Sistemática decisión es la que habría tomado el actual alcalde del distrito de Anguía – tierra del presidente Pedro Castillo Terrones, José Medina Guerrero, hoy bajo detención preliminar, cuando se propuso dejar sin efecto el contrato primigenio suscrito a finales de la gestión del anterior burgomaestre distrital, con la finalidad de contratar al ejecutor del saldo de obra, valorizado en 19 millones de soles, mediante un proceso directo, cuyo objeto consiste en el mejoramiento del camino vecinal que une algunos centros poblados y distritos de la jurisdicción de la provincia de Chota.
La contratación inicial
Con fecha 15 de agosto del 2018, el saliente burgomaestre del distrito de Anguía, José Colunche Campos, celebró el contrato de ejecución de la obra “Mejoramiento del camino vecinal La Palma – Conchan – La Legua – Tacabamba – Chugur – Anguía – Rodeopampa – Guineamayo, distrito de Tacabamba – Chugur –Anguia, Chota Cajamarca”, con el Consorcio Vial Anguía, conformado por las empresas Consorcio Roga SAC y House Bussines EIRL, cuyo monto de inversión, en ese entonces, superó los 23 millones de soles, producto de la adjudicación de la buena pro de la Licitación Pública N° 001-2018 – MDA, llevada a cabo el 25 de julio de ese año.
Alcalde entrante resuelve contrato
Durante los primeros meses de la gestión del actual alcalde del distrito José Medina Guerrero, se puso la mirada sobre el avance de los trabajos de la millonaria obra.
Los funcionarios encargados de su control advirtieron que la misma se encontraba con inconvenientes, incluso paralizada por el abandono del proceso constructivo por parte del contratista, producto – según los funcionarios y la población involucrada - del atraso en el pago de la mano de obra no calificada y ciertos proveedores de servicios.
Estas razones sirvieron para que la autoridad edil, el 25 de noviembre del 2019, suscribiera la carta N° 053-2019-MDA/A, comunicándole al Consorcio Vial Anguía la resolución de contrato “por haber dejado en abandono de la ejecución de la obra por las razones expuestas”, mientras que el contratista se oponía a dicha decisión argumentando repetidamente que la paralización de la obra se debía al incumplimiento por parte de la entidad municipal de la liberación de los terrenos que serían afectados para la ejecución total del proyecto.
De este modo se generó una controversia, que al fin y al cabo se dilucidó unilateralmente con la emisión de la carta referida suscrita por la autoridad edilicia, que resolvió el contrato, dando lugar para que posteriormente el alcalde Medina Guerrero – hasta el cierre de esta edición con arresto preliminar – decidiera llevar a cabo una “contratación directa” para la ejecución del saldo de obra valorizado en 19 millones 500 mil soles.
Contratación directa del saldo de obra
Como quiera que el contrato primigenio ya había sido resuelto unilateralmente por el titular de la comuna de Anguía, el 30 de septiembre del 2021, el Jefe del Área de Abastecimientos de la comuna procedió a convocar a través de la plataforma del Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE, el procedimiento de selección denominado Contratación Directa N° 01-20221-MDA/ABAST, con el objeto de contratar el saldo de la obra pendiente de su ejecución, procediendo en ese día a invitar a las empresas Mafer Construcciones y Acabados EIRL e Ibérico Ingeniería y Construcción S.A.C., quienes aceptaron su participación en la contratación directa mediante las respectivas cartas cursadas el mismo día, 30 de setiembre de 2021.
Dichas empresas presentaron sus ofertas vía correo electrónico el mismo día (30 de setiembre de 2021), - como consta en el acta del proceso – las cuales fueron sometidas en esa misma fecha al escrutinio para su admisibilidad, la evaluación y calificación correspondiente, realizada por el jefe de Abastecimientos de la comuna, Humber Flores Pérez, etapa en la cual el referido funcionario advierte que la oferta presentada por el Consorcio Vial Anguía, integrado Bernyf S.A.C y la invitada Mafer Construcciones y Acabados EIRL, contenía documentación que debía ser subsanada en un solo día, como es la legalización notarial de las firmas de cada uno de sus representantes en la promesa de consorcio.
Dicha subsanación se dio en la fecha prevista, pero no adecuadamente respecto a la modificación de los porcentajes de cada uno de los consorciados, comparados con el documento materia de la subsanación requerida, razón que derivó para que la oferta del Consorcio Vial Anguía no fuera admitida, quedando tan solo la oferta del Consorcio MDJH como admitida y válida, condición que le permitió ser adjudicado con la buena pro el 5 de octubre de 2021, ofertando el importe de 19 millones 549 mil 670 soles, igual al valor referencial de la contratación.
Nuevo contrato
Luego de la adjudicación de la buena pro de la contratación directa, la Municipalidad de Anguía, a través del alcalde José Medina Guerrero, el 14 de octubre de 2021, procede a suscribir el Contrato N° 02-2021-MDA/A con el representante del Consorcio MDJH Jhordan Arnold Huamán Osis, estableciéndose en la Cláusula Séptima del mismo, respecto a la Carta Fianza, que deberían haber sido presentada para garantizar el Fiel Cumplimiento de la obra, en este caso equivalente al 10 % del monto adjudicado ( 19 millones 549 mil 670.30 soles).
La referida cláusula hace referencia que de conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 063-2021, el contratista presenta la carta de autorización para efectuar la “retención” por el monto equivalente al 10 % del monto contratado, a través de la retención que debe efectuar la Entidad, durante la primera mitad del número de pagos a realizarse de forma prorrateada.
En este contexto, cabe precisar que el D.U. N° 063-2021 fue decretado por el expresidente Francisco Sagasti, publicado en el diario oficial El Peruano el 12 de julio de 2021, cuando estaba a punto de dejar el cargo, con la finalidad de establecer medias extraordinarias complementarias durante el año fiscal 2021, para promover la dinamización de las inversiones en el marco de la reactivación económica y la ejecución del gasto público, así como asegurar la continuidad de los procesos de contratación en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento, entre otras disposiciones.
Esa normativa promulgada le permitió al Consorcio MDJH suscribir el contrato de obra sin la presentación de la Carta Fianza para garantizar el fiel cumplimiento de la ejecución de la obra, acogiéndose para tal fin a la retención del 10 % del monto adjudicado, como así lo prevé la norma prescrita, cuando el anterior contratista sí la presentó para garantizar el contrato primigenio.
La deuda tributaria
Expresión ha tenido acceso a la plataforma informativa de la Superintendencia de Administración Tributaria – SUNAT, encontrando que uno de los integrantes del Consorcio MDJH, en este caso la empresa Ibérico Ingeniería y Construcción SA, con RUC N° 20601000157, mantiene a la fecha una deuda remitida a las centrales de riesgo y sometida a un proceso de cobranza coactiva desde el 2 de julio de 2012, producto de las obligaciones tributarias dejadas de pagar al Tesoro Público por un importe que supera los seis millones de soles.
Dicho monto es el resultante de no haber cumplido con esta obligación desde el mes de junio de 2007, fecha en la cual no canceló 446 mil 900 soles, para luego en julio del mismo año no cumplir con su obligación de cancelar 297 mil 599 soles, continuando con su conducta omisiva sucesiva en el mes de agosto del mismo año, en el cual no cumplió con abonar su obligación con el Tesoro Público de 263 mil 147 soles; en setiembre no cumplió con el pago de 472 mil 255 soles, continuando con esta conducta evasora al no pagar en el mes de setiembre de 172 mil 868 soles; en octubre 172 mil 868 soles; en noviembre 186 mil 636 soles, cerrando su conducta morosa con el no pago al Tesoro Público de 351 mil 593 soles en el mes de diciembre.
Luego no pagó la millonaria suma de tres millones 715 mil soles por concepto de impuesto a la renta determinada al cierre del periodo tributario del año 2017, haciendo un total de morosidad del importe que supera los 6 millones, sin incluir, por cierto, las costas o gastos que demanden su recuperación.
La conducta del consorciado
Como quiera que, los integrantes del Consorcio MDJH decidieron, mediante el contrato de consorcio celebrado para la formalización contractual, llevar su contabilidad independiente bajo la modalidad de Contrato de Colaboración Empresarial, es que bajo esta modalidad obtuvieron el RUC N° 2060857686, mediante el cual – según el contrato de consorcio – emitían las facturas para el cobro de los adelantos que pudieran haber sido otorgados y el pago de las valorizaciones por el avance de la ejecución de la obra.
En razón de ello es que la SUNAT, hasta la fecha, no ha logrado el recupero de la deuda pendiente de pago por parte del integrante Ibérico Ingeniería y Construcción SA, quien se estaría rehusando a cumplir con el pago de las obligaciones contraídas que datan del año 2007, las cuales, bajo esta modalidad evasiva de facturar con un RUC independiente, permiten que el endeudamiento, pese al tiempo transcurrido, siga en la condición de morosidad y sin posibilidad de ser cobradas vía la retención por parte de la entidad edilicia al momento de efectuar los pagos periódicos que ha venido realizando a nombre del Consorcio MDJH.
Los pagos efectuados a los dos consorcios ejecutores
De acuerdo al portal de transparencia económica del Ministerio de Economía y Finanzas, se advierte que el Consorcio Vial Anguía, quien suscribió el primer contrato con la entidad edilicia, por un monto que supera los 23 millones de soles, en el 2018 recibió la cancelación de poco más de cuatro millones de soles, para luego, antes de que se le resolviera el contrato cobrarle al municipio la suma de cuatro millones 971 mil soles, que en suma alcanzan a pagos efectuados por la frustrada ejecución de los trabajos por más de nueve millones de soles.
El Consorcio MDJH, que suscribió el contrato producto de la resolución del contrato con el consorcio anterior y la adjudicación de la contratación directa, en el año 2021 cobró cerca de cuatro millones de soles y en lo que va del año 2022 ha logrado percibir por la ejecución de la obra el importe dos millones 500 mil soles, que hacen un total cobrado ascendiente a seis millones 500 mil soles; es decir, hasta la actualidad, la comuna de Anguía les ha pagado 15 millones 500 mil soles de los 23 millones contratados inicialmente, cuando la obra, al parecer, no tiene el avance físico concordantes con el monto total de los abonos realizados a favor de ambos consorcios.
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