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EN LA UNPRG: Duplicaron ilegalmente el tiempo de contrato a supervisor

Escribe: Semanario Expresión
Edición N° 1322

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  • Obra para la Escuela de Arquitectura estuvo paralizada por ausencia del consorcio supervisor.
  • Contrato asciende a 646 mil 95.11 soles.

El Órgano de Control Institucional – OCI, de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo – UNPRG, emitió el Informe de Hito de Control n.° 018-2023-OCI/0205-SCC, relacionado a la construcción del nuevo pabellón para la escuela de Arquitectura, obra valorizada en más de 16 millones de soles. En este se evidencia la irregular contratación del consorcio supervisor, al que se le otorgó un plazo que duplica al que realmente le corresponde por sus servicios.

El órgano de control detectó incongruencias en el contrato de supervisión relacionadas con el plazo asignado para la prestación del servicio. Al respecto, es de mencionar que el 22 de agosto pasado la universidad suscribió el Contrato n.° 011-2023-UNPRG-UA, con el Consorcio Consultor Ruiz Gallo, formalizando el servicio de supervisión de obra, convocado mediante el Concurso Público n.° 01-2023-UNPRG/CS – Primera Convocatoria.

El consorcio está conformado por Julio Manuel Quispe Domínguez y Antonio Rincón Meléndez, siendo el representante legal Luis Alberto Milla Aquino.

La particularidad del contrato es que se ha suscrito por 436 días calendarios (406 para la ejecución y 30 para la liquidación).

Plazos y contrato

El contrato de obra del edificio para la Escuela de Arquitectura de la UNPRG, Contrato n.° 064-2022-UNPRG-UA, se firmó el 14 de noviembre del 2022 con el Consorcio Arquitectura KIBSO, estableciéndose un plazo de duración de 480 días calendario, que se contabilizaron desde el 16 de diciembre, una vez reunidas las condiciones previas de acuerdo a la Ley de Contrataciones del Estado.

Empero, al inicio de la ejecución de la obra la supervisión estuvo a cargo de un ingeniero inspector, el mismo que participó en la aprobación de las valorizaciones n.° 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07 y 08, correspondientes al período diciembre 2022 – julio 2023, las que sumaron un total de tres millones 278 mil 865 soles. El inspector laboró hasta el 22 de agosto, habiendo transcurrido 250 de los 480 días establecidos para la ejecución.

Lo que OCI cuestiona es cómo si la supervisión a cargo del Consorcio Ruiz Gallo se inicia a 250 días de iniciada la obra, este establece una duración de 436 días para la prestación del servicio.

“El plazo contractual de ejecución de la obra culmina el 8 de abril del 2024; asimismo, el servicio de inspección fue suspendido el 22 de agosto de 2023, con lo cual el saldo de plazo pendiente de supervisión es el comprendido entre el 23 de agosto del 2023 y el 8 de abril del 2024, equivalente a 230 días calendario, plazo que debió ser considerado para definir el plazo de contratación del servicio de supervisión. Sin embargo, sin sustento técnico o legal alguno, este servicio fue contratado con el Consorcio Consultor Ruiz Gallo por 436 días calendario, incluyendo 30 días para ejecutar la liquidación de la obra”, cuestiona OCI.

Para el órgano de control, este hecho va en contra de lo establecido en el numeral 142.3 del artículo 142 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, donde se señala que “el plazo de ejecución contractual de los contratos de supervisión de obra está vinculado a la duración de la obra supervisada”.

Paralización e incumplimientos

A ello se suma que el Consorcio Ruiz Gallo incumplió el plazo de inicio de la prestación de sus servicios y ocasionó la paralización de la obra, lo que daría pie a que el contratista solicite ampliaciones de plazo, el reconocimiento y pago de mayores gastos generales.

Como se ha indicado, la supervisión debió iniciarse indefectiblemente el 23 de agosto pasado, al día siguiente de la suscripción del contrato. La obra estuvo paralizada hasta el 31 de agosto por ausencia del supervisor.

Asimismo, OCI ha detectado que el personal clave de la supervisión incurre en ausencia injustificada durante la ejecución de la obra, incumplimiento las cláusulas contractuales.

 

 respuesta de Federico Couto Revolledo el 2019-03-22.

Buenos días, hace más de 25 años, el ING. Armando Orozco hizo un planteamiento similar, el que ubicaba la planta de tratamiento de agua potable en Chongoyspe y por gravedad se abadteceria a Chiclayo y alrededores. Sería interesante que se comunicaran con él dado que es el autor de la iniciativa. Saludos

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