El nuevo Pleno del Tribunal Constitucional (TC) fue presentado ante las autoridades políticas, legislativas, judiciales, diplomáticas, académicas y público en general en el marco de una ceremonia protocolar.
Desde provincias vimos a través de la pantalla chica detalles del acto donde se presentó a cada uno de los magistrados y se leyó la resolución legislativa por la cual fueron elegidos por el Congreso de la República. De esta forma, se mencionó a los magistrados Francisco Morales Saravia, Gustavo Gutiérrez Ticse, Helder Domínguez Haro, Luz Imelda Pacheco Zerga, Manuel Monteagudo Valdez y César Ochoa Cardich.
El presidente del Tribunal Constitucional, Augusto Ferrero Costa tuvo a su cargo el discurso de orden y señaló que se inicia una nueva etapa en la institución, en la cual el eje central será reabrir las puertas del TC al servicio de todos los peruanos, con trabajo presencial continuo en los despachos de todos los magistrados.
Agregó que la agenda jurisdiccional que afrontarán es diversa, todos de suma importancia como la demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 31399 vinculada al tema del referéndum para convocar a consulta popular a una Asamblea Constituyente, maternidad subrogada, consulta previa y la suministración estatal de la píldora del día siguiente.
El acto contó con la presencia de la presidenta del Congreso, María del Carmen Alva, titulares de los organismos autónomos, así como congresistas, jueces supremos, ex magistrados del Tribunal Constitucional, juristas, familiares y otras personalidades
Como recordamos el Congreso de la República logró elegir a los seis magistrados del Tribunal Constitucional (TC) que ahora reemplazan en sus cargos a los miembros de este colegiado cuyo mandato estuvo vencido desde hace mucho tiempo.
Dicha elección era necesaria a fin de garantizar que una institución tan importante para nuestro ordenamiento jurídico y constitucional cumpla con sus funciones a plenitud y con integrantes en pleno ejercicio de sus mandatos.
Al respecto, debemos recordar que el TC venía ejerciendo sus funciones con cinco magistrados cuyo periodo había vencido, así como con una plaza vacante debido al lamentable fallecimiento del tribuno Carlos Ramos Núñez, hecho acaecido el año pasado.
Superado tal problema, corresponde ahora que este nuevo grupo de altos funcionarios haga su mejor esfuerzo para cumplir de forma solvente, transparente y eficiente con el delicado encargo que el país le ha conferido.
El TC desempeña funciones de suma relevancia para el devenir del Perú. En primer lugar, como máximo intérprete de la Constitución, vela porque los actos de los poderes del Estado, de las instituciones públicas y privadas y de los individuos, no vulneren el marco establecido en la Carta Magna.
Sin embargo, muchas veces sus decisiones trascienden el ámbito estrictamente jurídico constitucional y abarcan asuntos políticos, sociales y económicos de gran impacto dentro de nuestra sociedad.
Solo por citar un ejemplo, es probable que deba abordar en los próximos meses una eventual demanda de inconstitucionalidad contra la ley aprobada por el Parlamento que modifica el Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu). Cabe indicar que diversos sectores del Parlamento y de la ciudadanía han anunciado la presentación de tal recurso, en caso no prospere la observación anunciada por el Ejecutivo.
Es por esa razón que el TC está llamado a honrar esa responsabilidad de forma profesional y eficiente, pues ello fortalecerá la seguridad jurídica, pero también contribuirá a apuntalar la institucionalidad y el desarrollo nacional, brindando confianza y predictibilidad al país.
Corresponde entonces que el colegiado cumpla sus funciones siempre dentro del marco de la Constitución y la ley, y que cada una de sus decisiones contribuya a fortalecer la democracia, el Estado de derecho y la defensa de los derechos humanos, despejando siempre que sea necesario cualquier duda respecto a tal compromiso.
El país entero espera que los fallos del TC sean jurídicamente incuestionables y que no estén influenciados por consideraciones de tipo político o de cualquier otra índole.
El presidente del Tribunal Constitucional, Augusto Ferrero, adelantó la agenda de causas que deberá resolver en el corto plazo el tribunal, ya con los seis nuevos integrantes electos por el Congreso, y que han sido presentados formalmente a la opinión pública.
En la agenda están la demanda de inconstitucionalidad contra la Ley N° 31399, que establece que toda reforma constitucional debe ser aprobada por el Legislativo antes de someterse a un referéndum; además de causas relacionadas con la maternidad subrogada, consulta previa y la administración estatal de la píldora del día siguiente.
Referéndum
Respecto a la ley que limita el referéndum, aprobada por insistencia en el Congreso, la acción fue planteada por el Poder Ejecutivo en enero pasado, al considerar que de esa manera se vulnera el derecho fundamental de participación política directa de la ciudadanía, reconocido en el artículo 31° de la Constitución y el artículo 23° de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Asimismo, explica que la norma también vulnera principios constitucionales, como el balance de poderes y la democracia.
Maternidad subrogada
En el caso de la maternidad subrogada, o también conocido como “vientre de alquiler”, se trata de una causa que está al voto en el TC, sobre una demanda de amparo interpuesta por un matrimonio contra el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), por declarar improcedente la solicitud de rectificación administrativa del acta de nacimiento de una menor de edad.
Consulta previa
Respecto a la consulta previa, el mecanismo que asisten a las comunidades nativas para pronunciarse sobre proyectos extractivos, no se tiene claro si se trata de una nueva causa planteada por estas comunidades, o una revisión de un reciente fallo que fue muy cuestionado por la comunidad jurídica.
El TC declaró por mayoría simple improcedente la demanda de amparo interpuesta por las comunidades campesinas Chila Chambilla y Chila Pucará contra el Ministerio de Energía y Minas (Minem) y otro, en el sentido de señalar que el derecho a la consulta previa no se encuentra reconocido por nuestra Constitución, por lo que –según su criterio– no puede ser considerado un derecho fundamental ni puede reclamarse su tutela por medio de un proceso de amparo.
Incluso, la Defensoría del Pueblo dijo que este fallo constituye un grave retroceso en materia de protección de los derechos de los pueblos indígenas, es contraria a la Constitución Política, a los tratados internacionales y se aleja injustificadamente de los estándares previamente establecidos a lo largo de su jurisprudencia.
Píldora del día siguiente
En noviembre del 2020, la Primera Sala Civil de Lima revocó la sentencia que garantizaba la distribución gratuita de la píldora del día siguiente en centros de salud públicos. Esto fue posible por la apelación del grupo católico ALA Sin Componenda, que se opone al uso de la Anticoncepción Oral de Emergencia (AOE).
Los promotores de esta causa han acudido al TC para revertir este fallo, un tema sobre el cual el tribunal ya se pronunció hasta en dos oportunidades. Primero en el 2006, autorizando su distribución en locales estatales, y solo tres años después revirtiera el fallo ante la apelación presentada por una organización religiosa.
Desde Expresión deseamos excelente gestión a los nuevos magistrados y hacemos votos porque esta institución esté a la altura de las expectativas de todos los peruanos.