Sentencia se emitirá el 1 de septiembre.
La Tercera Sala Penal de Apelaciones de Lambayeque dejó al voto la apelación de la sentencia de pena suspendida contra el ex gobernador regional Humberto Acuña Peralta y su cuñado, Elver Díaz Bravo, quien se desempeñó como procurador anticorrupción. El 1 de septiembre los magistrados emitirán su pronunciamiento, con el cual puede declarar nula o confirmar la decisión de primera instancia.
Durante dos horas, el colegiado escuchó los alegatos de la defensa de los procesados y del Ministerio Público.
Acuña Peralta y Díaz Bravo fueron sentenciados en diciembre del año pasado por el Décimo Juzgado Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios a tres y cuatro años de pena privativa de la libertad, suspendida en su ejecución, respectivamente, por el delito de cohecho activo genérico.
El caso se inició luego que el Ministerio Público los acusara de haber sobornado al exintegrante de la Policía Anticorrupción Joel Ugaz Cubas (fallecido el 27 de noviembre del año pasado), para que ayudara a Acuña Peralta en una investigación que se le seguía por asociación ilícita y otros, iniciada en mayo del 2014, la misma que fue derivada a la Policía Anticorrupción, designándose como instructor al exagente.
DECISIÓN DE PRIMERA INSTANCIA
La fiscalía llegó a dicha conclusión al recabar el contenido de audios obtenidos a través de escuchas telefónicas autorizadas por el Poder Judicial en septiembre del 2014 contra Ugaz Cubas, investigado en ese momento como integrante de la presunta organización “Los limpios de la corrupción”.
Para la primera instancia judicial quedó acreditado que Acuña Peralta autorizó a su cuñado para que coordine con Ugaz Cubas para que este redacte una falsa declaración a cambio de dinero.
El fiscal superior Luis Piscoya adjunto de la Fiscalía Superior Penal Liquidadora de Lambayeque, expuso que entre el 26, 27 y 29 de septiembre del 2014 se interceptó las llamadas entre Ugaz Cubas y Díaz Bravo, advirtiéndose que este último le ofreció 750 soles a cambio de que elabore la falsa declaración.
“El dinero iba a ser financiado por Humberto Acuña Peralta con la finalidad de que el servidor público (Ugaz Cubas) no solo elabore las preguntas, sino también las respuestas que debía dar Humberto Acuña”, indicó.
NULIDAD DE LA PRUEBA
En su exposición ante la sala, la defensa de Acuña Peralta señaló que el juez de primera instancia había valorado y admitido una prueba prohibida (audios) y que la resolución de sentencia era carente de motivación, por lo que requirió al colegiado que ampare la apelación presentada. Además, indició que se había violado el principio de presunción de inocencia.
El abogado Alex Ganoza Céspedes, defensor del ahora congresista por Lambayeque, cuestionó que el magistrado de primera instancia haya emitido sentencia incluyendo a Joel Ugaz pese a que este había fallecido el 27 de noviembre del 2019.
RESPUESTA FISCAL
El representante del Ministerio Público rebatió los argumentos de la defensa señalando que era ilógico que en la etapa de apelación se cuestione la validez de la prueba (audios), habiendo los procesados sometido a peritaje las escuchas que, además, fueron obtenidas con mandato judicial, por lo que no cabía la posición de cuestionar su legalidad.
Asimismo, refirió que había quedado acreditada la comunicación entre Díaz Bravo y Ugaz Cubas y que el fallo emitido por el juez de primera instancia era válido, toda vez que el adelanto de sentencia se comunicó el 19 de noviembre, cuando el exintegrante de la Policía Anticorrupción aún vivía.
Luis Piscoya añadió que también ha quedado demostrado que los procesados, al momento de la interceptación telefónica, hacían uso de los números de teléfonos desde los cuales se realizaron las llamadas de coordinación, conforme se ha demostrado en el caso de Ugaz Cubas cuando fue detenido por el caso “Limpios de la corrupción”, el 30 de septiembre del 2014.
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