La sentencia emitida por el Tribunal Constitucional sobre la demanda competencial que presentara el Poder Ejecutivo respecto al primer pedido de vacancia contra el expresidente Martín Vizcarra sigue dando que hablar. El declarar improcedente la demanda por considerar que existe sustracción de la materia ha generado la crítica de un gran sector de la población que esperaba un pronunciamiento del máximo intérprete de la Constitución sobre el tema de fondo. Sin embargo, el docente y abogado Luis Fernando Falla Sayaverdi ha hecho hincapié en algo que pocos han reparado: los criterios que ha fijado el voto en singular de Marianella Ledesma Narváez sobre cómo debe desarrollarse el proceso de vacancia por incapacidad moral permanente.
Falla Ssayaverdi señaló que Ledesma Narváez recomendó declarar fundada en parte la demanda competencial, pues a su juicio sí existe identidad en la materia entre el primer pedido de vacancia, motivado por el caso Richard Cisneros, y el segundo en torno a la gestión de Martín Vizcarra como gobernador de Moquegua, toda vez que ambos persiguen presuntos hechos de corrupción.
“Nos hemos centrado en la decisión final y no en el tema de fondo en el contenido de la resolución. La sentencia del Tribunal Constitucional fija criterios a futuro con sus votos en minoría. La doctora Ledesma, muy hábilmente, ha lanzado una suerte de salvavidas. Ella, al igual que Carlos Ramos Núñez, ha dicho que – si bien son votos en minoría – eso no significa que el tema de identidad no se dé. Marianella Ledesma, sobre todo, recomienda y establece criterios que deben tomarse en cuenta para saber qué contiene la expresión de vacancia por incapacidad moral permanente”, apuntó.
Los votos en mayoría fueron de Ernesto Blume Fortini, Augusto Ferrero Costa, Manuel Miranda Canales y José Luis Sardón de Taboada. En tanto, los votos singulares fueron de Carlos Ramos Núñez, Marianella Ledesma Narváez y Eloy Espinosa-Saldaña.
Criterios
El letrado explicó que uno de los criterios fijados por Ledesma Narváez en la sentencia es que debe existir congruencia entre lo que se resuelve y lo que se pide en el Congreso. Para Falla Sayaverdi, eso no existió, pues todo se trató de una “vendetta política”.
Asimismo, apuntó que otro criterio fijado por la magistrada es que los documentos o medios probatorios que acrediten la supuesta incapacidad moral deben ser examinados por una comisión especial de investigación. Es decir, que la moción de vacancia pase por una primera instancia antes del pleno, tal como ocurre con los legisladores, cuyos casos se ven antes en la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales.
Además, la presidente del Tribunal Constitucional recomienda que se otorgue el tiempo y los medios necesarios para la defensa del presidente, lo cual – para Falla Sayaverdi – no se cumplió en la vacancia, toda vez que esta se hizo de forma “exprés”, sin reparar en la presunción de inocencia.
“El cuarto criterio que fija Marianella Ledesma es que no debería proceder la vacancia por incapacidad moral en el último año del ejercicio de la presidencia. A esto le agregaría que tampoco debería proceder en situaciones como la que vivimos de emergencia sanitaria. El quinto punto es que se requiera de una segunda votación en el pleno para consolidar la vacancia”, apuntó.
Explicación
Para Falla Sayaverdi, los magistrados del Tribunal Constitucional, que votaron en mayoría, no habrían querido comprometer su desarrollo profesional, toda vez que el período de seis de ellos ya venció. En virtud de ello, se habrían decantado por no opinar sobre el tema de fondo y argumentar la sustracción de la materia.
“Cuatro miembros del Tribunal Constitucional se han enmarcado dentro de un concepto totalmente positivista. Han sostenido que, habiéndose solucionado el problema por el cual se interpuso la primera demanda de acción competencial, ya no habría razón para pronunciarse. Tampoco lo habría sobre el segundo pedido, porque los elementos que dieron origen al primero eran totalmente distintos”, mencionó.
Paz social
Por otro lado, si bien el docente consideró que el Tribunal Constitucional ha perdido una gran oportunidad de resolver el tema de fondo, indicó que no le falta razón a Ernesto Blume cuando dice que la propuesta de Marianella Ledesma no contribuiría a la pacificación del país, pues si se declaraba fundada la acción competencial se hubiese generado una convulsión social. Anotó que en el derecho existe la figura del ‘consecuencialismo’, que hace referencia a que cuando un magistrado resuelve un problema entre dos partes debe evaluar la repercusión que esto tiene en la sociedad.
“No estoy a favor de la sentencia, pero hay que ser responsables. (Declararla fundada) hubiera azuzado a la gente y habría motivado que vuelva a las calles, proteste, y en poco tiempo tendríamos un problema inimaginable sobre la pandemia. El voto minoritario en la resolución expedida por el Tribunal Constitucional ya fijó criterios con los cuales el mismo presidente Francisco Sagasti podría proponer una reforma constitucional a efectos de que la vacancia sea evaluada a futuro con los criterios que ha fijado Ledesma, que a mi parecer son razonables”, comentó.
Inconstitucionalidad
Resaltó que para él la vacancia contra el expresidente Martín Vizcarra fue inconstitucional, pero ha sido avalada con la decisión emitida por el tribunal. Con ello, se abre la posibilidad de que incluso este parlamento pueda vacar al presidente Francisco Sagasti si en algún momento resulta incómodo para sus intereses.
“Esta es una espada de Damocles. Si yo hubiese sido miembro del Tribunal Constitucional, habría declarado infundada la demanda competencial para no generar más caos, pero me hubiese pronunciado sobre los criterios que deberían primar en el futuro para que quede como un precedente”, indicó.
Añadió que el Tribunal Constitucional pudo anexar en la resolución la precisión de que esta era de carácter vinculante, concepto jurídico que obliga a otras instituciones decisoras, entre ellas el Congreso, a aplicar la interpretación dada por este órgano.
“Parte de la culpa la tiene el mismo Martín Vizcarra al no cuestionar la decisión tomada por el Congreso. Él dijo que no interpondría ninguna acción judicial, aunque creo que con el paso del tiempo su postura fue la más salomónica porque hubiera sido rociar más gasolina al ambiente. No obstante, ello no quita que se ha generado un mal precedente. Los congresistas representan al pueblo, no puede dejarse llevar por apetitos personales o servir a grupos de poder”, manifestó.
Constitución
De otro lado, hizo hincapié en que la discusión sobre la conveniencia o no del cambio de Constitución debe desarrollarse en espacios académicos, a fin de determinar si el país necesita un cambio total de la carta magna o solo reformas puntuales.
“No es bueno decir quiero cambiar la Constitución porque sí, hay que ver en qué ha fallado, qué reformas se pueden hacer y si ahora resulta conveniente una nueva. Tenemos que ver si el sistema neoliberal es pertinente o no. Hoy nos regimos por una economía social de mercado, donde la oferta y la demanda mueven la economía. ¿Eso es malo? Habrá que discutirlo. No hay que actuar con el hígado, sino con el cerebro”, expresó.
Finalmente, opinó que el presidente que asuma funciones desde julio del próximo año deberá trabajar en cuatro ejes fundamentales: educación, salud, trabajo y familia. “Podemos tener la mejor Constitución, pero si no tenemos hombres probos e interesados en ponerla en práctica a favor de la población, de qué nos vale”, preguntó.
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