Desde hace varios meses el portal se transparencia institucional tanto de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, como del Centro de Gestión Tributaria - CGT, correspondiente al registro de información en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE, se encuentra desactivado por razones que son de absoluta explicación por parte de las autoridades responsables en dirigir las políticas y administración de ambas instituciones.
El negativo accionar que vulnera el derecho a la transparencia podría conllevar a actos con consecuencia administrativas y hasta penales, debiendo el Ministerio de Economía y Finanzas exhortar a los titulares de la Municipalidad Provincial de Chiclayo y del Centro de Gestión Tributaria, el cumplimiento de lo dispuesto por la Ley.
De igual manera, se ha pedido se realice una exhaustiva investigación por parte del Ministerio de Economía y Finanzas con referencia a los convenios marco de cooperación interinstitucional suscritos entre el Centro de Gestión Tributaria de Chiclayo y la Municipalidad Provincial de Chiclayo, los que no tienen conformidad con lo dispuesto en las normas e instrumentos de gestión como el Reglamento de Organización de Funciones – ROF, y otras normas de presupuesto establecidos en la Ley.
La supuesta omisión o negligencia tendría que haber sido advertida y corregida con anticipación por los órganos de control de cada institución y Contraloría General de la República, pero no lo han hecho hasta el momento.
La grave falta que podría conllevar a una consecuencia penal, fue puesta en conocimiento del ministro de Economía y Finanzas, Alfredo Thorne Vetter, por parte del ciudadano Víctor Luna Victoria Menacho, en aplicación de los establecido en el numeral 11.2 de la directiva N° 006-2016 OSCE/CD, donde se plasma que todas las entidades del Estado y las que recaudan para el Estado, deben registrar y publicar en el SEACE la información de sus contrataciones cuyos montos sean de una a ocho Unidades Impositivas Tributarias –UIT, que hubieran realizado durante el mes, contando para ello con un plazo máximo de 10 días hábiles del mes siguiente, debiendo realizarse dicho registro de acuerdo a lo establecido.
Es el caso – señala el solicitante - que la Municipalidad Provincial de Chiclayo, representada debidamente por el alcalde David Cornejo Chinguel, y el Centro de Gestión Tributaria de Chiclayo, representando por Nilton Monje Sampén, tienen la obligación de registrar y publicar en el SEACE todas las órdenes de compra u órdenes de servicio emitidas con la información necesaria según se indica en las normas aprobadas, pero hasta el último viernes no lo habían hecho.
¿OCULTAMIENTO?
Luna Victoria añade en su pedido que la disposición complementaria de la Ley N° 30225, señala que el acceso a la información se regula conforme a los establecido en la Ley de Transparencia y Acceso a la información Púbica y su Reglamento, pudiendo el OSCE atender dichos pedidos a través de la remisión de la versión digital de los documentos por parte de las entidades emplazadas. Es decir, que si tanto la MPCH y el CGT se resisten a informar o entregar copia de algún documento tributario que se cuestione, es el SEACE quien lo debe hacer por tenerlo registrado en el portal institucional al haber sido declarado en su debida oportunidad.
El recurrente hace conocer que a la fecha de presentada la carta L133-2016, del 8 de agosto pasado, ante el titular del Ministerio de Economía y Finanzas, no existe la información de las órdenes de compra u órdenes de servicio emitidas tanto por la Municipalidad Provincial de Chiclayo y del Centro de Gestión Tributaria, respecto a las contrataciones por montos iguales o inferiores a las ocho Unidades Impositivas Tributarias ascendentes a tres mil 950 soles, hasta los 31 mil 600 soles.
“La razón es simple. La entidad no ha publicado la información en el SEACE. Para ser exacto, un ciudadano ingresa al módulo de ‘Buscador Público de Órdenes de Compra u Órdenes de Servicio’, para acceder a información que allí debe estar colgada por ser de dominio público, pero no puede obtener la información que requiere por no estar activado, supuestamente porque las compras y los servicios no han sido cargados en el sistema”, sostiene y agrega que a los responsables de cumplir la normatividad no tendrían prejuicio de las acciones de control que pudieran derivar por el incumplimiento.
¿LOS ÓRGANOS DE CONTROL?
El demandante es un convencido que la supuesta negligencia ya debió haber sido corregida con anticipación por los órganos de control como las Oficinas de Control Interno – OCI, de cada institución, pero es el caso que al momento de poner los hechos en conocimiento del ministro de Economía y Finanzas, Alfredo Eduardo Thorne Vetter, los portales institucionales de transparencia seguían sin brindar ningún tipo de información actualizada sobre los gastos realizados por ambas entidades.
“Hace buen rato que debieron intervenir los Órganos de Control Institucional, así como la Contraloría General de la República y el Ministerio Público, para ordenar a quien corresponda cumplan con la normatividad”, sostuvo.
LOS CONVENIOS MARCO
Otro hecho que han llamado la atención de Luna Victoria y que ha motivado se haga el pedido que se realice una exhaustiva investigación por parte del Ministerio de Economía y Finanzas, son los convenios marco de cooperación interinstitucional suscritos entre el Centro de Gestión Tributaria y la Municipalidad Provincial de Chiclayo, los que no tienen conformidad con lo dispuesto en las normas e instrumentos de gestión como el Reglamento de Organización de Funciones – ROF, Normas de Presupuesto establecidos en la Ley N” 28112 – Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público-, Ley N° 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y La Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972.
“En el Centro de Gestión Tributaria de Chiclayo existe la directiva N° 01-006-000000058 sobre ‘Medidas de Austeridad, Racionalidad y Disciplina Presupuestaria en el gasto del SATCH’, en sus disposiciones generales, inciso ‘C’ se encuentra establecido que todo egreso a ejecutar debe contar con la disponibilidad o la certificación presupuestaria y responder a las actividades y objetivos previamente definidos en el Plan de Operatividad Institucional – POI de la entidad”, sustentó.
Asimismo, refiere que los convenios de cooperación interinstitucional suscritos entre el Centro de Gestión Tributaria y la Municipalidad Provincial de Chiclayo no tienen conformidad con lo dispuesto en las normas e instrumentos de gestión.
LA LISTA DE CONVENIOS
De acuerdo a la denuncia formulada ante el titular del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante acuerdo municipal N° 0152-2015-MPCH/A, del 15 de octubre del año pasado, se aprobó la suscripción del convenio entre la Municipalidad Provincial de Chiclayo y el Centro de Gestión Tributaria– CGT, señalando en sus considerandos que el objetivo es la prestación de asesoría, capacitación y asistencia técnica por parte del CGT a la comuna. Además, en otra cláusula – la tercera- se indica que se tiene por objeto brindar apoyo en las actividades comunes que se desarrollan en beneficio de la comunidad.
Asimismo, mediante acuerdo municipal N° 024-2016-MPCH/A, del 22 de junio del 2016, se aprobó el convenio interinstitucional entre la Municipalidad de Chiclayo y el CGT, señalándose como objetivo general “aunar esfuerzos para incrementar la recaudación tributaria y no tributaria, sujeto al marco presupuestal de ambas instituciones, pudiendo actuar para el financiamiento de actividades o proyectos”.
Sin embargo, para desarrollar los acuerdos de los convenios marco se tiene que haber realizado modificaciones programáticas a nivel institucional o funcional, debiendo contar con el informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas.
Además, sostiene que para la ejecución presupuestaria de las entidades de tratamiento empresarial, la firma de los convenios marco estaría afectando el equilibrio presupuestario del CGT, más aún cuando no se estaría cumpliendo lo proyectado de los ingresos que financia el presupuesto del CGT para el año 2016.
“La firma de los convenio marco significa que la institución ya ha cumplido con sus objetivos institucionales, según la evaluación del Plan Operativo Institucional y Plan Estratégico del CGT”, detalló.
AFECTA PRESUPUESTO
Agrega que los convenios hechos entre el CGT y la Municipalidad de Chiclayo son perjudiciales para los intereses del Centro de Gestión Tributaria porque afectan su economía, el presupuesto, los recursos financieros y el patrimonio de la entidad.
Tras ello, el demandante solicita la inmediata intervención del Órgano de Control Institucional, la Contraloría General de la República y el Ministerio Público, para prevenir que se sigan firmando más convenios.
Además, debido a que existe una política de austeridad, racionalidad, disciplina, eficiencia, eficacia y transparencia, y afectando el presupuesto del sector, y para que esto no se siga cometiendo, el demandante solicitó también la inmediata intervención del Ministerio de Economía y Finanzas, así como bloquear las cuentas de considerar necesario para cautelar los intereses expuestos, debido a que se estaría cometiendo hechos de relevancia administrativa y presuntamente penal.
“Mediante edicto municipal N° 001-A-GPCH-2003, del 13 de mayo del año 2013, se aprobó la creación del Servicio de Administración Tributaria de Chiclayo – SATCH, como organismo público descentralizado del gobierno provincial de Chiclayo, con autonomía administrativa, economía, presupuestaria y financiera, cuya función es la administración, fiscalización y recaudación de los ingresos tributarios y no tributarios del Gobierno Provincial de Chiclayo”, explicó.
Luna Victoria agrega que el SATCH, ahora llamado CGT, desde su creación y puesta en funcionamiento, no recibe un solo céntimo de la municipalidad de Chiclayo, sino que para mantenerse en operatividad hace uso del 8 % por ciento de la comisión con que se queda como concepto de los cobros que realiza en Impuesto Predial, Vehicular, Arbitrios Municipales, entre otros tributos.
“El quitarle dinero al ente recaudador significa afectar su economía, el presupuesto, los recursos financieros y el patrimonio de la entidad, y los que más van a sufrir las consecuencias son los trabajadores y los administrados”, detalló.
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