Pese a lo dispuesto por la Ley N° 30717, promulgada en enero de este año, que impide a los sentenciados por terrorismo, apología al terrorismo, tráfico de drogas, violación sexual, trata de personas o corrupción participar de procesos para ser elegidos autoridades por el voto popular, tres personajes que se enmarcan en la prohibición de la norma buscan consolidar sus candidaturas de cara a las votaciones del próximo 7 de octubre.
Se trata de Milton Pejerrey Manzanares, candidato a la alcaldía distrital de Lagunas por el partido Podemos Por el Progreso del Perú; Guillermo Monja Piscoya, aspirante a regidor de Olmos por el movimiento Primero Lambayeque, y Augusto Rivas Becerra, postulante a la alcaldía de Nueva Arica por Solidaridad Nacional. Los tres estuvieron inmersos en procesos contra la administración pública.
LO QUE DICE LA NORMA
La Ley N° 30717, ley que modifica la Ley Orgánica de Elecciones, la Ley de Elecciones Regionales y la Ley de Elecciones Municipales, con la finalidad de promover la idoneidad de los candidatos a cargos públicos representativos, fue aprobada por el Congreso de la República y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 9 de enero pasado.
El Artículo 3 de la referida norma modifica el Artículo 8, “Impedimentos para postular” de la Ley de Elecciones Municipales, incorporando los siguientes literales:
“No pueden ser candidatos en las elecciones municipales (…) Las personas condenadas a pena privativa de la libertad efectiva o suspendida, con sentencia consentida o ejecutoriada, por la comisión de delito doloso. En el caso de las personas condenadas en calidad de autoras por la comisión de los tipos penales referidos al terrorismo, apología al terrorismo, tráfico ilícito de drogas o violación de la libertad sexual; el impedimento resulta aplicable aun cuando hubieran sido rehabilitadas”.
Asimismo, la ley señala que no pueden postular “las personas que, por su condición de funcionarios y servidores públicos, son condenadas a pena privativa de la libertad, efectiva o suspendida, con sentencia consentida o ejecutoriada, por la comisión, en calidad de autoras, de delitos dolosos de colusión, peculado o corrupción de funcionarios, aun cuando hubieran sido rehabilitadas”.
CASO PEJERREY
Pedro Milton Pejerrey Manzanares fue alcalde de Lagunas entre el 2007 y el 2010. Buscó reelegirse en las elecciones del 2010 y del 2014, todas las veces como candidato del Movimiento de las Manos Limpias, fundado por el recluido exalcalde de Chiclayo Roberto Torres Gonzales.
Pejerrey Manzanares fue sentenciado a cuatro años de pena privativa de la libertad, suspendida en su ejecución, por el delito de malversación de fondos, en el proceso seguido con el Expediente N° 3287-2010, por el Cuarto Juzgado Unipersonal de Chiclayo, decisión que quedó firme el 29 de mayo del 2012.
El ahora candidato de Podemos Por el Progreso del Perú fue denunciado e investigado por varias irregularidades en su gestión como alcalde de Lagunas. Por ejemplo, sus propios regidores lo denunciaron por realizar un convenio a título personal con la entonces Dirección Regional de Transporte y Comunicaciones, mediante el cual alquiló una motoniveladora del municipio sin consentimiento del concejo. De igual modo, fue denunciado por no haber realizado la declaración jurada de sus bienes; por desembolsar dinero para pagar a la emisora Radio América sin el consentimiento del concejo por servicios a la municipalidad; por la licitación del programa del Vaso de Leche y por el uso de combustible en bien propio.
El exalcalde fue procesado por malversar fondos de una partida destinada para la construcción de una plazuela en Nuevo Mocupe.
También tiene en su historial otras dos sentencias. Una por el delito de difamación, emitida por el Segundo Juzgado Unipersonal de Chiclayo en el Expediente N° 3163-2012, que adquirió condición de firme el 11 de enero del 2013. La pena fue de un año de prisión efectiva. El otro fallo en su contra es el que emitió el Sexto Juzgado Unipersonal de Chiclayo por el delito de falsedad ideológica (Expediente N° 2138-2013), condenándolo a 208 jornadas de trabajo comunitario.
En el 2010, Milton Pejerrey fue sentenciado a cuatro años de prisión suspendida y al pago de cuatro mil soles de reparación civil por el Cuarto Juzgado Penal de Chiclayo, que lo halló culpable del delito de apropiación ilícita en la figura de hurto agravado del espectro radioeléctrico en agravio del Estado, representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
Asimismo, fue interrogado por el Ministerio Público porque como parte de las investigaciones del caso “Limpios de la corrupción” se encontró un audio, producto de interceptación telefónica, en el que supuestamente le reveló a Katiuska del Castillo Muro que para participar de las elecciones municipales del 2014, como candidato de Manos Limpias, le habían pedido una coima de 50 mil soles en el Jurado Nacional de Elecciones – JNE. En la conversación, Pejerrey Manzanares pedía que Del Castillo Muro interceda ante Roberto Torres para que le preste el dinero.
En el 2014 su postulación fue tachada al estar vigente la sentencia por malversación de fondos. Lo increíble es que pese a la prohibición de la Ley N° 30717, el Jurado Electoral Especial de Chiclayo ha admitido su postulación con la Resolución N° 00178-2018, para el presente proceso electoral.
Pejerrey Manzanares ha consignado sus antecedentes penales en la Hoja de Vida presentada ante el JEE de Chiclayo.
CASO MONJA
Guillermo Monja Piscoya es candidato a segundo regidor de Olmos por el movimiento Primero Lambayeque, liderado por el excongresista Virgilio Acuña Peralta.
El caso de este postulante también encaja en la prohibición de la Ley N° 30717, toda vez que fue sentenciado por el Primer Juzgado Penal de Lambayeque al pago de una reparación civil por el delito de peculado por extensión (Expediente N° 258-2002), fallo que quedó firme el 24 de junio del 2004.
La sentencia se emitió por perjuicios causados a la Municipalidad Provincial de Lambayeque.
Esta información también aparece en la Hoja de Vida presentada al JEE de Chiclayo por el aspirante a regidor.
El 22 de junio, el Jurado Electoral Especial de Chiclayo emitió la Resolución N° 00366-2018 (Expediente N° ERM.2018010080), en el que declara inadmisible la inscripción de la lista de Primero Lambayeque al concejo municipal de Olmos, observando únicamente la no presentación de licencia laboral de una de las candidatas a regidora, mas no la situación legal de Monja Piscoya.
CASO RIVAS
Augusto Rivas Becerra fue dos veces alcalde de Nueva Arica como candidato del Partido Aprista Peruano. La primera vez en el período 2003-2006 y la segunda entre el 2011 y el 2014. Ahora, buscaba postular al mismo cargo en las filas de Solidaridad Nacional.
Rivas Becerra tiene dos sentencias firmes. La primera emitida por la Segunda Sala Penal de Lambayeque en el Expediente N° 6545-2014, firme desde el 9 de enero del 2015, por el delito de peculado de uso. El fallo fue de dos años de prisión suspendida. La segunda sentencia fue confirmada por la Primera Sala Penal de Lambayeque, también por el delito de peculado de uso, recibiendo una condena de dos años y ochos meses de prisión suspendida. El expediente del caso es el N° 4681-2013, con pronunciamiento firme desde el 15 de octubre del 2015.
Sobre este caso el Jurado Electoral Especial de Chiclayo se vio en la necesidad de rectificarse. El 30 de junio el órgano electoral había emitido la Resolución N° 00544-2018, declarando admitida la candidatura de Rivas Becerra a la alcaldía distrital de Nueva Arica. Sin embargo, el 7 de julio emitió la Resolución N° 00704-2018, declarando nula la inscripción de este y del aspirante a regidor Brenier Correa Suárez, quien aparece inscrito aún en el Partido Aprista Peruano.
La decisión del JEE de Chiclayo se motivó en el escrito presentado por el ciudadano Novil Barreda Vidarte, quien el 26 de junio advirtió del impedimento legal que pesa sobre Rivas Becerra, al amparo del artículo modificado en la Ley de Elecciones Municipales por la norma N° 30717.
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