El proceso de selección para el mejoramiento del centro de salud del distrito de Íllimo, valorizado en 43 millones de soles, fue llevado a cabo con serias irregularidades y la participación de personajes cuestionados, en este caso el representante legal de la empresa San Carlos Contratistas Generales SRL, Javier Armando Silva Delgado, quien se encuentra como supuesto cómplice en la investigación que realiza el Primer Despacho de la Fiscalía Anticorrupción de Sullana y que involucra al alcalde de dicha ciudad piurana, Edwar Saldaña Sánchez, y otros nueve personajes, por los presuntos delitos de colusión agravada y negociación incompatible.
Por si fuera poco, de acuerdo al acta de admisión, evaluación, calificación y otorgamiento de la buena pro del proceso de selección llevado a cabo el 27 de octubre de 2022, se evidencia la participación activa en todos los actos procedimentales del miembro del comité Luis Frano López Orozco.
Según el comunicado de la Oficina de Imagen Institucional del Ministerio Público, en adelanto de fallo, la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Lambayeque, consiguió que el exburgomaestre de Pomalca, Ever Altamirano Romero, fuera sentenciado con cuatro años de pena privativa de la libertad efectiva, como autor del delito de colusión en agravio de la comuna.
La misma pena fue impuesta a otros funcionarios y a los integrantes del comité de selección que direccionaron un proceso para la ejecución de una obra en Pomalca, entre ellos Luis Frano López Orozco, a quien la justicia lo sentenció con la misma medida coercitiva y lo inhabilitó imponiéndole incluso 242 días multa, conminándolo a pagar una reparación civil solidaria ascendiente a 300 mil soles producto de la comisión de los delitos cometidos.
La inobservancia del dictamen del OSCE
Como ya diéramos cuenta en la edición anterior, Expresión tuvo acceso al Informe de Acción de Supervisión de Oficio N° D001828-2022-OSCE-SPRI, emitido por la Sub Dirección de Riesgos del OSCE, mediante el cual observó la falta de transparencia del proceso de selección, al no incluir en las bases integradas el link como URL de repositorio que pudiera permitir la visualización del expediente de contratación, la totalidad de las ofertas presentadas por los postores y los documentos que sirvieron para la calificación y evaluación de las propuestas, así como los documentos que tendría que presentar el ganador de la buena pro para la suscripción del contrato.
Las observaciones, hasta el cierre de esta edición, no han sido subsanadas.
Asimismo, el referido informe advirtió que la entidad no ha consignado en las Bases Integradas del proceso el plazo en días para efectuar el pago del monto correspondiente al saldo de liquidación del contrato de obra, observando a la vez la omisión por parte del comité de selección de precisar el nivel de formación académica del personal especialista, a pesar que las bases estándar lo establecen.
Dichas observaciones debieron ser levantadas vía la reformulación de las bases integradas, lo que no sucedió, ya que el 27 de octubre de 2022, haciendo caso omiso al ente supervisor, el comité de selección le adjudicó la buena pro a la empresa San Carlos Contratistas Generales SRL.
Las conclusiones y recomendaciones
La Sub Dirección de Riesgos del OSCE consideró que el Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios, convocado por la comuna de Íllimo, contiene disposiciones que no se encuentran acorde a las establecidas en las Bases Estándar aprobadas por la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios.
Por tal razón y en virtud de lo mencionado – refieren las conclusiones -, recomienda evaluar el inicio el respectivo deslinde de responsabilidades e impartir las directrices que correspondan, a fin de que los funcionarios a cargo del procedimiento de selección, realicen dicha contratación bajo los parámetros de la Ley inherente y el Reglamento de la Ley de Reconstrucción con Cabios (Ley 30556), por lo que en sus conclusiones el ente supervisor considera hacer de conocimiento el referido informe al Sistema Nacional de Control, para los fines de su competencia funcional y su posterior conclusión sobre los hechos irregulares advertidos en la tramitación del millonario proceso llevado a cabo por la gestión del saliente alcalde Miguel Baldera Sandoval.
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