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QUEDARÍA FUERA DE CARRERA: Precedente del Callao pone en jaque candidatura regional de Juan Carrasco

Escribe: Semanario Expresión
Edición N° 1259

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El exfiscal y exministro Juan Manuel Carrasco Millones quedaría fuera de la carrera electoral si el Jurado Nacional de Elecciones – JEE, reitera la decisión asumida en una apelación presentada en el Callao, donde la lista regional de Avanza País buscó superar la no aplicación de la paridad horizontal. Tanto el partido del tren como Juntos por el Perú tienen la misma causal de improcedencia a nivel nacional.

El Jurado Electoral Especial - JEE de Chiclayo, declaró improcedente la candidatura de Juan Manuel Carrasco Millones a la gobernación regional de Lambayeque, por el partido Juntos por el Perú.

De acuerdo a la Resolución N° 00352-2022-JEE-CHYO/JNE, Juntos por el Perú no cumplió con la paridad horizontal exigible según la normativa electoral, pues de un total de ocho listas regionales presentadas a nivel nacional, siete están encabezadas por varones.

"Estando a lo dispuesto por el artículo 32.7 del Reglamento, que a la letra dice: El incumplimiento de la paridad horizontal acarrea la improcedencia de todas las fórmulas presentadas por la organización política. En este caso, cada JEE declara la improcedencia de la fórmula correspondiente en su ámbito de competencia. Si se declara la improcedencia de la fórmula, esta no se inscribe, subsistiendo, de ser el caso, la lista de candidatos a consejeros", señala la resolución.

De acuerdo al artículo 10 del Reglamento, “del total de circunscripciones en las que las organizaciones políticas presenten fórmulas, la mitad debe estar encabezada por una mujer y la otra mitad por un hombre. Si resulta aritméticamente imposible aplicar la paridad horizontal, debido a que el partido político presenta candidaturas en un número impar de circunscripciones regionales, se deberán presentar fórmulas encabezadas por mujeres y por hombres en cantidades tales que se diferencien por una circunscripción. El incumplimiento de este requisito acarrea la improcedencia de todas las fórmulas presentadas por la organización política”.

Incumplimiento de JP

Respecto de paridad horizontal se advierte que Juntos por el Perú ha presentado solicitud de inscripción en el Sistema Integrado Jurisdiccional de Expedientes – SIJE, y también visible en la plataforma electoral del Jurado Nacional de Elecciones, en Amazonas, Áncash, Arequipa, Cusco, Lambayeque, Moquegua, Tumbes y Callao.

De este total de listas, Juntos por el Perú solo presentó una lista encabezada por mujer, en Tumbes, lo que para el órgano electoral resulta el no atacamiento de la normativa.

“Se aprecia que hay siete personas de sexo masculino y una persona de sexo femenino, quienes encabezan las formulas de la organización política Juntos por el Perú en ocho regiones que participan a nivel nacional - sin hacer uso diligente de su facultad de invertir el orden de los candidatos a gobernador y vicegobernador, al momento de solicitar su inscripción, contraviniendo así lo señalado en el artículo 10 del Reglamento”, señala la resolución del jurado.

¿A qué se refiere el jurado con la facultad de invertir el orden? El tercer párrafo del artículo 48° del Reglamento sobre las competencias del Jurado Nacional de Elecciones en las elecciones internas para las elecciones regionales y municipales 2022, aprobado por Resolución N.° 927-2021-JNE, señala que “(…)Una vez conocidos los resultados del cómputo de las elecciones internas, el partido político debe verificar que las fórmulas regionales que ganaron cumplan con tal requisito a escala nacional, para lo cual, de ser imprescindible, puede optar por invertir el orden de los candidatos a gobernador y vicegobernador. Este reordenamiento, tendrá la única finalidad de cumplir con el requisito de la paridad horizontal regional y debe aplicarse, de ser el caso, a aquellas listas que ganaron la elección interna con menos votos”.

Es decir, Juntos por el Perú pudo modificar sus fórmulas regionales para cuatro sean lideradas por varones y cuatro por mujeres, antes de solicitar la inscripción.

Caso Callao

El 1 de julio, el pleno del Jurado Nacional de Elecciones – JNE, declaró nula la apelación presentada por el personero nacional de Avanza País ante la resolución del Jurado Electoral Especial - JEE Callao que declaró improcedente la inscripción de su fórmula regional.

La improcedencia se determinó por no cumplir con la paridad horizontal. La misma causal aplicable a Juntos por el Perú.

El 23 de junio, las listas regiones de Avanza País fueron declaradas improcedentes en 13 jurisdicciones electorales. De este modo, candidatura de Luis Vigil Urdiales a la gobernación regional de Lambayeque fue sacada de carrera, suerte que ha corrido Carrasco Millones, quien ha recurrido al JNE en apelación.

Sin embargo, con el precedente del Callao, es probable que la decisión del máximo órgano electoral será en el sentido de declarar nulo el recurso de revisión.

 

 respuesta de 113884 el 2024-10-06.

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