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CGT ENFRENTE SIETE PROCESOS DE HÁBEAS DATA: SE ESPERA FALLO POR INCUMPLIMIENTO DE ORDENANZA MUNICIPAL

Escribe: Semanario Expresión
Edición N° 981

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Desesperación por parte de algunos funcionarios existiría al interior del Centro de Gestión Tributaria – CGT de Chiclayo, luego que el Poder Judicial de Lambayeque emitiera sendas sentencias en contra del ente recaudador por negarse a entregar información solicitada por administrados amparados en la Ley N° 27927, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

 

En el informe N° 04-010-000000304-2016, emitido por el jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica, Yuri Gali Díaz Cajo, al gerente (e) del Centro de Gestión Tributaria de Chiclayo, Óscar Manuel Fiestas Jacinto, le hace conocer que de acuerdo a lo alcanzado por la asesora externa, María Effio Arroyo, respecto a los juicios por Hábeas Data que el CGT viene perdiendo en los últimos meses, es únicamente responsabilidad de las áreas encargadas de brindar la información.

 

Uno de los factores – relata Yuri Díaz en su documento - es que las áreas responsables deben informar por qué no se está dando respuesta en los plazos establecidos en la normatividad de la materia, olvidando que la entrega de todo tipo de documento de carácter legal y de dominio público tiene que pasar por sus manos para tener su visto bueno o ser observada.

Asimismo, de manera unilateral – señala - que dichos incumplimientos han acarreado hasta la fecha siete procesos judiciales contra el CGT, lo que a la larga está ocasionando consecuencias que le generan gastos económicos a la entidad por el pago de costos y costas, lo cual – dice- se puede haber previsto.

 

LA ASESORA EXTERNA

Conforme a lo detallado por el asesor legal del CGT, la asesora legal externa del ente recaudador, quien percibe un pago de tres mil soles mensuales para enfrentar los procesos judiciales de la entidad, presentó el informe N° 0013-2014, del 22 de agosto, donde hace conocer sobre los procesos constitucionales que se encuentran a su cargo desde mayo hasta agosto del presente año, y en los cuales se tiene como demandante al ciudadano Víctor Luna Victoria Menacho.

 

La abogada sostiene que en solo tres meses se han interpuesto siete procesos constitucionales contra el Centro de Gestión Tributaria de Chiclayo, de los cuales expresa su preocupación debido a que se han generado por el incumplimiento de la entidad para atender las solicitudes de información.

 

De igual manera, señala que al interior del ente recaudador se ha hecho caso omiso a la entrega de información requerida por el demandante.

 

EL LADO MÁS DÉBIL

La asesora externa del CGT hace conocer en la misiva: “Pido a usted señor doctor, jefe de la Oficina de Asuntos Jurídicos, que informe a las áreas responsables de brindar acceso a la información, a fin de que informen por qué no se está respondiendo en los plazos establecidos en la normativa, puesto que por dicho incumplimiento a la fecha llevamos 7 procesos los cuales están acarreando a que se sigan interponiendo más procesos de Hábeas Data”.

 

Advierte que se está trayendo como consecuencia que el CGT se vea envuelto en procesos constitucionales, gastos económicos en el pago de costos y costas, sumando a ello a una mala reputación de ineficacia y violación al derecho de acceso a la información pública.

 

De igual manera, pide que lo informado por su persona al área de asesoría jurídica sea puesto en conocimiento a las oficinas y responsables relacionados a las áreas cuestionadas a fin de evitar más procesos constitucionales como el caso del expediente 908-2016.

 

También están los expedientes 1319-2016, 1441-2016, 1460-2016, 1442-2016 y 1459-2016, todos ellos por Hábeas Data. Sin embargo, el que más les preocupa es el caso que se sustenta en el expediente 1676-2016 de Acción de Cumplimiento de la Ordenanza Municipal 009-2015, cuyo resultado, si es que es a favor del demandante, tendría efectos directos sobre el gobierno de la ciudad.

 

CASO ORDENANZA MUNICIPAL

El proceso que más preocupa tanto a la asesora legal externa del CGT y al jefe de Asesoría Jurídica es el originado mediante carta L114-2016, del 20 de julio del año 2016, en la que Víctor Eliseo Luna Victoria Menacho se dirige al alcalde de Chiclayo, David Cornejo Chinguel, para requerir el cumplimiento de la Ordenanza Municipal N° 009 -2015, la  que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y la Propuesta de Estructura Orgánica del Centro de Gestión Tributaria de Chiclayo, respecto a los artículos segundo, tercero y cuarto, dentro del plazo establecido en el Código Procesal Constitucional.

 

La mencionada Ordenanza Municipal cuenta con cinco artículos, pero en su artículo dos señala: “el de dar facultades al titular del pliego, para la conformación de una Comisión Especial que se encargue del seguimiento e Implementación del nuevo ROF, así como la estructura Orgánica”.

 

El artículo tres encarga al jefe del Centro de Gestión Tributaria de Chiclayo, Nilton Monje Sampén, el cumplimiento de lo dispuesto, de acuerdo a sus funciones y elaborar los nuevos documentos e instrumentos de gestión y normas correspondientes”.

Finalmente, el artículo cuatro se señala que la Ordenanza edil en cuestión “deroga aquellas normas municipales que se opongan a la vigencia de la presente ordenanza”.

 

El 20 de julio pasado llegó al Centro de Gestión Tributaria la carta L115-2016, dirigida al jefe del ente recaudador, Nilton Monje Sampén, en la que se le requiere los mismos documentos solicitados al alcalde David Cornejo Chinguel.

 

Ante la negativa a responder sobre el pedido, el 9 de agosto se hizo llegar una carta reiterativa a Nilton Monje Sampén, pero hasta la fecha el demandante no ha tenido del ente recaudador.

 

El extraño rehusamiento a entregar la documentación requerida por parte de Nilton Monje Sampén, jefe del CGT, y la desobediencia a los funcionarios de la municipalidad de Chiclayo, obligó a Víctor Luna Victoria a interponer la demanda de Acción de Cumplimiento.

 

PRINCIPAL DEMANDADO

En primer lugar, la demanda alcanza al alcalde de Chiclayo David Cornejo Chinguel; a la ex Procuradora Pública Municipal, Edith Rosario Cancino Gamarra, y al jefe del Centro de Gestión Tributaria de Chiclayo – CGT, Nilton César Monje Sampén.

 

El demandante hace constar que el 27 de abril del 2015, en sesión de concejo, con la presencia del alcalde David Cornejo Chinguel, y la asistencia reglamentaria de los regidores, se analizó el proyecto del ROF y la propuesta Orgánica del CGT, la cual, luego de un arduo debate, se aprobó y se acordó emitir la Ordenanza Municipal N° 009-2015.

 

La norma edil local fue publicada en el diario oficial el pasado 3 de mayo, mediante memorando N° 070-2016-MPCH/SG.II.RRPP suscrito por Angélica Atoche Cuadros, en calidad de jefa de Imagen Institucional de la Municipalidad de Chiclayo, pero hasta la fecha no se ha dado cumplimiento a la misma.

 

Tras haberse agotado la vía administrativa y los plazos establecidos por la Ley, así como que el titular del Cuarto Juzgado Civil ya había admitido la Demanda de Acción de Cumplimiento, recién el 18 de agosto del presente año, Nilton Monje Sampén envía a la renunciada Procuradora Pública Municipal, Edith Cancino Gamarra, el oficio N° 01-013-000000431-2016, conteniendo la respuesta a la información solicitada, señalando que a la fecha se han aprobado el CAP, PAP, Manual Interno, PIA 2016, POI 2016 y PEI 2016-2018, con sus respectivas resoluciones jefaturales, y con relación al MOF, TUPA, MAPRO y MPP, se encuentran en etapa de evaluación por parte de las unidades orgánicas del CGT, el cual ha sido solicitado por el jefe (e) de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, José Ignacio Quintana Ruiz, mediante informes N°04-010-0000000305-2016, 04-010-0000000306-2016 y 04-010-0000000307-2016.

 

Asimismo, en el documento se hace conocer que mediante oficio N° 01-013- 000001361, del 30 de noviembre del 2015, se remitió a la sub gerencia de Secretaría General de la MPCH el proyecto del estatuto del CGT para su aprobación ante el pleno del consejo municipal, el cual se encuentra a la fecha pendiente de aprobación por parte de los funcionarios de la Municipalidad Provincial de Chiclayo.

 

SE CAE LA DEFENSA 

El último miércoles, el juez titular del Cuarto Juzgado Civil de Chiclayo, Héctor Conteña Vizcarra, concedió el uso de la palabra a Víctor Luna Victoria por espacio de cinco minutos, quien sustentó su demanda de Acción de Cumplimiento, con lo cual restó validez a los descargos formulados por la ex Procuradora Pública Municipal, Edith Rosario Cancino Gamarra, quien alegó que con Resolución Municipal N°972-2016-MPCH, del 19 de agosto del 2016, el alcalde David Cornejo dio cumplimiento en parte al cumplimiento de la Ordenanza Municipal N° 009-2015, disponiendo la conformación de un comité especial de funcionarios de la municipalidad de Chiclayo que se encargue del seguimiento e implementación del Nuevo Reglamento de Organización y Funciones – ROF- y la propuesta de la Estructura Orgánica del Centro de Gestión Tributaria de Chiclayo –CGT.

 

También cuestionó el oficio N° 01-013-000000431-2016 del jefe del CGT Nilton Monje Sampén, quien hace conocer que se ha efectuado el seguimiento, evaluación e implementación, y que a la fecha se ha aprobado el CAP, PAP, Manual Interno, PIA 2016, POI2016 y PEI 2016-2018, con sus respectivas resoluciones jefaturales de aprobación, y con relación al MOF, TUPA, MAPRO y MPP.

 

De igual manera, cuestionó los argumentos de defensa formulados por el apoderado legal del CGT, Yuri Díaz Cajo, quien había responsabilizado al alcalde de Chiclayo David Cornejo Chinguel y a los regidores de no aprobar desde el 7 de setiembre del 2015 el acta de sesión del Comité de Gerencia del CGT, en la cual se acuerda modificar el ROF, y sea la MPCH mediante sesión de concejo quien la apruebe, y hasta la fecha no hay pronunciamiento alguno.

 

Asimismo, desmintió a Yuri Díaz Cajo quien había señalado que por parte de su representada se está trabajando para el cumplimiento de la Ordenanza Municipal, realizando diferentes diligencias, sobre todo que se está programando establecer una sesión para ampliar el plazo establecido en la misma ordenanza, pudiendo así cumplir con lo estipulado, lo cual resulta ilógico al existir un proceso en desarrollo y a punto de emitirse sentencia.

 

Ante lo dicho en sus descargos por parte de los representantes legales de la Municipalidad de Chiclayo, del Centro de Gestión Tributaria de Chiclayo, así como del demandante, el juez  Héctor Conteña Vizcarra dispuso que el expediente con todos los elementos de la demanda, así como los argumentos de defensa y saneamiento del proceso, serán evaluados con el objetivo de dictar sentencia.

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