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HABRÍAN DIRECCIONADO PROCESO: Para pavimentación de calles en Motupe

Escribe: Semanario Expresión
Edición N° 1404

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  • Postores cuestionan mala calificación de sus ofertas y el otorgamiento de la buena pro al consorcio que presentó documentos con los mismos cuestionamientos.

Un caso de direccionamiento se habría dado en el Gobierno Regional de Lambayeque para adjudicar la buena pro del proceso convocado para la ejecución de la obra “Mejoramiento del servicio de transitabilidad vehicular y peatonal en las calles del C.P. Salitral del distrito de Motupe”, valorizada en más de 4 millones de soles.

Con fecha 4 de abril del 2025 fue convocado el proceso de Adjudicación Simplificada N° 28-2025-GR. LAMB, el cual, luego de sendas postergaciones y demoras procesales por el lapso de dos meses, el día 5 de junio fue adjudicado al Consorcio Cajamarca, luego que el comité de selección descalificara al Consorcio Arenales, pese a que ocupó el primer lugar en el sorteo electrónico realizado vía la plataforma del Sistema Electrónico de las Contrataciones del Estado – Seace.

Evaluación

De acuerdo al acta del proceso, publicada en el Seace, se puede advertir que el comité de selección, presidido por Luis Alberto Neciosup Azan e integrado por los miembros Julio Cesar Jordán Saldaña y Guillermo Jeofre Michell Hernández Seminario, evaluaron y calificaron las ofertas presentadas por 25 postores, de las cuales 10 no fueron admitidas, determinando que las restantes pasaran a la etapa de evaluación y calificación, procedimiento que dio lugar para que 15 ofertas fueran llevadas al sorteo electrónico para determinar el orden de prelación respectivo, ocupando el primer lugar el Consorcio Arenales, el segundo el Consorcio Cajamarca y el tercero el Consorcio Perú.

Decisión controversial

Siguiendo los argumentos prescritos en el acta del procedimiento de selección, a los cuales tuvo acceso Expresión, se puede advertir la extremada acuciosidad evaluativa por parte del comité de selección, que dio lugar a tomar la decisión de descalificar al primer consorcio, arguyendo apreciaciones que serían forzadas para consumar el hecho de eliminar la oferta presentada por el Consorcio Arenales, como a otras ofertas más y así otorgarle la buena pro al Consorcio Cajamarca por haber ocupado el segundo lugar en el orden de prelación obtenido vía el sistema electrónico realizado, tal como lo establecía la norma que estuvo vigente hasta abril del 2025.

El sospechoso trato

Expresióntambién ha tenido acceso a la oferta del Consorcio Cajamarca, publicada en el portal del Seace, la cual fue sometida a una evaluación acuciosa por parte del equipo técnico de investigación especializado, que han podido advertir que en la oferta del postor ganador se encuentran documentos con los mismos supuestos errores invocados para descalificar las ofertas de otros participantes, lo que en buena cuenta permite establecer que se habría dado un trato diferente al postor ganador, en cuanto el comité de selección no advirtió – como en el caso de las ofertas descalificadas – la existencia de las supuestas incongruencias advertidas en los documentos que conforman la oferta del adjudicatario del proceso.

Por ejemplo, se ha identificado actas de recepción de obras para acreditar experiencia en contrataciones similares que tienen inconsistencias de información, caso que también se ha presentado en las ofertas descalificadas, así como contratos de obra para acreditar experiencia con folios ilegibles, aspecto que la norma señala que debe ser observado y da pie a la inadmisibilidad de oferta.

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