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PESE A SENTENCIA JUDICIAL: INSTITUTO MEJíÂ�A BACA SE NIEGA AL PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES A EXDOCENTE

Escribe: Semanario Expresión
Edición N° 996

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El 23 de septiembre del 2014, la jueza del Segundo Juzgado Transitorio de Trabajo de Chiclayo, Carmen Sánchez Gonzales, declaró fundada en parte la demanda interpuesta por el docente Jhony Zorrilla Mundaca contra la Corporación Educativa César y David Cornejo Solano S.R.L., promotora del Instituto Superior Tecnológico Privado “Juan Mejía Baca”, ordenando el pago de los beneficios sociales reconocidos al educador, quien hasta el momento no ha recibido nada de lo que dispuso a su favor el Poder Judicial.

 

Zorrilla Mundaca trabajó para la institución educativa desde abril del 2005 hasta abril del 2011, siendo despedido sin que se le haya reconocido la compensación por tiempo de servicio, las gratificaciones de ley ni el pago de sus vacaciones.

 

Este se desempeñó como docente y coordinador académico de la carrera de Administración en el Instituto Mejía Baca, percibiendo una remuneración promedio de mil 300 soles por jornadas de 8:00 de la mañana a 11:00 de la noche, de lunes a sábado.

 

Explica que su función como Coordinador Académico de la carrera de Administración, equivalía a la de un Director Académico, cuyas actividades se enfocan al correcto desarrollo de los cursos, que los docentes cumplan con asistir a sus clases, distribución de horarios, turnos, malla curricular, asistencia de alumnado, supervisión de, reuniones con docentes, aplicación de prácticas pre profesionales de estudiantes, entrega de notas de ciclo y otras más.

 

En su labor docente, dictó cursos como Marketing, Proyectos de Inversión e Investigación de Mercados.

 

EXIGENCIA DE DERECHOS

Luego de ser despedido, Jhony Zorrilla recurrió a la Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo para que esta verifique el despido arbitrario, el mismo que quedó acreditado por los inspectores.

 

“Después de seis años de trabajo mi relación laboral con el promotor César Cornejo Solano se había debilitado por diferentes motivos como el resistirse a colocarnos en planilla a pesar de tiempo laborado e incumplir con el aumento de sueldos que nos había ofrecido durante tres años, a pesar que la población estudiantil aumentó. En mi caso, desde que asumí el cargo de coordinador, logré que se pase de 200 estudiantes a más de 550 solo en la carrera de Admiración. Otras situaciones fueron la salida de buenos docentes capacitados y preparados por no pagarles horas académicas decorosas, me da pena solo mencionar que les pagaba a 6 soles la hora a cada docentes y habían algunos que trabajaban hasta 200 horas semanales, o sea 10 horas académicas diarias, para solo recibir mil 200 soles los docentes principales, porque con los otros docentes que tenían la mitad de horas era penoso, eran mayormente administradores y contadores universitarios mal pagados y sin planilla trabajando todo el día”, expone Zorrilla Mundaca.

 

Anota que los docentes eran obligados a acudir a las diferentes actividades de la institución y fechas cívicas como desfiles de 28 Julio, aniversario de Chiclayo, ferias, aniversarios, ad honoren, es decir sin pago adicional.

 

Iniciada la acción judicial en exigencia de sus beneficios, acudió a la audiencia de conciliación con la promotoría del instituto, de acuerdo a lo establecido por la Nueva Ley Procesal del Trabajo, sin que se llegue a ningún acuerdo. En tanto la defensa del instituto respondió a la demanda negando la legalidad del reconocimiento de los beneficios laborales, argumentando – entre otras cosas – que el docente laboraba por horas, que no existía el principio de subordinación y que su remuneración no ascendía a mil 300 soles.

 

FALLO JUDICIAL

Empero, para la juez Sánchez Gonzales quedó establecido que los servicios prestados por el demandante fueron de naturaleza laboral en aplicación del Principio de Primacía de la Realidad, por lo que correspondía se le reconozcan los derechos y beneficios que emergen de una relación laboral bajo el régimen laboral de la actividad privada en su condición de trabajador a plazo indeterminado, conforme al Artículo 4° del Decreto Supremo N° 003-97-TR – Ley de Productividad y Competitividad Laboral.

 

En ese sentido, el Poder Judicial ordenó a la Corporación Educación César y David Cornejo Solano S.R.L. el pago de 16 mil 611.71 soles, más los intereses legales, con condena de costos y costas procesales, a favor de Zorrilla Mundaca, la misma que fue declarada consentida el 23 de diciembre del 2015, con Resolución N° 9.

 

“Después de que yo hiciera mi denuncia laboral casualmente colocó a algunos docentes en planilla, lo extraño y curioso es que casi todos los docentes no ganan más de 600 soles mensuales, tomando en cuenta que hay docentes a tiempo completo y la mayoría de las planillas son de sueldos por debajo de los 500 soles. Es bien extraño y habría que averiguar que está pasando realmente. El Instituto Juan Mejía Baca no tiene ninguna voluntad de pagar a sus docentes que se sacrificaron por la institución por años y lo digo con tal afirmación porque yo padezco el calvario de cobrar mis beneficios con un juicio ya ganado desde hace más de un año. Así como yo, son muchos docentes que hoy en día luchan, como Roberto Castillo Chumacero o Jannet Constantino Bonilla”, menciona.

 

MULTAS POR INCUMPLIMIENTO

Desde que se emitió el fallo judicial, hasta el momento, el docente, quien reside ahora en Lima, no ha recibido el pago ordenado por el Poder Judicial. Por el contrario, se ha visto en la obligación de recurrir nuevamente a la autoridad jurisdiccional en exigencia de sus beneficios sociales, a fin que se ejecuten los apercibimientos correspondientes contra la promotora del instituto.

 

Con Resolución N° 10, del diez de marzo del año pasado, la jueza Carmen Sánchez Gonzales ordenó a la Corporación Educativa César y David Cornejo Solano S.R.L. cumpla, en un plazo máximo de cinco días, con pagar lo reconocido a Zorrilla Mundaca, esto bajo apercibimiento de embargo en caso de inobservancia.

 

En mayo del 2016, el apercibimiento de varió a multa, la misma que le fue impuesta a la promotora del Instituto Juan Mejía Baca el 20 de julio pasado, con Resolución N° 13, otorgándole tres días para que haga efectivo el pago de los beneficios sociales al exdocente.

 

Ante la negativa, el Poder Judicial emitió una nueva resolución, en octubre del año pasado, incrementando la multa contra la promotora de una a tres Unidades de Referencia Procesal, dándole otros cinco días para que cumpla con el mandato, bajo apercibimiento de continuar en el incremento de la sanción.

 

ACCIÓN PENAL

Empero, aun cuando han transcurrido más de 90 días desde la última resolución judicial, la exempleadora de Zorrilla Mundaca persiste en el incumplimiento, lo que ha motivado a que la defensa legal del profesor ingrese el 12 de enero de este año se requiera el cumplimiento del mandato judicial bajo apercibimiento de denuncia penal contra César Cornejo Solano, representante legal de la promotora.

 

“Vengo batallando desde el año 2011, desde que denuncié el pago de mis beneficios laborales en la Zona de Trabajo que por cierto es una institución que siento no apoya en nada por los trabajadores, al menos a los de la Corporación Mejía Baca, que por cierto tenía como abogado, en ese entonces, a Ruperto Castellano. Hasta el día de hoy son cinco años y medio desde que denuncié y más de un año desde que el Poder Judicial me dio la razón, ordenando que me paguen mis beneficios”, refiere Jhony Zorrilla.

 

Añade que el gerente de la promotora se muestra desafiante ante la ley laboral, debido a que “el instituto ha venido funcionando con total impunidad frente a instituciones como la Zona de Trabajo”.

 

“La Zona de Trabajo en todos estos años no han hecho nada por los trabajadores o docentes condicionados a trabajar sin planillas, sin beneficios o con planillas extrañamente bajas a cambio de un puesto de trabajo. Es raro que hasta la fecha la Zona de Trabajo no haya sancionado de manera enérgica a esta institución que tiene más de 10 años en la impunidad y ahora desafiante ante el Poder Judicial ya que por mi caso han recibido dos notificaciones con un total de cuatro unidades impositivas procesales por desobedecer al pago. Ese es el peor mensaje que se puede dar para la justicia peruana”, enfatiza.

 

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