Una persona cuando ingresa a trabajar a una empresa privada o institución pública obtiene diferentes beneficios laborales, de acuerdo al tipo de contrato que firmaron ambas partes. El empleador, se compromete a realizar los pagos mensuales o en las fechas que corresponda, con el propósito de mantener motivado a todo su equipo y puedan ayudarlo a lograr los objetivos institucionales. Uno de los principales derechos que recibe el trabajador en nuestro país es la Compensación por Tiempo de Servicio - CTS.
La CTS es un beneficio laboral que se entrega al colaborador dos veces al año. La organización asume esta obligaciónn y responsabilidad al momento que acuerdan iniciar el vínculo laboral. Asimismo, una de sus características es que no está a libre disposición de la persona, pues su objetivo es garantizar que se continúe acumulando el dinero y recién pueda ser utilizado cuando finalice el contrato laboral y no disponga de un salario mensual.
El primer pago se tiene que realizar desde el primero hasta el quince de mayo, el cual corresponde al periodo de trabajo de noviembre a abril. Del mismo modo, el segundo depósito se puede efectuar hasta el quince de noviembre, y contempla los meses de mayo hasta octubre.
Cuando el empleador incumple con depositar el pago a la institución financiera establecida por el colaborador, se considera una infracción grave según lo estableció la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - Sunafil. Las multas del presente año van desde los ocho mil soles hasta más de 139 mil soles para las empresas que no son Mypes. El monto exacto dependerá del número de trabajadores que se vieron perjudicados y el valor de la Unidad Impositiva Tributaria – UIT, del año.
¿Cuánto se recibe?
Realizar el cálculo es muy sencillo. Lo primero, es tener claro cuánto es el salario bruto. Asimismo, el segundo paso es conocer el valor recibido de la gratificación, y dividirlo entre seis. Recomiendo cerciorarse de los montos en las boletas de pago que fueron entregadas por el empleador.
Como tercer paso, se suman el salario bruto más 1/6 de la gratificación. Lo siguiente es dividir el resultado obtenido entre 12 (correspondiente al número de meses del año). Por último, la cifra se debe multiplicar por 6 o según el número de meses trabajados.
Según la normativa laboral, también está sujeto al cálculo de la Compensación por Tiempo de Servicio el pago por las horas extras que un colaborador puede recibir. De igual manera, las comisiones que obtienen (principalmente del área de ventas y producción por indicadores alcanzados).
Para finalizar, tener en cuenta que para acceder a este derecho, se debe haber laborado al menos cuatro horas diarias entre los meses de mayo a octubre. Además, es requisito tener mínimo un mes completo de servicio.
(*)MBA, asesor, mentor y catedrático. Especialista en Gestión Empresarial e Innovación.
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