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COMUNIDAD CAMPESINA MUCHIK SANTA CATALINA DE CHONGOYAPE: COMUNEROS IRÁN JUICIO ORAL POR EL PRESUNTO DELITO DE ALTERACIÓN DEL AMBIENTE O PAISAJE

Escribe: Semanario Expresión
Edición N° 1198

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  • El pedido de sobreseimiento de la causa por parte de los acusados no procedió.
  • La Procuraduría del Ministerio del Ambiente solicitó el incremento del pago por reparación civil de cinco mil a cien mil soles.
  • El Ministerio Público solicitó cuatros años de pena privativa contra Juan de Dios Carrasco Fernández, Hemeregildo Torres Perales, Porfirio Torres Perales, Genaro Vera Roalcaba, Miguel Ángel Becerra Fernández, Segundo Fabián Culqui Mendoza, Dociteo Tafur Díaz y Américo Laboriano Ramos.

El juez Jorge Pérez Toro, del Noveno Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos Aduaneros, Tributarios, de Mercado y Ambiental de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, amparó la denuncia de la Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental de Lambayeque, a cargo del fiscal Félix Tejada Ramos, quien presentó el requerimiento acusatorio en la Carpeta Fiscal Nº. 2406070802-2017-168-0, del Expediente: 5776-2019, en el que solicita cárcel para exdirectivos y comuneros de la Comunidad Santa Catalina de Chongoyape, por el presunto delito contra los recursos naturales en la modalidad de alteración del ambiente o paisaje en Chaparrí.

Según la acusación fiscal, de conformidad con lo establecido en el artículo 349 y siguientes del Código Procesal Penal vigente, el fiscal Tejada Ramos procedió a emitir la acusación contra  Hemeregildo Torres Perales, Porfirio Torres Perales, Genaro Vera Roalcaba, Miguel Ángel Becerra Fernández, Segundo Fabián Culqui Mendoza, Juan de Dios Carrasco Fernández, Dociteo Tafur Díaz y Américo Laboriano Ramos por la comisión del delito contra los recursos naturales, en la figura de alteración al ambiente o paisaje, establecido en el artículo 313 del Código Penal, en agravio del Estado.

GRADO DE PARTICIPACIÓN DE LOS ACUSADOS

La Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental de Lambayeque considera que para los acusados se debe aplicar el verbo rector “alteración”, ya que los acusados tienen la calidad de autores del delito contra los recursos naturales en la modalidad alteración del ambiente o paisaje, establecido en el artículo 313, al haber desplegado la conducta ilícita consistente en que “el que, contraviniendo las disposiciones de la autoridad competente, altera el ambiente natural o el paisaje urbano o rural, o modifica la flora o fauna, mediante la construcción de obras o tala de árboles, mediante la construcción de obras o tala de árboles”.

En el requerimiento acusatorio, la fiscalía establece que no existen circunstancias modificatorias que hagan variar la responsabilidad penal de los acusados Hemeregildo Torres Perales, Porfirio Torres Perales, Genaro Vera Roalcaba, Miguel Angel Becerra Fernandez,  Segundo Fabian Culqui Mendoza, Juan De Dios Carrasco Fernández, Dociteo Tafur Díaz Y Américo Laboriano Ramos, por lo que fundamenta jurídicamente la cuantía y pena que solicita, de acuerdo al artículo 313 del Código Penal, referido a los delitos contra los bosques o formaciones boscosas, según el cual los responsables serían reprimidos “con pena privativa de libertad no mayor de cuatro años y con sesenta a noventa días-multa”.

De acuerdo al requerimiento acusatorio al que accedió Expresión, los acusados  Hemeregildo Torres Perales, Porfirio Torres Perales, Genaro Vera Roalcaba, Miguel Ángel Becerra Fernández, Segundo Fabián Culqui Mendoza, Juan De Dios Carrasco Fernández, Dociteo Tafur Díaz y Américo Laboriano Ramos, contra quienes el Ministerio Público ha solicitado la pena de cuatro años de cárcel por presuntamente haber modificado el paisaje natural del área de conservación privada de Chaparrí, deberán pagar una reparación de cinco mil soles cada uno.

A Torres Perales, exdirectivo de la citada comunidad campesina, se le cuestiona haber dispuesto la lotización del área ubicada en el tercer sector de El Mirador, construyendo además un canal de cemento de agua y ramales, alterando el ambiente natural de dicho sector, todo ello según la denuncia presentada por Lázaro Rodas, directivo de la citada comunidad.

En la denuncia contra el exdirigente se adjuntan recibos con los que se acredita la venta de áreas lotizadas dentro del Sector El Mirador. Del mismo modo, según el acta de constatación fiscal de fecha 15 de setiembre del 2017, se advierte la existencia de un canal de agua revestido con cemento, con lo que se corroboraría que el acusado causó daño ecológico, al “modificar” el paisaje del referido lugar.

A Porfirio Torres Perales expresidente de la comunidad, se le cuestiona haber dispuesto la lotización del tercer sector de El Mirador, construyendo además un anal de cemento de agua y ramales, alterando el ambiente natural, hecho constatado el día 15 de setiembre del 2017 por el Ministerio Público.

A Genaro Vera Roalcaba, la fiscalía lo acusa por haber dispuesto la lotización del área ubicada en el tercer sector El Mirador, ubicado dentro del Área de Conservación Privada (ACP) - Chaparrí, así como la construcción de un canal de cemento de agua y ramales, alterando el ambiente natural de dicho sector. Asimismo, se le imputa haber realizado en calidad de directivo de la Asociación de Productores Agropecuarios La Montería - ASPAM, trabajos para la construcción de una trocha con corte del cerro, en el sector La Montería, de un ancho de cinco metros aproximadamente.

También se constató la construcción de un cerco en un terreno, donde existe una poza con geomembrana, con agua. Asimismo, la construcción de un potrero, donde se verificó la existencia de 311 cabezas de ganado en dicho terreno, que según el testigo Juan Antonio Campos Vera, era un área natural con especies de flora de la zona, que fueron taladas para convertir el lugar en potrero.

Asimismo, a Miguel Becerra Fernández se le cuestiona haber realizado la alteración del ambiente dentro de la ACP Chaparrí – sector La Cascada, donde se construyó una central minihidroeléctrica, además de las edificaciones de ladrillo con cemento, que sirven de oficinas, almacén, baños y duchas. También se le sindica haber realizado construcciones de madera, que sirven como dormitorios. De la misma forma se verificó la remoción de tierra para la construcción de habitaciones de ladrillo, verificándose además la existencia de árboles de faique caídos y el rebrote de 10 árboles de Faique en una pequeña área quemada de cinco por cinco metros cuadrados.

Contra Segundo Culqui Mendoza, exdirectivo de la comunidad, la fiscalía postula que autorizó a la Asociación de Productores Agropecuarios La Montería realizar trabajos de trochas sin consentimiento de la comunidad, en el Sector denominado La Montería, ubicado en la ACP-Chaparrí, para lo cual se alteró el ambiente natural, expresando en su actuar la naturaleza dolosa del hecho.

En tanto, a Juan Carrasco Fernández, se le acusa por haber alterado el ambiente, puesto que en el terreno que posee como comunero, ubicado en el Cerro Racarrumi, se ha verificado la construcción de dos ambientes de abobe sin techo terminado, solo con guayaquiles, los cuales iban a servir de búngalos. Asimismo, se observó la construcción de una cancha de fútbol y con ello la pérdida de especies forestales en regeneración.

Por su parte, a Dociteo Tafur Díaz se le acusa de haber realizado la lotización del área ubicada en el sector El Mirador, dentro de la ACP - Chaparrí, cuando ocupó el cargo de presidente de la Comunidad Muchik Santa Catalina de Chongoyape.  Finalmente, contra Américo Laboriano Ramos, se postula el haber realizado la lotización del área ubicada en el sector El Mirador, generando la alteración del ambiente por la pérdida de especies forestales en regeneración.

DESCRIPCIÓN FISCAL

Según la denuncia escrita, del 1 de agosto del 2017, en un aproximado de 15 hectáreas, ubicadas en el caserío Piedra Parada, que pertenece al área de conservación privada de la comunidad, Julio Cubas Delgado, ha afectado la biodiversidad de flora y fauna, lotizando y vendiendo el terreno por lotes para viviendas. Teniendo como testigo a Leoncio Delgado Castro, con domicilio en el caserío Zapotal del distrito de Chongoyape.

Asimismo, en un aproximado de dos mil 500 hectáreas, ubicadas en el primer sector La Montería, la Asociación de productores Agropecuarios La Montería ha realizado tala y caza indiscriminada, con el objeto de sembrar y traspasar el terreno en lotes, obteniendo un beneficio económico, sin autorización legal de los directivos y la Asamblea de Comuneros.

De igual forma, en un aproximado de mil 500 hectáreas, ubicadas en el sector Chaparrí, se viene desarrollando el Proyecto Pavas, sin contar con la aprobación de la Asamblea de Comuneros y sin poner en conocimiento de los directivos electos, haciendo tala y caza indiscriminada para obtener un beneficio económico. El responsable de esto, según la denuncia escrita, es el denunciado Hemeregildo Torres Perales y la empresa Asociación para la Conservación de la Naturaleza y en Turismo Sostenible, quien realizan este proyecto sin contar con la autorización de los comuneros.

Además, en la denuncia se describe que en el tercer sector La Cascada, que pertenece al área de conservación privada, el ciudadano Ángel Becerra se apropió de tierras de la comunidad, para darles un uso diferente.

De igual forma, se consigna que en el sector El Reservorio, en un promedio de 600 hectáreas, Segundo Fiaban Culqui Mendoza, Genaro Vera Roalcaba y el PEOT, representado por el gerente Francisco Gayoso Cevallos, realizan la tala indiscriminada para elaborar un proyecto denominado ‘Reservorio’, sin contar con la autorización de la Asamblea de Comuneros, sino tan solo la firma del señor Segundo Culqui quien era el presidente en ese entonces.

En tanto, en un promedio de mil hectáreas del tercer sector Chaparrí, Segundo Fabián Culqui Mendoza cedió arbitrariamente un área a la Asociación de Apicultores, para un uso diferente, sin contar con el acuerdo de la Asamblea de Comuneros.

Asimismo, se consigna que, en un aproximado de 50 hectáreas, ubicadas en el sector cerro Racarrumi, Juan Carrasco se apropió de un área, haciendo tala indiscriminada para darle un uso distinto y obtener un beneficio económico.

En cuanto a Porfirio Torres Perales, la denuncia registra que en el tercer sector El Mirador se construyeron canales con cemento de agua y minerales, por acuerdo arbitrario de Porfirio Torres Perales, sin autorización de la asamblea de comuneros, y coludido con  Genaro Vera Roalcaba y Hemeregildo Torres, para obtener un beneficio económico, haciendo un uso indistinto de dicha área.

Similar situación es la de Edivar Carrasco, Américo Laboriano Ramos y Dociteo Tafur Diaz, quienes según la denuncia se apropiaron de un área en el sector El Mirador para transferir por lotes a cambio de obtener un beneficio económico, para lo cual realizaron depredación y tala de árboles, sin autorización de la asamblea de comuneros y la directiva.

En el sector Carniche Alto, sobre el canal, en un área de conservación privada, la Municipalidad Distrital de Llama también ha lotizado y cedido en lotes parte de los terrenos a sus pobladores, sin contar con autorización alguna por parte de los comuneros, dándole un uso diferente a dicha área. Aquí se encuentran coludidos Jesús Milian Flores, Felipe Bonilla Ramos y Lorenzo Caján.

MEDIOS PROBATORIOS

La Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental de Lambayeque ha ofrecido como medio probatorio para el juicio oral los testimonio de 37 testigos, quienes son representantes del Servicio Forestal y de Fauna Silvestre - Serfor, el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - Osinfor Chiclayo, directivos de la Comunidad Campesina Santa Catalina de Chongoyape, personal policial, funcionarios de la Gerencia Regional de Agricultura, representantes del PEOT, peritos del Equipo Forense Especializado en Materia Ambiental - EFOMA Lima, del Gobierno Regional de Lambayeque y otros.

Todos ellos, según la fiscalía, dan cuenta de manera detalla de lo encontrado en la fecha de inspección fiscal, donde se levantaron actas de constatación, las cuales han sido ofrecidas como pruebas junto a fotografías en las se evidencia la transformación del área natural.

PROTESTAS

Como se conoció hace algunos días, el acusado Juan De Dios Carrasco Fernández junto a los otros acusados realizaron protestas por esta acusación, refiriendo que se les pretende criminalizar por su defensa a la Reserva de Chaparrí y tocaron las puertas de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a fin de impedir que la acusación fiscal prospere, en virtud de la cual el juzgado resolvió que los acusados pasen a juicio oral.

Además, el juez Pérez Toro atendió el pedido fiscal de aplicar la pena máxima de cuatro años de prisión para los acusados por la comisión del supuesto delito de alteración del ambiente o paisaje, regulado en el artículo 313 Código Penal. De igual forma, atendió el pedido de la Procuraduría del Ministerio del Ambiente, que incluyó un sustancial aumento de la reparación o multa, que pasó de cinco mil a 100 mil soles.

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