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NO HUBO DIFAMACIÓN: OSCE Y ASESORÍA JURÍDICA CONFIRMARON FALTA DE TRANSPARENCIA EN PROCESO DE LA GERENCIA REGIONAL DE AGRICULTURA

Escribe: Semanario Expresión
Edición N° 1256

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  • No se respetó la normativa de Contrataciones del Estado.

Los integrantes del comité de selección responsable de desarrollar la Licitación Pública N° 02-GR.LAMB-2022, cuyo objeto consiste en la ejecución de la obra “Instalación de servicio de protección en la quebrada Pacherres-Sector Pacherres-Caballo Blanco en el distrito de Pucalá”, valorizada en  siete millones 600 mil soles, han cursado una carta notarial a Expresión demandando que este medio se rectifique de una supuesta difamación, por dar cuenta de la inobservancia que se tuvo de la normativa vigente, afectando la transparencia del proceso y desencadenando la nulidad del mismo.

Al respecto, Expresión rechaza los términos del escrito del 10 de junio, firmado por Francisco Duárez Delgado, quien presidió el comité, así como los otros integrantes, identificados Lucio Vásquez Mejía y Anyelisa Yesquén Barrezueta, quienes atribuyen un ánimo difamatorio en la publicación realizada en la Edición 1255, bajo el título: “En la Gerencia de Agricultura:

OSCE ordena anular proceso por mala actuación del comité de selección”.

No es práctica de nuestro medio de comunicación publicar contenido informativo carente de respaldo documentario, máxime porque siendo defensores de la libertad de expresión, opinión e información, también somos cautelosos del honor de las personas.

Los integrantes del comité de selección cuestionan que el informe precitado contengan el párrafo: “De acuerdo a sendos oficios emitidos por el Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado - OSCE, se han desnudado marcadas deficiencias procedimentales por parte del comité de selección, que ponen al descubierto la falta de transparencia e impiden la libre concurrencia y competencia efectiva de los postores, los cuales han sido vulnerados por los funcionarios de la Gerencia Regional de Agricultura de Lambayeque”.

Sin embargo, dichas aseveraciones de desprenden de los informes remitidos tanto por el Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado – OSCE, así como de la propia jefatura de Asesoría Jurídica de la Gerencia Regional de Agricultura, que sirvieron de insumos para que el despacho gerencial, a cargo de Orestes Escajadillo Llontop, resuelva la nulidad del procedimiento de selección, según se indica en la Resolución Gerencial Regional N° 000127-2022-GR.LAMB/GRA [3955744 - 146].

El proceso

El 28 de abril pasado, la Gerencia Regional de Agricultura de Lambayeque convocó la Licitación Pública N° 02-GR.LAMB-2022.

Desde entonces, diversos han sido los cuestionamientos sobre el procedimiento seguido, los mismos que se detallan en el Oficio Nº D001382-2022-OSCE-SPRI, cursado el 11 de mayo por la Sub Dirección Procesamiento de Riesgos del Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado – OSCE.

La Sub Dirección Procesamiento de Riesgos informa – recoge la resolución suscrita por Escajadillo Llontop – “que se ha advertido algunas deficiencias dentro de los documentos publicados en la ficha electrónica del SEACE de la Licitación Pública Nº2-2022-GR.LAMB/GRA-1- Primera Convocatoria para la ejecución de la Obra: "Instalación de servicio de protección en la quebrada Pacherres-Sector Pacherres-Caballo Blanco-distrito de Pucalá, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque; en relación al Expediente Técnico de la Obra”.

La respuesta de la Gerencia Regional de Agricultura, a las observaciones planteadas por la dependencia del OSCE no fueron suficientes, motivando a que el 18 de mayo, con el Informe de Supervisión de Oficio Nº D000744-2022-OSCE-SPRI, la Sub Dirección Procesamiento de Riesgos alcance indicaciones puntuales a partir de la revisión realizada a las bases y expediente técnico de la obra de la convocatoria.

Es más, en el descargo presentado por el presidente del comité de selección se indicó que el expediente técnico se había publicado en su totalidad, conforme se aprecia en lo señalado en la resolución de nulidad suscrita por el gerente sectorial.

¿Qué se encontró?

En su informe, la Sub Dirección Procesamiento de Riesgos del OSCE indica que se había detectado que se estaría vulnerando la norma de Contrataciones del Estado, debido a que no se publicó de manera completa el expediente técnico digital en el portal del Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE, transgrediendo la misma, por lo que se constituía en causal de nulidad del procedimiento de selección.

Es de mencionar que el presidente del comité de selección, Francisco Duárez Delgado, dio cuenta en esos mismos términos al a la jefatura de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Gerencia Regional de Agricultura, a través del Informe Técnico N°000002-2022-GR.LAMB/GRA-CSLP0222-S:3955744-144. En consecuencia, el servidor tenía conocimiento que una de las razones de la observación era la falta de transparencia.

El informe de la dependencia del OSCE señala “con la finalidad de lograr el mayor grado de eficacia en las contrataciones públicas deben observarse los Principios de Publicidad y Transparencia, dado que estos disponen que las Entidades deben proporcionar información clara y coherente con el fin de que el proceso de contratación sea comprendido por los proveedores, debiendo con ello promover la libre concurrencia y competencia efectiva, facilitando la supervisión y el control de las contrataciones, máxime si dichos principios son de aplicación transversal a toda contratación pública”.

En el punto III de su informe, Sub Dirección Procesamiento de Riesgos del OSCE afirma que “la Entidad no cumplió con registrar en el SEACE la versión digital del expediente técnico completo”, pues documentos como: Programación de ejecución de obra (CPM), Cotización de materiales, Cálculo costo hora – equipo o máquina y Panel fotográfico “fueron publicados (…) fuera del alcance del SEACE y estaría sujeto a modificaciones por parte de la Entidad; lo cual, vulneraría la normativa contrataciones del Estado”.

“Por consiguiente, considerando las deficiencias señaladas, se advertiría que las

actuaciones de la entidad transgredieron los dispositivos legales antes citados; por lo que, corresponderá al titular de la entidad declarar la nulidad del presente procedimiento de selección”, concluye Sub Dirección Procesamiento de Riesgos del OSCE.

También se advirtió deficiencias en las bases de la convocatoria, pese a que el Principio de Transparencia que rige la normativa de contratación pública dispone que las entidades deben proporcionar información clara y coherente con fin de que todas las etapas de contratación sean comprendidas por los proveedores, garantizando la libertad de concurrencia, bajo condiciones de igualdad de trato, objetividad e imparcialidad.

Atendiendo y validando todas las observaciones realizadas, la jefatura de la Oficina de Asesoría Jurídica, con el Informe Legal N° 000046-2022-GR.LAMB/GRA-OFAJ-S:3955744-145, concluyó que era procedente la declaratoria de la nulidad de oficio del proceso de selección, “bajo la causal de haber prescindido de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la norma aplicable, al haber inobservado la aplicación de la normativa de contrataciones en las fases del procedimiento de selección, debiendo retrotraer el procedimiento de selección materia de nulidad a la etapa de convocatoria”.

A la secretaría técnica

La Resolución Gerencial Regional N° 000127-2022-GR.LAMB/GRA [3955744 - 146], suscrita por Escajadillo Llontop no solo dispone la nulidad del procedimiento de selección a cargo del comité integrado por Duárez Delgado, Vásquez Mejía y Yesquén Barrezueta, retrotrayéndolo a la etapa de convocatoria, sino también deriva el contenido de la misma a la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios y al Órgano de Control Institucional de la Gerencia Regional de Agricultura, “con la finalidad de que en cumplimiento de sus funciones evalúe las responsabilidades de los funcionarios y/o servidores que han intervenido en las diferentes fases del procedimiento de selección”.

En consecuencia, Expresiónno tiene nada que rectificar de su informe contenido en la Edición 1255, por cuanto lo publicado se ciñe a documentación oficial e informes que obran en la propia Gerencia Regional de Agricultura.

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