Nos encontramos en un nuevo ejercicio gravable, y las personas que se encuentran trabajado, ya sea de manera dependiente como independiente, deben estar informados si les corresponde pagar el Impuesto a la Renta (IR) para el presente año. Para ello, deben conocer los parámetros establecidos por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), sobre el pago de tributos a profesionales.
La SUNAT, presentó la resolución de superintendencia N.°000270-2023/SUNAT, sobre la suspensión de obligaciones de pago para rentas de cuarta categoría. Asimismo, la institución ha determinado que para este año 2024, el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) será de S/ 5 150,00 (cinco mil ciento cincuenta y 00/100 soles). Por lo tanto, cada profesional debe calcular si le corresponde o no pagar el impuesto a la renta.
Trabajadores independientes
La resolución indica que, los trabajadores independientes que emitan recibos por honorarios y generen ingresos mensuales por menos de S/3.755 (tres mil setecientos cincuenta y cinco y 00/100 soles), no están obligados a efectuar pagos a cuenta del impuesto a la renta.
Del mismo modo, la cifra total anual para no pagar dicho tributo es de S/45.063. Se calcula tomando en cuenta la deducción de 7 UIT S/36.050 (equivale al 80 %), más el 20 % de la renta bruta. Es preciso recordar que los trabajadores independientes generan renta de cuarta categoría, y que sus servicios prestados no tienen relación de dependencia.
Si el profesional está convencido que sus honorarios no superarán el monto anual, debe solicitar la suspensión de retenciones cuarta categoría, y así evitar pagar impuestos que no le corresponden. El trámite es muy sencillo, lo primero es ingresar a la página web de SUNAT (www.sunat.gob.pe), y dirigirse al módulo: Operaciones en Línea con su clave SOL.
Posteriormente, el profesional tiene que completar sus datos: RUC, usuario y contraseña, para poder ingresar a su usuario. Luego seleccionar la ventana: “Suspensión de retenciones de 4ta categoría”, y completar el Formulario Virtual 1609, en cual deberán colocar la fecha de la emisión del primer recibo por honorarios del año, y el monto total proyectado para todo el ejercicio 2024.
Trabajadores dependientes
Los trabajadores dependientes, son quienes se encuentran laborando en una empresa, por lo que existe una relación de dependencia con su empleador y están registrados en la planilla de haberes.
Para que no les corresponda el pago de impuesto a la renta de quinta categoría, estos profesionales deben generar ingresos anuales menores a S/36.050, o su equivalente mensual de S/2.575, si tomamos en cuenta 14 meses: 12 de sueldos más 2 de gratificaciones.
Estimados profesionales, es necesario proyectar sus ingresos para conocer si les corresponde o no el pago de impuestos, y así evitar futuras multas de la superintendencia.
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(*) MBA, consultor, mentor y catedrático. Especialista en Gestión Empresarial e Innovación.
respuesta de Maria milagros rodas cobos el 2026-04-14.
Quiero aclarar de manera pública que la información que circula vinculando mi nombre o el “Seminario de Expresión” con una supuesta denuncia en Google es completamente falsa. No existe ninguna denuncia formal, carta notarial ni proceso legal en mi contra relacionado con este tema. Se trata de una interpretación errónea o información sin sustento que puede afectar injustamente mi imagen personal y profesional. Solicito que se evite difundir o replicar este tipo de comentarios sin verificar su veracidad, ya que pueden generar confusión y daño a mi reputación. Agradezco a quienes se toman el tiempo de corroborar la información antes de compartirla.
respuesta de Maria milagros rodas cobos el 2026-04-14.
Quiero aclarar de manera pública que la información que circula vinculando mi nombre o el “Seminario de Expresión” con una supuesta denuncia en Google es completamente falsa. No existe ninguna denuncia formal, carta notarial ni proceso legal en mi contra relacionado con este tema. Se trata de una interpretación errónea o información sin sustento que puede afectar injustamente mi imagen personal y profesional. Solicito que se evite difundir o replicar este tipo de comentarios sin verificar su veracidad, ya que pueden generar confusión y daño a mi reputación. Agradezco a quienes se toman el tiempo de corroborar la información antes de compartirla.
respuesta de maria milagros rodas cobos el 2026-04-14.
No tiene ningún sentido que se me vincule a publicaciones dentro de una página donde el vicerrector Juan Manuel es mencionado por temas ajenos, utilizando ese espacio para incluir mi nombre en supuestas denuncias sin relación conmigo. Durante el año 2025 he estado trabajando en la Universidad Nacional Fabiola Salazar de Bagua, cumpliendo funciones académicas de manera regular. Por lo tanto, resulta totalmente incoherente la información que se está difundiendo, la cual no guarda relación con mi realidad profesional ni con las fechas señaladas. Asimismo, se ha incluido a mi hermana en estos comentarios sin ningún tipo de vínculo con los hechos mencionados, lo cual evidencia una intención de generar confusión y afectar su imagen de manera injustificada. De igual manera, se menciona una supuesta consultora con fines de difamación, pese a que las fechas y actividades no coinciden con lo expuesto, lo que demuestra la falta de sustento de dichas afirmaciones. Cabe señalar que estas publicaciones son realizadas por una persona que no se identifica con su nombre real, utilizando el seudónimo “Luis”, lo cual genera dudas sobre su autenticidad y responsabilidad sobre lo que afirma. En caso de continuar con este tipo de publicaciones o comentarios, se procederá a iniciar las acciones legales correspondientes por difamación, de acuerdo con lo establecido en el Código Penal, solicitando que la persona responsable sustente y demuestre con pruebas lo que afirma. De no hacerlo, se evidenciará la falsedad de los hechos expuestos y las consecuencias legales que correspondan. Este tipo de actos no solo afectan mi imagen profesional y personal, sino también la de terceros que no tienen ninguna relación con el conflicto, lo cual resulta completamente injustificado y malintencionado.
respuesta de Luis el 2025-02-26.
Hola necesito ayuda porfavor señor Juan Manuel con respeto me dirijo a usted,en mi caso yo estuve estudiando en rcobos17 de maria milagros rodas cobos y ya no puedo callar más ...ella me sigue acosando con tener relaciones conmigo y me dijo que si dijera la verdad me amenzaba que no podia estudiar en la universidad pedro ruiz gallo porque se acostaba con un docente e iban a ser complicés para que yo no estudie, tengo 16 años y de todas las veces me ha metido la mano a finales de clase,escribo esto porque realmente espero que me pueda ayudar ? ,tengo algunos audios y videos de prueba donde ella intentó mañosearme,cuando traía a su hermana verónica aveces disimulaba todo y yo casi le digo todo a ella,pero no pude,hoy enfrento esto,eh caído en el punto de suicidarme por esa mujer maria milagros rodas cobos tal como se llama seguro se va a negar todo lo que me ha hecho,exijo justicia ante todo con las cosas que estan pasando últimamente, encima se hace la limpia que no paso nada para estar con sus datos y enviándole archivos a sus maestros como si nada??
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