Con fecha 28 de junio del año en curso, la encargada de las contrataciones del Gobierno Regional de Lambayeque, Cecilia Torres Limo, le otorgó la buena pro de la Contratación Directa N° 06-2023-GR. LAMB a la Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote, con la finalidad de arrendar la infraestructura de su propiedad ubicada en la Av. Grau N° 466 – Chiclayo, para la continuidad del “Servicio Pedagógico y Almacenamiento de Mobiliario y Bienes de la I. E. del Nivel Inicial N° 030 Victoria Silva de Dallorso”.
Según las bases del proceso, los antecedentes han sido definidos teniendo en cuenta que el plazo de alquiler del local para almacenamiento está supeditado a los comunicados oficiales y/o decretos de urgencia que sean oficialmente publicados por el Ministerio de Educación, respecto al regreso a clases presenciales en el ejercicio del año fiscal 2023.
Asimismo, se indica que el ambiente para almacenamiento debe ser funcional, sólido, práctico, resistente, sencillo, cómodo, fácil de conservar y de material resistente a agentes externos, se establece a la vez que las aulas provisionales por arrendar es una medida provisional, de modo que las labores educativas no se vean interrumpidas, por sucesos que retarden el cumplimiento de las actividades pedagógicas de la educación básica regular, debido a algunas situaciones de emergencia de la infraestructura y/o el mejoramiento de la institución.
La descripción del inmueble
Las bases de la contratación también refieren que los ambientes mínimos requeridos para ambos turnos deben ser 9 para las actividades pedagógicas para un promedio de 25-30 alumnos por ambiente, un ambiente administrativo, dos ambientes de almacenamiento, tres baterías de servicios higiénicos para alumnado o su similar con un total de 12 inodoros, nueve lavatorios y seis urinarios como mínimo. Adicionalmente, una batería de servicios higiénicos para profesores administrativos, un patio amplio y seguro.
Características adicionales
De acuerdo a los Requerimientos Técnicos establecidos en las bases del procedimiento, han considerado como características adicionales que el inmueble deberá ser de material noble, y cumplir con el Reglamento Nacional de Edificaciones – RNE.
Asimismo, los ambientes a ocupar deben estar en condiciones de uso operativo inmediato, con acceso (rampas) para personas con discapacidad, barandas de seguridad, señalización adecuada. También que el inmueble deberá contar con suministro de energía eléctrica, agua potable y alcantarillado en buenas condiciones, debiendo los aparatos sanitarios estar operativos, entre otros aspectos de operatividad funcional.
Respecto al saneamiento físico legal del inmueble, el GORE ha requerido que el inmueble no deberá tener inconveniente de índole legal, administrativo y/o urbanístico, condiciones que deben de estar totalmente saneados, contando igualmente con total independencia respecto a otros ambientes que no sean objeto del arrendamiento.
Adicionalmente, la contratación considera que el propietario deberá pagar el Impuesto a la Renta, recibos de limpieza pública, pagos por concepto de alumbrado público y servicios de agua y, de presentarse fallas estructurales en el inmueble arrendado existieran vicios ocultos no advertidos al momento de la celebración del contrato, la reparación será asumida por el contratista.
Ubicación del local
El requerimiento establecido en las bases de la contratación directa, establece como condición que la ubicación del local será determinado de acuerdo al estudio del mercado según corresponda dentro de la jurisdicción del distrito de Chiclayo, recomendando que la ubicación del inmueble debe ser lo más cercana posible a la Institución Educativa del nivel inicial N° 030 Victoria Silva de Dall’orso, ubicada en la Av. Elvira García y García N° 167 – Chiclayo.
Plazo y garantía del alquiler
Los términos de referencia de la contratación, han establecido como plazo de ejecución del servicio de alquiler durante ocho meses, prorrogable por acuerdo de las partes, el mismo que se contabilizará a partir de la fecha establecida en el acta de entrega del inmueble, para lo cual el arrendatario, en este caso el GORE, deberá depositar como garantía en un plazo no mayor a los treinta días calendarios un mes de alquiler equivalente a 30 mil soles, para garantizar posibles daños y perjuicios que se pudieran derivar por el mal uso del inmueble, salvo condiciones normales de desgaste.
El costo mensual
El costo mensual por el alquiler del inmueble que el GORE debe pagar al arrendatario asciende a treinta mil soles, el cual obligatoriamente deberá ser cancelado por adelantado y en moneda nacional (soles) dentro del plazo de diez días calendaros posteriores a la prestación, lo que hace un total por los ocho meses de arrendamiento de 240 mil soles, salvo que el arrendamiento no sufra una prórroga del plazo convenido.
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