El mes de julio, es muy especial para todos los peruanos, pues celebramos nuestras Fiestas Patrias. Disfrutamos este acontecimiento viajando en familia a diferentes lugares de nuestro país, o nos aventuramos a conocer países vecinos, aprovechando el feriado largo decretado por el gobierno, y así poder despejarnos de la rutina diaria y el estrés. Del mismo modo, se tiene la costumbre de salir a almorzar probando la variada gastronomía que poseemos y que es reconocida a nivel internacional, y por la cual nos sentimos sumamente orgullosos.
Sin duda, todos estos acontecimientos hacen que la persona gaste más en este mes que en otros y, que incluso, supere su presupuesto planificado. Por ello, el gobierno establece un ingreso adicional en los meses de julio y diciembre a los trabajadores del sector privado, denominado gratificación.
La gratificación, es un beneficio laboral económico, que se entrega a los colaboradores que forman parte de una organización privada, donde brindan sus servicios profesionales, cumplen horarios definidos y están subordinados a un jefe directo. Para acceder, se debe contar con un contrato de trabajo vigente.
Posible sanción
Una característica es que se entrega dos veces al año. El primero, en el mes de julio por motivo de las Fiestas Patrias de nuestro país. El segundo, se desembolsa en diciembre, por concepto de navidad. Para ambos casos, el plazo máximo de depósito es la quincena. De lo contrario, el negocio se verá sometida a pago de multas por la infracción grave cometida.
Los montos de las sanciones van desde S/544 hasta más de 129 mil soles, dependiendo del régimen laboral y tamaño de empresa. Por consiguiente, es la función del área de Talento Humano, estar al pendiente y realizar todos los pagos de planilla. Igualmente, es responsabilidad del gerente, supervisar el cumplimiento de los abonos en las fechas planificadas.
¿Cómo se calcula?
Si soy un trabajador y quiero saber si han depositado correctamente mi gratificación, debo seguir los siguientes pasos. Primero, conocer cuánto es el ingreso bruto (sin ningún descuento) que percibo mensualmente. Lo siguiente, es evaluar si te corresponde la asignación familiar. Para el presente año es S/102.50 soles, equivalente al 10 % de la Remuneración Mínima Vital (RMV).
Como último paso, se debe sumar ambas cantidades (sueldo bruto más asignación familiar), y añadirle el 9 % del monto calculado, por concepto de bonificación extraordinaria para los afiliados a EsSalud. Si está registrado en la Empresa Prestadora de Salud (EPS), le corresponde el 6.75 %, según la Ley 29351.
Ejemplo: Juan Pérez labora en una organización, y percibe un sueldo bruto de S/2,000 soles mensuales. Asimismo, al ser padre, le corresponde la asignación familiar S/102.50. El total de ingresos es de: S/2,102.50. El señor está afiliado a EsSalud, y se debe calcular el 9 % (S/189.23). Por lo tanto, la gratificación que deberá recibir es de S/2,291.73.
Por último, recomiendo a los emprendedores no esperar el último día para realizar el abono de la gratificación y así evitar pagos de multas innecesarios, e incomodidades de sus colaboradores.
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(*) Consultor, mentor y catedrático. Especialista en Gestión Empresarial e Innovación.
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