La actual presidenta de la Junta de Fiscales de Lambayeque, Mariana Vásquez Zagaceta, favoreció al fiscal Juan Carrasco Millones, actual coordinador de la Fiscalía Especializada Contra la Criminalidad Organizada - FECOR, al dilatar de manera injustificada una acción disciplinaria iniciada por un presunto plagio cuando era jefa de Control Interno en la sede local del Ministerio Público.
Así lo confirma la Resolución N° 346-2018-MP-FN-FSCI, del 23 de febrero pasado, emitida por el fiscal supremo Víctor Rodríguez Monteza, jefe de la Fiscalía Suprema de Control Interno, quien declaró prescrita de oficio la acción disciplinaria iniciada contra Juan Manuel Carrasco Millones, archivando definitivamente los actuados.
En el documento Rodríguez Monteza llama la atención a Vásquez Zagaceta “por la dilación injustificada de la presente queja funcional”, cuando tenía a su cargo el control de la función fiscal.
RAZÓN DE LA QUEJA
El 14 de septiembre del 2015 el fiscal presentó un recurso de apelación en el Expediente Judicial N° 201-2012 - Carpeta Fiscal N° 1903-2011, ante la sentencia absolutoria expedida por el Sexto Juzgado Unipersonal de Chiclayo en el caso de la Negociación Agrícola Úcupe, con evidentes muestras de plagio del recurso presentado por el abogado del actor civil, conteniendo incluso los mismos errores.
Con ese recurso Carrasco Millones llegó a la Primera Sala Penal de Lambayeque, por entonces presidida por el actual titular de la Corte del departamento Aldo Zapata López.
Este confirmó que los textos de los documentos presentados por el fiscal y el abogado de la parte civil eran idénticos. El hecho fue denunciado en la Edición 936 del Semanario Expresión.
En atención a ello, la directora de Expresión, Rosa Chambergo Montejo presentó una queja funcional contra el fiscal en noviembre del 2015 y recién el 27 de marzo del 2017, la Oficina de Control Interno de Lambayeque, ya a cargo del fiscal superior Alejandro Lamadrid Ubillús, se pronunció, declarándola infundada y disponiendo el archivo de los actuados al no haber - supuestamente - comprobado en la actuación del fiscal inconducta o irregularidades, basándose en que la Primera Sala Penal de Apelaciones había declarado nula la resolución absolutoria, hecho independiente al motivo de la queja por cuanto la sala se limitó a la revisión jurídica.
Desde enero del 2017 Vásquez Zagaceta ya era presidencia de la Junta de Fiscales de Lambayeque.
APELACIÓN
La directora de Expresión apeló la decisión el 11 de abril del año pasado, señalando que no se trataba de “un caso en el que se cuestiona el derecho al recurso (apelación en el Caso Úcupe), sino el plagio realizado”.
“La Oficina de Control Interno incurre en errores de apreciación, porque omitió contrastar si el recurso de apelación era una copia o no. Tampoco se tuvo en cuenta que el fiscal presentó su recurso una hora después que lo hizo el abogado del actor civil. Ninguna ley autoriza hacer el copiado del recurso. Por tanto, existen claros indicios para abrir procedimiento disciplinario”, argumentó Chambergo Montejo.
PRESCRIPCIÓN
Tras la apelación el caso llegó a la Fiscalía Suprema de Control Interno que al revisar el caso ha concluido – según resolución de Rodríguez Monteza - que cuando Vásquez Zagaceta fue jefa de Control Interno del Ministerio Público en Lambayeque, paralizó por más de 25 días el trámite del procedimiento sancionador, por lo que se produjo el quiebre de la suspensión de la prescripción conforme a lo señalado por el Artículo 250.2 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444.
Entre el 14 de septiembre del 2015 (cuando Carrasco Millones presentó la apelación presuntamente plagiada) y la fecha en la que la Fiscalía Suprema de Control Interno revisó la apelación presentada al archivamiento de la queja contra el fiscal trascurrieron dos años, cuatro meses y dos días. Según el Artículo 60 de la Ley de la Carrera Fiscal la investigación para determinar o no una falta cometida prescribe a los dos años de iniciada.
Por esta razón la Fiscalía Suprema de Control Interno del Ministerio Público resolvió declarar prescrita de oficio la acción disciplinaria iniciada a Carrasco Millones y llamar la atención a Mariana Vásquez “por la dilación injustificada (...) recomendándole tener mayor cuidado en el trámite de los plazos procesales de las investigaciones a su cargo”.
En la misma resolución se señala que la dilación se produjo “por inacción atribuible al órgano de control”.
Vale decir que la Fiscalía Suprema de Control Interno no rechaza el argumento de la queja.
DESCARGO
Mariana Vásquez Zagaceta ha referido que la prescripción no se produjo por su inacción, sino por la entrada en vigencia de la Ley de la Carrera Fiscal que señala como plazo máximo para que una investigación funcional se declare culmine. Antes el plazo era de cinco años.
Asimismo, la magistrada dejó en claro que no fue ella quien archivó la queja contra Carrasco Millones.
Advirtió que apelará al llamado de atención hecho por Rodríguez Monteza.
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