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INVOLUCRADA EN EL CASO DEL PROYECTO OLMOS: Gobierno pagará 160 mil soles por defensa de exministra de Ollanta Humala

Escribe: Semanario Expresión
Edición N° 1257

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  • Contratación directa por 160 mil soles celebrada por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, favorece a la extitular de esta cartera, Carolina Trivelli Ávila

El 10 de mayo último, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a través de la Jefa de la Oficina General de Administración, Albina Espinoza Ponte, suscribió el Contrato N° 02 -2022-MIDIS/SG/OGA con el Estudio Benítes Vargas & Ugaz Abogados para ejercer la defensa de la exministra Carolina Trivelli Ávila, hoy sometida a un proceso penal en curso, por presuntamente haberse interesado indebidamente y participar en acciones de favorecimiento a la empresa Concesionaria Trasvase Olmos S.A. (perteneciente a la Constructora Odebrecht S.A.), refrendando la transferencia de 98 millones 960 mil 560 soles a favor del Gobierno Regional de Lambayeque, con la finalidad de que se pague a dicha concesionaria en el año 2012 por perjuicio económico alegado por Odebrecht y reconocido a su favor.

De acuerdo a la Cláusula Primera de dicho contrato, el Órgano de las Contrataciones de la Entidad contratante (MIDIS), llevó a cabo la Contratación Directa N° 001-2022-OEC/MIDIS, para la contratación del “Servicio de Defensa y Asesoría Legal para la exministra, cuya adjudicación - en forma directa - favoreció a la empresa Benites Vargas & Ugaz Abogados por el monto ascendiente a 160 mil soles, como así lo establece la Cláusula Tercera del documento contractual, el cual, por cierto, se encuentra publicado en el portal del Sistema Electrónico de las Contrataciones del Estado - SEACE.

La forma del pago y el plazo

Mediante la Cláusula Cuarta del contrato, la Entidad se obliga a pagar la contraprestación a “El Contratista” en soles, en pagos parciales, en este caso dos (2) pagos por el primer y segundo entregable por un monto de 30 mil soles por cada uno de ellos, y 40 mil soles por el tercer entregable, es decir a la culminación del servicio materia del contrato suscrito.

Asimismo, la Cláusula Quinta, referida al plazo de la ejecución de la prestación, establece que el mismo abarca desde el día siguiente de la suscripción del contrato o recepción de la orden de servicio (considerando la etapa en la que se encuentra la investigación preparatoria referida en el numeral 3 de los términos de referencia) hasta la emisión de la sentencia consentida y/o ejecutoriada del proceso o consentido al sobreseimiento; lo que corresponda – refiere dicha cláusula.

Los fundamentos de la contratación directa

La prestación del servicio contratado se sustenta sobre el pedido realizado por la exministra mediante la Carta S/N, del 4 de enero del 2020, ingresada al MIDIS el 14 de enero de 2022, en la cual solicita el acceso al beneficio de defensa legal, al amparo de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil a efecto que se le brinde el servicio de defensa legal en el marco del Caso N° 506015507-2018-1-0 seguido por la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios Equipo Especial – Cuarto Despacho, sustentando su solicitud de acuerdo a la Notificación N° 13397-2021 de la Fiscalía Especializada.

A través de esta  se formaliza la investigación preparatoria contra la Carolina Trivelli Ávila y otros por la comisión del delito contra la administración pública, colusión agravada, negociación incompatible, o aprovechamiento indebido del cargo y organización criminal en agravio del Estado peruano, ordenando recabar la declaración de los investigados.

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