El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, como entidad que promueve los derechos de los consumidores, tiene diferentes líneas de acción que van desde la función preventiva hasta la sancionadora, poniendo énfasis en la difusión y orientación a los usuarios y prestadores de productos y servicios.
Ana Leyva Wong, jefa de la Oficina Regional del INDECOPI, resalta que la institución trabaja actualmente en un plan de capacitación, que incluye talleres y actividades de sensibilización para la comunidad en general. Este trabajo se complementa con las acciones de fiscalización que de manera aleatoria realiza en los diferentes sectores económicos con la finalidad de monitorear el mercado y tener un panorama claro de cómo se desarrollan las relaciones de consumo en Lambayeque.
“Un rol importante que cumple el INDECOPI es la recepción de las denuncias y reclamos que presentan los consumidores cuando sienten que sus derechos han sido afectados. Ambas vías tienen características propias, un reclamo es una vía rápida en la que procuramos la conciliación entre el consumidor y el proveedor, en tanto las denuncias son procedimientos administrativos en los que el consumidor debe acreditar el hecho infractor”, explica.
Las causales más comunes de los reclamos y denuncias que recibe la dependencia en Lambayeque son los problemas en electrodomésticos, en el sistema financiero, con las aseguradoras y con empresas de transporte.
De acuerdo a sus facultades, el INDECOPI puede imponer sanciones diversas a los proveedores que identifica como infractores, las mismas que pueden ser una amonestación o una multa que puede llegar hasta las 450 Unidades Impositivas Tributarias – UIT.
“Recibimos reclamos y denuncias sobre distintos sectores económicos, sin embargo existen algunos que de acuerdo a las estadísticas son los que más quejas tienen. Por ejemplo, uno de ellos es el financiero”, señala Leyva Wong.
TIPOS DE DENUNCIAS
La funcionaria explica que la entidad tiene dos mecanismos para el tratamiento de las denuncias que presentan los usuarios. El primero es el Procedimiento Sumarísimo, donde se agrupan aquellos casos en los que la contraprestación del servicio dado por el proveedor es inferior a tres UIT, cuya resolución se da en primera y segunda instancia en la sede del INDECOPI Lambayeque. El tiempo máximo para la solución de la controversia es de 30 días.
El segundo es el Procedimiento Ordinario, para casos donde la contraprestación supera las tres UIT, que puede demorar hasta 120 días para su resolución. Para estos casos, la primera instancia se encuentra en Lambayeque y cualquiera de las partes puede apelar ante el Tribunal del INDECOPI que se ubica en Lima.
En base a esta clasificación, en el 2015 la sede regional del INDECOPI registró 245 denuncias bajo el procedimiento ordinario, 241 en el 2016 y entre enero y junio de este año 201. De este total, 81 estuvieron referidas al sistema financiero en el 2015, 92 en el 2016 y 67 en el primer semestre del 2017.
De los procedimientos sumarísimos, en el 2015 se recibieron 707 denuncias, 745 en el 2016 y 525 entre enero y junio de este año. Lo correspondiente al sistema financiero en el 2015 fue de 242 denuncias, 308 en el 2016 y 232 entre enero y junio del 2017.
En el 2015, el INDECOPI Lambayeque aplicó en multas 649 UIT por procedimientos ordinarios, 581 en el 2016 y entre enero y junio del 2017 un total de 197.
Asimismo, por procedimiento sumarísimos, 158 UIT en multas en el 2015, 274 en el 2016 y 132 en el primer semestre de este año.
SANCIONADOS EN EL 2016
En el 2016, el BBWA Banco Continental S.A. fue la entidad financiera que más multas recibió del INDECOPI Lambayeque, al sumar 26 UIT, por 30 sanciones; seguido de la Asociación de Usuarios del Fondo Regional Contra Accidentes de Tránsito, que fue multada con 15 UIT por dos sanciones.
Con 15 UIT también fueron multados Real Music Entertanment E.I.R.L. (12 sanciones) y Juan Manuel Puicón Puicán (tres sanciones).
Interbank tuvo que pagar 13 UIT de multas por tres sanciones recibidas; Representaciones J.C.C.S. E.I.R.L., 11 UIT por cuatro sanciones; la Corporación World Copiers S.A.C, nueve UIT por dos sanciones; Elektra Perú S.A. nueve UIT por 12 sanciones y el Banco de Crédito del Perú ocho UIT por 21 sanciones.
Otras empresas multadas el año pasado son: Banco Falabella (7.5 UIT por 43 sanciones), Mifarma S.A.C. (siete UIT por tres sanciones), La Positiva Seguros y Reaseguros S.A. (seis UIT por cuatro sanciones), Adam Elio Durand Osorio (seis UIT por cuatro sanciones), Comercial Acuña Hnos. (cinco UIT por tres sanciones), Grinsa S.A.C. (seis UIT por una sanción), Elizabeth Carmona Reyes (seis UIT por una sanción), Arequipa Expreso Marvisur E.I.R.L. (seis UIT por una sanción), Distribuidora de Relojes y Accesorios S.A.C. (seis UIT por dos sanciones), Caja Municipal de Sullana S.A. (cinco UIT por una sanción y Constructora e Inmobiliaria de Luxe Homes S.A. (cinco UIT por una sanción).
SANCIONADOS EN EL 2017
Entre enero y agosto de este año la lista de empresas multadas la encabeza nuevamente el Banco Continental, al acumular 10 sanciones y ser obligada al pago de 21 UIT.
Le sigue la Constructora e Inmobiliaria de Luxe Homes S.A con 13 UIT de multa y tres sanciones; la Corporación World Copiers S.A.C. con 12 UIT de multa y una sanción; Oncosalud S.A.C. con 12 UIT de multa y ocho sanciones; Elektra Perú con 12 UIT de multa y tres sanciones y el Banco Falabella con 10 UIT de multa y 29 sanciones.
Aparecen también la Empresa de Transportes El Sol S.A. con 9.8 UIT de multa y cuatro sanciones, la Cooperativa de Ahorro y Crédito Tumán con ocho UIT y 12 sanciones, Tiendas EFE con siete UIT y siete sanciones, el Scotiabank con seis UIT y 11 sanciones, Adam Elio Durand Osorio con seis UIT y una sanción, el Centro Audiológico Audifhone E.I.R.L. con seis UIT y una sanción, Cecilia Paz Producciones E.I.R.L con seis UIT y una sanción, Opción Toyoya con cinco UIT y una sanción.
Asimismo, Telefónica del Perú con cuatro UIT y 16 sanciones, Motocorp S.A.C con cuatro UIT y tres sanciones, Vidriería Paz con cuatro UIT y una sanción, el Grupo Empresarial Mirage Perú S.A.C con 3.5 UIT y dos sanciones, Edc. Ingenieros & Arquitectos E.I.R.L. con 3.33 UIT y una sanción y la Mueblería Cuyate E.I.R.L. con tres UIT y tres sanciones.
En el 2015, el Colegio de Abogados de Lambayeque fue multado con dos UIT y recibió dos sanciones por no tener Libro de Reclamaciones ni contar con el aviso correspondiente. El mismo año, el Colegio de Arquitectos del Perú - Regional Lambayeque, fue sancionado también por omitir la colocación del aviso del Libro de Reclamaciones con una UIT, al igual que Colegio de Psicólogos del Perú - Consejo Directivo Regional VI-Lambayeque, Amazonas y San Martín.
Por la misma causal, el año pasado fue multado con 1.58 UIT el Colegio Médico Veterinario de Lambayeque.
UNIVERSIDADES
El año pasado, la Universidad Particular de Chiclayo fue sancionada tres veces con una UIT cada vez por Falta de Idoneidad en el Servicio de Enseñanza con las resoluciones 460-2016/CPC-INDECOPI-LAM, 435-2016/CPC-INDECOPI-LAM y 435-2016/CPC-INDECOPI-LAM. En el 2015, la UDCH fue sancionada dos veces por la misma causal, debiendo pagar como multa dos UIT.
Asimismo, en el 2015 la universidad incurrió en el Incumplimiento de Medidas Correctivas, recibiendo como sanción el pago de tres UIT, conforme a la resolución 106-2015/CPC-INDECOPI-LAM. También fue sancionada por Demora en la Atención del Reclamo (Resolución 268-2015/SPC) con una UIT y por no contar con el aviso del Libro de Reclamaciones, debiendo pagar también una UIT.
Este año, la casa superior de estudios fue dos veces sancionada y multada con dos UIT por Falta de Atención de Requerimiento de Información, con las resoluciones 1594-2017/SPC y 486-2017/SPC del INDECOPI.
En total, la Universidad Particular de Chiclayo tiene en su historial 15 sanciones y ha sido multada con 12 UIT.
En la lista también figura la Universidad César Vallejo, con una infracción por Falta de Atención de Reclamo generada en el 2015, por la que debió pagar una UIT, y la Universidad de San Martín de Porres por Falta de Atención de Requerimiento de Información, sanción impuesta en el 2016 con una multa de una UIT. El año pasado la misma universidad fue multada con otra UIT por Falta de Atención de Reclamo.
En el 2016, la Universidad Alas Peruanas debió pagar seis UIT por incumplir con la implementación de medidas correctivas.
Del mismo modo, la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo ha recibido nueve sanciones entre el 2014 y el 2015, debiendo pagar ocho UIT, por no contar con el aviso del Libro de Reclamaciones, Falta de Idoneidad en el Servicio de Enseñanza y el Cobro de Cuotas Extraordinarias.
En tanto, la Universidad Señor de Sipán ha sido sancionada entre el 2013 y este año, cinco veces, debiendo pagar 21 UIT por infracciones como Falta de Entrega de Boleta o Factura, Falta de Idoneidad, Fórmulas Intimidatorias y no cumplir con las especificaciones del Libro de Reclamaciones.
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