A raíz del incremento del precio del dólar en el mercado cambiario, con récords históricos, como el alcanzado el último 24 de junio cuando se cotizó a S/ 3.98 por un dólar, he observado en las redes sociales frases como: “Cuando asuma Pedro Castillo dispondrá que el dólar baje y problema resuelto”, o “A mí me pagan el sueldo en soles, por tanto, que el dólar suba no me va a afectar”. A través del presente artículo trataré de explicar por qué lo primero sería ilegal y lo segundo es una falacia.
El Sol, la moneda peruana
El 13 de diciembre de 2015, mediante Ley N° 30381, se establece el cambio de nombre de la unidad monetaria en el Perú de Nuevo Sol a Sol, con la finalidad de agilizar las transacciones económicas y adecuarlas a la realidad actual. A diferencia de lo que ocurrió en 1991 cuando se estableció que el recién creado Nuevo Sol era equivalente a un millón de Intis, debido a la excesiva depreciación y pérdida de poder adquisitivo de este último, el cambio de nombre de nuestra unidad monetaria en esta ocasión, es simplemente nominativo; ya que, un Sol equivale a un Nuevo Sol.
La emisión moneda en nuestro país, sea metálica o de papel, es un monopolio a cargo del Banco Central de Reserva del Perú (BCRP), creado en 1931.
Al igual que las unidades monetarias que la precedieron, el Sol es de curso legal (al haber sido creado por Ley) y de aceptación forzosa, lo cual implica que todos los peruanos estamos obligados a aceptarlo como medio de pago o de cambio y como unidad de cuenta, es decir, para asignarle un precio a todos los bienes y servicios transados dentro de nuestro territorio. La teoría económica nos dice que para que una moneda se considere “buena” debe ser aceptada por la población, al respecto el economista norteamericano Lawrence Parks señala: “Si el dinero es bueno y la gente lo acepta voluntariamente, ¿Qué necesidad hay de leyes de curso (aceptación) forzoso?, si el dinero no es bueno, ¿Cómo se puede en una democracia obligar al pueblo a utilizarlo?”, aseveración polémica que prometo será de análisis en una próxima oportunidad.
Dólar: ¿Moneda o bien?
El dólar americano es la moneda de curso legal en Estados Unidos de Norteamérica emitida por la Reserva Federal, y que países como Ecuador, El Salvador o Panamá, debido a la debilitación de su propia moneda, han elegido como moneda oficial y medio legal de pago. En el Perú el dólar es un bien, y como tal, su precio o cotización en el mercado cambiario, está sujeto a la Ley de Oferta y Demanda, ya que la Constitución Política del Perú establece en su artículo 58° que somos una Economía Social de Mercado, por tanto, los precios de los bienes y servicios se determinan libremente en los mercados y no son establecidos por el Estado.
Esto define que el régimen cambiario en nuestro país sea de Tipo de Cambio Flexible: si escasea la cotización del dólar aumenta (la moneda nacional se deprecia o debilita), si abunda la cotización del dólar disminuye (la moneda nacional se aprecia o fortalece).
En este punto tenemos la respuesta a la primera frase bajo análisis: si el nuevo gobernante dispone “fijar” el tipo de cambio bajando la cotización del dólar, estaría yendo contra lo establecido en nuestra Carta Magna, por lo que dicha acción devendría en ilegal por infracción a la Constitución.
Intervención del BCRP en el mercado cambiario
Como lo hemos señalado, el precio del dólar en nuestro país se determina libremente en el mercado cambiario y es por ello que nuestro régimen es del tipo de cambio flexible. Sin embargo, debemos señalar que el BCRP interviene en este mercado haciendo uso de la Reservas Internacionales Netas (RIN) que administra.
Desde que el circulante (monedas metálicas y billetes de papel) en nuestro país pasó a ser dinero fiduciario, o sea, carente de valor en sí, ya que, a diferencia del siglo XIX en que las monedas eran de oro y plata, a partir del siglo XX estas pasaron a ser acuñadas de metal no fino como bronce, cobre níquel y zinc, las RIN administradas por el BCRP pasaron a respaldar la emisión primaria (de dinero fiduciario) en nuestro país.
Otra de las funciones de las Reservas Internacionales Netas, entre las más importantes cuando hablamos de estabilidad económica, es que sirven para “moderar” las variaciones del tipo de cambio, evitando la volatilidad (fluctuaciones traumáticas en la cotización del dólar), interviniendo en el mercado cambiario comprando o vendiendo los dólares acumulados en sus reservas y evitar fluctuaciones amplias, por eso decimos que nuestro régimen cambiario es de Tipo de Cambio Flexible Administrado: si escasean los dólares y su cotización aumenta, el BCRP sacará a la venta los dólares que guarda en reserva, si abundan los dólares y su cotización disminuye, el BCRP comprará dólares incrementando las RIN.
Relación entre el dólar y las RIN
Lo señalado anteriormente define que la relación entre el dólar y las Reservas Internacionales Netas sea inversa: si aumenta el precio del dólar las RIN disminuyen (porque el BCRP vende dólares), si disminuye el precio del dólar las RIN aumentan (porque el BCRP compra dólares).
En el gráfico adjunto podemos observar claramente la relación inversa existente entre el dólar y las RIN. Por ejemplo, en febrero de 2020 el dólar se cotizaba en S/ 3.45 y las RIN ascendían a 67,600 millones de dólares, al bajar la cotización del dólar en el mes de abril a S/ 3.37, el BCRP tuvo que salir a comprar dólares para que su precio no siga cayendo, incrementando las RIN a 73,600 millones de dólares. Similar situación se puede apreciar a lo largo de todo el año 2020.
En el 2021, en el mes de febrero el dólar se cotizaba en S/ 3.65 y las RIN ascendían a 76 mil millones de dólares; sin embargo, al aumentar la cotización del dólar a S/ 3.74 el BCRP lejos de salir a vender dada la tendencia alcista, compró dólares, incrementando las RIN a 81,300 millones de dólares, creo yo, interpretando que la subida en la cotización era netamente especulativa, debido al Proceso Electoral a realizarse el 11 de abril, y que luego de realizarse este, el tipo de cambio se apreciaría de manera “natural”.
Lo que siguió a continuación ya todos lo sabemos, quedó en primer lugar el candidato de Perú Libre, Pedro Castillo, de clara posición de izquierda radical con propuestas como la convocatoria a una Asamblea Constitucional que cambie en su totalidad la actual Carta Magna, principalmente el Capítulo Económico, la prohibición de importaciones de determinados productos, renegociación de contratos y nacionalización de ser el caso de empresas dedicadas a la explotación de recursos naturales, etc., esto generó una enorme desconfianza en los agentes económicos, quienes empezaron a demandar más dólares y sacarlos de nuestro territorio, por un monto que se estima hasta el momento de 15 mil millones de dólares, razón por la cual, a pesar que el BCRP ha vendido aproximadamente 9 mil millones de dólares, el dólar continuó en su tendencia alcista hasta ubicarse en un máximo histórico de S/ 3.98 por cada dólar.
La mayor demanda por dólares obedece a que es un activo de amplia aceptación en los mercados internacionales, llámese Divisa, mientras que el Sol no tiene esa condición. Además, es menester recordar, que una manera de protección contra perturbaciones monetarias, como, por ejemplo, la Inflación, es comprando dólares, dada su invariabilidad de poder de compra en el tiempo.
También es necesario señalar, que cuando el BCRP vende dólares de sus reservas, retira soles de la economía, generando a la larga escasez de moneda nacional, lo que podría acarrear, de persistir la tendencia alcista, en incremento de las tasas de interés (que son el precio del dinero) ante dicha escasez.
Impacto en los precios
En el año 2019, pre pandemia del Covid-19, las importaciones en nuestro país ascendieron a 42,300 millones de dólares que representaron el 18.32% respecto del Producto Bruto Interno (PBI) del mismo año, entonces, dado que muchos de los bienes y servicios que consumimos, ya sea de manera industrial o de manera familiar, provienen del extranjero, la depreciación de nuestra moneda (incremento del tipo de cambio), nos afecta porque los bienes y servicios de nuestra economía tienden a subir de precio.
Para que lo visualicemos claramente, si consideramos que la producción de gasolina en nuestro país es insuficiente para cubrir la demanda interna, razón por la cual el precio interno se maneja a la par del precio internacional, supongamos que el precio de la gasolina de 95 octanos es de 4 dólares el galón, si el precio del dólar fuera de S/ 3.50 por dólar, el precio del galón de gasolina en moneda nacional sería de S/ 14.00; sin embargo, si el Sol sufre una depreciación y el tipo de cambio sube a S/ 4.00 por dólar, el precio de la gasolina en moneda nacional sería de S/ 16.00; o sea, el precio se incrementaría en S/ 2.00 por efecto únicamente de la depreciación de nuestra moneda.
En este punto tenemos la respuesta a la segunda frase bajo análisis: si la moneda nacional se deprecia respecto del dólar, los precios de los bienes y servicios de nuestra economía se incrementarían, disminuyendo nuestra capacidad adquisitiva.
Finalmente, debo añadir que a la fecha que escribo el presente artículo, 28 de junio de 2021, el Sol ha sufrido una ligera apreciación, situándose en S/ 3.90, esperando que en el devenir de los días el tipo de cambio continúe a la baja, por la salud de nuestra economía y de los bolsillos de los más pobres, que son los más afectados cuando los precios de bienes y servicios se incrementan.
(*) Economista.
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