Por lo sucedido este año, gobiernos en su calidad de empleadores, trabajadores y empresarios recordarán que la informalidad es un gran perjuicio ante grandes problemas como el Covid – 19. Inclusive especialistas en materia económica señalan que las pérdidas de empleos serán mayores a las ocurridas tras la Segunda Guerra Mundial. ¿Qué nos trae de consecuencia laboral la pandemia en nuestro país? Miles de trabajadores formales hasta el momento se encuentran con suspensión perfecta de labores, despidos por no renovación de contratos, ceses colectivos, quiebra y cierre de empresas.
Como consecuencias de la pandemia se han expedido más de dos centenares de normas relacionados a temas laborales con relación al estado de emergencia. Entre las principales normas laborales está la del trabajo remoto, norma novedosa en nuestro país y que estará vigente posiblemente hasta que acabe el estado de emergencia sanitaria; la del teletrabajo, a pesar que es una norma de hace nueve años, pues consideramos no ha resaltado tanto como el trabajo remoto, que es de imposición diferente al teletrabajo, que es un consenso entre trabajador y empleador.
Dispositivos legales
No olvidemos que la imposición del trabajo remoto otorgado a los empleadores, así como la licencia con goce de haber, que fue en una primera etapa de la pandemia, por decir marzo y quincena de abril, por cuanto el 14 de abril se aprobó el Decreto de Urgencia 038-2020, que reguló la suspensión perfecta de labores, pero con particularidades nuevas a las ya establecidas en el TUO 728. Por ejemplo, a fin de llegar a la suspensión perfecta el empleador previamente debe otorgar vacaciones vencidas, adelanto de vacaciones, reducción de la jornada de trabajo, reducción de remuneración y otros antes de la suspensión.
Una de las críticas a esta norma es que miles de trabajadores suspendidos aun no reciben el bono que otorga el Estado, quedándose muchos a la fecha sin ningún ingreso o apoyo del gobierno.
En los meses siguientes fueron normas para ajustes de las normas ya expedidas; sin embargo consideramos que en el mes de octubre se expidió la Ley No. 31047 Ley de los trabajadores del hogar; a través del cual se equipara una serie de beneficios a los del régimen laboral de la actividad privada. El 22 de octubre se publicó el Decreto Supremo Nº 010 – 2020 IN, que dispuso de medidas especiales, excepcionales y temporales de regulación migratoria de extranjeros.
El 1 de noviembre se publicó el Decreto de Urgencia127-2020, el cual tiene por objeto promover la recuperación del empleo formal, a fin de incentivar la contratación laboral y la preservación de puestos de trabajo a través del otorgamiento de un subsidio a empleadores del sector privado; además de establecer medidas para garantizar la observancia de la jornada de trabajo y el goce del derecho al descanso. Sin embargo, esta norma aún no ha cumplido con su finalidad a consecuencia de los conflictos políticos y no se ejecuta a fin de combatir el desempleo o la crisis en las relaciones laborales. Asimismo, el 25 de noviembre, se expidió el Decreto Supremo Nº 354 – 2020 EF, que aprueba el Reglamento Unificado de las Normas Legales que regulan el Sistema Nacional de Pensiones, permitiendo entre algunos aspectos que con 17 años de aportes los trabajadores pueden obtener una pensión de jubilación, así como flexibilizar el otorgamiento de pensiones de invalidez con la entrega de un certificado de trabajo.
El mes de diciembre, se puede señalar que se han aprobado normas de mucha relevancia social laboral con consecuencias económicas, que posiblemente en los próximos meses serán tema de análisis y de satisfacciones de muchos trabajadores y de reflexión de empleadores. Así nos referimos a la Ley 31087, Ley que deroga la Ley 27360 - Ley que aprueba las Normas de Promoción del Sector Agrario y el Decreto de Urgencia 043-2019 que modificó a la Ley 27360 para promover y mejorar las condiciones para el desarrollo de la actividad agraria.
También es importante mencionar que el Congreso aprobó derogar los DU 014 y 016 – 2020, normas expedidas a inicio de año que regulaban aspectos laborales como la negociación colectiva en el sector público y las formas de acceso al ingreso del sector público, entre otros aspectos laborales, además que eran normas a todas luces inconstitucionales.
Y, por último, el viernes 11 de diciembre el Congreso aprobó la ley que establece disposiciones para erradicar la discriminación en los regímenes laborales del sector público, entre ellas la eliminación progresiva del régimen CAS.
Retos al 2021
Es importantes que tanto el gobierno, como los trabajadores y los empresarios, busquen soluciones a esta gran crisis desde su posición. Por ejemplo, así lo demuestra la última reunión de empresarios de la Alianza del Pacífico, que ha planteado la creación de regímenes especiales para la creación de más empleos como consecuencia de esta crisis.
La propuesta gira en torno a cuatro ejes: recuperación del empleo; recuperación de la inversión; recuperación resiliente y sustentable; y fortalecimiento del marco institucional y el rol de la colaboración público-privada para la solución de problemas públicos y sociales.
Este año nos coloca en un desafío bien alto al 2021, por cuanto si antes era difícil que los empleadores piensen en formalizar sus relaciones laborales, con la actual crisis y para algunos la falta de normas en ese sentido, será aún más difícil hacerlas; salvo que los políticos piensen que lo importante es crear las bases necesarias para la formalización de las relaciones laborales.
(*) Abogado laboralista y docente universitario.
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