe un perjuicio económico al Gobierno Regional de Lambayeque ascendente a 23 millones 086 mil 548.92 soles, que van en contra los intereses económicos del gobierno regional de Lambayeque.
EL OCI
Asimismo, mediante informe N° 007-2015-2-5343, examen especial al Gobierno Regional de Lambayeque, en cuanto a la obra “Mejoramiento, Ampliación e Instalación de Sistema de Agua Potable y Alcantarillado del Cercado y los pueblos jóvenes Villa Hermosa, La Explanada, Milagro de Dios, Javier Castro, Santa Lucía, 4 de Julio, Los Claveles, Nazareno Cautivo, Nuevo Horizonte y San Borja, del distrito de José Leonardo Ortiz, del periodo 2012 - 2013, la Oficina de Control Interno, detectó la falta del dinero, el que debió devolverse dentro del plazo previsto.
De igual manera, se recomendó darle –inicialmente- facultades al gerente general del Gobierno Regional de Lambayeque, para que actúe en defensa de los intereses de los lambayecanos.
Sin embargo, se dispuso que el jefe de la Oficina de Administración, amerite desarrollar acciones conducentes para que la institución recupere la inversión en la obra antes señalada, cuyo monto había sido considerado como contribución de carácter de reemboIsable.
La citada área -ampara en la Ley Vigente- hace conocer que la OCI, en su informe N° 007-2015-2-5343, examen especial al Gobierno Regional de Lambayeque, de acuerdo al Artículo 23, de la Ley N° 26338, Ley general de Servicios de Saneamiento - Derechos de las Entidades Prestadoras, señala que son derechos de las entidades prestadoras, percibir contribuciones con carácter reembolsable, para el financiamiento de la ampliación de la capacidad instalada de la infraestructura existente o para la responsabilidad de la entidad prestadora.
El reembolso – indica- puede efectuarse con cargo a los recursos destinados a inversión de la entidad prestadora o con cargo a los recursos que ésta reciba como transferencia, en virtud a convenios suscritos para la ejecución de proyectos con otras entidades públicas en el marco de la normatividad vigente.
EN INVESTIGACIÓN
En enero del año 2015, la Contraloría emitió informe de acción de control, donde se señalaban posibles responsabilidades civiles, penales y administrativas por parte de los funcionarios que resulten involucrados en la ejecución de la mencionada obra.
Pese a la inversión y la construcción de tres pozos tubulares que permanecían inoperativos, la población de los mencionados pueblos jóvenes carecían del servicio de agua potable las 24 horas del día.
La Contraloría verificó in situ que la obra era un “elefante blanco”, y los ciudadanos tenían que madrugar y acondicionar piletas en distintas zonas para abastecerse del vital elemento.
De igual manera, por esta obra - en octubre del 2016- la Fiscalía Anticorrupción formalizó investigación preparatoria contra 5 funcionarios del Gobierno Regional de Lambayeque, por el presunto delito de negociación incompatible. La investigación se inició a raíz del informe del Órgano de Control que advertía un perjuicio de casi un millón de soles.
El examen especial arrojó que la mencionada obra adolece de fallas técnicas múltiples en su construcción y funcionamiento, e incluso ocasionó la contaminación del agua utilizable por aguas altamente mineralizadas.
¿RESPONSABILIDAD?
En ese momento fueron comprendidos en investigación los funcionarios Winston Enrique Segura Saavedra -ex gerente regional de Infraestructura; Fidel Ortiz Zapata - gerente regional de Infraestructura; Víctor Hugo Burga Rangel -subgerente de Supervisión y Liquidación; Víctor Javier Gonzáles Bernilla -subgerente de Infraestructura; Ángel Liza Chafloque -Revisor del Expediente Técnico y Vidal Jaime Janampa Quispe -representante legal del Consorcio IOTA, por la presunta comisión del delito de Negociación Incompatible, en agravio del Gobierno Regional de Lambayeque.
Para esclarecer los hechos, la fiscalía dispuso se reciba el testimonio de Raúl Cieza Vásquez, entonces alcalde del distrito de José Leonardo Ortiz, en cuyo período se ejecutó la obra; así como se solicitó que el gobierno regional proporcione un informe sobre la ejecución presupuestal de la obra, donde se puso en tela de juicio la construcción de pozos tubulares a una profundidad de 40 metros, cuando lo correcto era hasta 31 metros.
ARCHIVAMIENTO ADMINISTRATIVO
A pesar de los cuestionamientos contra quienes serían los directos responsables de las deficiencias que presenta la obra “Mejoramiento, ampliación e instalación de sistemas de agua potable y alcantarillado del cercado y los pueblos jóvenes de Villa Hermosa, La Explanada, Milagro de Dios, Javier Castro, Santa Lucía, 4 de Junio, Los Claveles, Nazareno Cautivo, Nuevo Horizonte y San Borja, ejecutado por el Gobierno Regional de Lambayeque en el distrito de José Leonardo Ortiz, el gerente general, Francisco Gayoso Zevallos, declaró por prescrito el proceso administrativo sancionador que se realizaba a los funcionarios de confianza antes descritos.
Con Resolución Gerencial General Regional N° 049-2017-GR.LAMB/GGR, del 01 de junio del presente año, Fidel Ortiz Zapata -Gerente de Infraestructura; Wiston Enrique Segura Saavedra -ex Gerente de Infraestructura; Víctor Gonzales Bernilla -Sub Gerente de Supervisión y Liquidación; Víctor Burga Rangel -ex Sub Gerente de Supervisión y Liquidación, y Ángel Liza Chafloque, no recibirán ningún tipo de sanción administrativa sobre la participación que tuvieron en la construcción de la polémica obra de saneamiento, y por la cual ahora el Gobierno Regional de Lambayeque reclama a Epsel la devolución de 23 millones 086 mil 548.92 soles.
Vale destacar que mediante Informe N° 007-2015-2-5343, el Órgano de Control Institucional -OCI, del Gobierno Regional de Lambayeque, auditó el respectivo proyecto de agua y alcantarillado, encontrando una serie de observaciones y deficiencias en la construcción de la obra.
Sin embargo, el informe de auditoría de OCI señala que Fidel Ortiz, Wiston Segura, Víctor Gonzales, Víctor Burga y Ángel Liza “omitieron en advertir las deficiencias que presentaba el expediente técnico de la obra”. Esto dio como resultado, que se terminara pagando un exceso de 1 millón 187 mil 191 soles, debido a que tuvo una ampliación de 362 días, así como 8 adicionales.
Lo polémico es que habiendo un informe detallado por parte de OCI, sobre las irregulares cometidas en esta obra de agua y alcantarillado, no se entiende cómo es que la gerencia general del Gobierno Regional de Lambayeque no habría investigado y posteriormente sancionado a los funcionarios implicados, motivando a que prescriba el caso.
CONTROL DE ACUSACIÓN
De otro lado, los presuntos actos de corrupción, el cual viene siendo investigado por la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, actualmente se encuentra en la etapa de “Control de Acusación” en la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, tal como consta el expediente N° 4995 – 2016.
A diferencia del Gobierno Regional de Lambayeque, el Informe N° 007-2015-2-5343 de OCI, ha sido una prueba importante para que el Ministerio Público, inicie y desarrolle investigación con el objetivo de procesar a los responsables de esta cuestionada obra.
La decisión de la jueza del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, Cecilia Grandez Rojas, de acogerse al acuerdo plenario de los magistrados supremos de la República, que define la aplicación del Decreto Legislativo 1307, sigue generando chispas. Al aplicar el acuerdo, la jueza dispuso la libertad bajo restricciones de ocho de los investigados en el caso “Limpios de la corrupción” por exceso de prisión preventiva, medida que al Ministerio Público le cayó como baldazo de agua fría, pues se pretendía que estos continúen en la cárcel en tanto se avanza con las audiencias judiciales y las pericias aún no elaboradas.
Los exfuncionarios de la Municipalidad Provincial de Chiclayo y EPSEL, así como cercanos colaboradores del exalcalde Roberto Torres Gonzales, habían recibido en su contra la prolongación de la prisión preventiva al adecuarse la investigación al Decreto Legislativo N° 1307, que amplía los plazos de la medida cautelar para los casos de criminalidad organizada, razón por la cual en primera y segunda instancia se dispuso que permanezcan en el expenal de Picsi hasta diciembre próximo.
Sin embargo, tras el acuerdo plenario de los jueces supremos de la República que regula la aplicación del Decreto Legislativo 1307, Grandez Rojas ordenó la excarcelación de los investigados con las resoluciones 11, del 27 de octubre, y 13, del 31 de octubre pasado, del Cuaderno Incidental N° 05207-2014-454-1706-JR-PE-04, beneficiando a Martín Villanueva Velezmoro, Juan Valdivia Goycochea y César Regalado Rodríguez, imputados de los delitos de asociación ilícita para delinquir y lavado de activos, así como a Joel Ugaz Cubas, investigado por lavado de activos.
También se liberó a Norma del Castillo Muro, investigada por lavado de activos y a Katiuska del Castillo Muro, sindicada de lavado de activos y asociación ilícita. Otro de los liberados fueron José Mires Rimarachín y Carlos Santa Cruz Alarcón.
LAS COPIAS
En las mismas resoluciones, la magistrada ordenó que se ponga de conocimiento al Órgano de Control del Ministerio Público el accionar de los fiscales que dirigen la carpeta del caso “Limpios de la corrupción”, a fin que se determine si estos incurrieron o no en falta funcional en la conducción de la investigación a la red que lideró el exalcalde de Chiclayo, Roberto Torres Gonzales.
En respuesta, control interno del Ministerio Público, en su sede local, remitió los oficios Caso N° 423 y N° 424-2017-MP-ODCI-LAMBAYEQUE, adjuntando la Resolución N° 1, emitida por el fiscal Alejandro Lamadrid Ubillús, jefe de control interno de la fiscalía, en la que resuelve declarar inadmisible la queja presentada por Grandez Rojas, otorgándole cinco días hábiles para que subsane el requerimiento.
Este hecho motivó la airada respuesta de la magistrada, quien con la Resolución N° 17, del 13 de noviembre, se mantiene en su posición inicial y reitera que las copias remitidas al Órgano de Control del Ministerio Público tienen como objetivo que este, en base a sus atribuciones, pueda de oficio verificar, según considere pertinente, “posibles irregularidades que atenten contra la eficacia y correcta prestación del servicio de justicia”, por parte de los fiscales encargos de la investigación al caso “Limpios de la corrupción”.
INTERPRETACIÓN ERRADA
La actitud de Grandez Rojas se debe a que en su respuesta el jefe de control interno del Ministerio Público de Lambayeque habría realizado una incorrecta interpretación de su ordenamiento, asumiendo el envío de las copias de lo actuado por el juzgado como una queja funcional contra los fiscales, cuando en realidad busca que el órgano de control – conforme indica en su reciente escrito la jueza – actúe “según crea conveniente y conforme a sus atribuciones”.
Grandez Rojas le recuerda a Lamadrid Ubillús que es “función de los jefes de las Oficinas Desconcentradas de Control Interno el poder inicial investigación de oficio cuando tome conocimiento de irregularidades cometidas en el ejercicio de función. (Detectar irregularidades que atenten contra la eficacia y correcta prestación del servicio de justicia)”.
“Un magistrado, en la labor jurisdiccional que realiza, conforme a las prerrogativas establecidas en la Constitución Política del Estado, de encontrar posibles indicios de responsabilidad en la función de los representantes del Ministerio Público, tiene la posibilidad de informar a su Órgano de Control Interno para que este, conforme a sus atribuciones y según considere, pueda de oficio recabar información de una posible irregularidad funcional”, señala la jueza.
Además, Cecilia Grandez precisa en su resolución – enmendándole la plana al fiscal superior de Control Interno – que haber remitido las copias de lo actual a su despacho no la convierten en agraviado de la actuación fiscal, conforme se habría interpretado para declarar inadmisible una queja que no ha formulado como tal.
“Cuando la magistrada en el caso concreto resuelve poner de conocimiento al Órgano de Control del Ministerio Público lo resuelto (…), se hace con el fin de que pueda verificar si ha existido irregularidad o negligencia en la tramitación del proceso, toda vez que se ha ordenado la libertad procesal conforme al Artículo 273 del Código Procesal Penal, toda vez que las Unidades de Control Institucional tienen la potestad de investigar de oficio el acuerdo en cumplimiento de sus funciones a los funcionarios y servidores de su institución. Para mayor ilustración esto se encuentra establecido en el Artículo 26 del Reglamento”, explica la jueza.
NO ES AGRAVIADA
La titular del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo va más allá y le responde a Control Interno del Ministerio Público que el inicio del procedimiento disciplinario contra los fiscales se puede instaurar en dos casos. El primero, de oficio, en ejercicio de las prerrogativas que se establecen en las normas administrativas, y el segundo, con la posibilidad que se desprende de dos circunstancias: por queja verbal del agraviado o por queja escrita del agraviado.
“Cuando la magistrada remite copias al Órgano de Control del Ministerio Público se realiza con el fin de que el órgano contralor, bajo la facultad de realizar indagaciones de oficio, pueda deslindar cualquier falta en la realización de sus funciones como fiscales, en la dirección de la investigación de un proceso penal”, señala Cecilia Grandez en su resolución.
Incluso, la jueza señala que “requerir a los magistrados que asuman el papel de agraviado, con el propósito de exigirles que sustenten los formalismos que establece una queja sea escrita o verbal, puede ser tomado como una forma de desmotivarlos en el actuar como garantes del debido proceso y los principios rectores del mismo, evitando que se informe al órgano de control que corresponda ante una posible inconducta funcional”.
“Para la juzgadora ha existido un error al analizar el motivo de la remisión de copias certificadas”, acota.
RESPUESTA ALTISONANTE
Lo que Control Interno del Ministerio Público le responde – a modo de cuestionamiento a la jueza – es que esta debe precisar (en la subsanación requerida), “de qué manera ordenar la libertad de los imputados implica una inconducta funcional – de los fiscales – si anteriormente su propio despacho dispuso que deberían estar con prisión preventiva hasta diciembre del 2017, decisión judicial confirmada en segunda instancia”.
Grandez Rojas rebate el argumento señalando que puso de conocimiento con anterioridad al órgano de control de la fiscalía lo resuelto por su despacho en la investigación seguida en la Carpeta Fiscal N° 2447-2014-3°FPP, que corresponde al caso “Limpios de la corrupción”.
“La juzgadora reitera que la remisión de copias certificadas al órgano de control no se trata de una queja, sino que bajo las facultades del órgano de control se pueda verificar una posible falta en las funciones de los fiscales encargados de conducir la investigación preparatoria, más aún que la información requerida se encuentra en la Carpeta Fiscal N° 2447-2014-3°FPP que obra en su propia institución”, manifiesta Cecilia Grandez.