Ante la denuncia hecha en la edición 1141 por Alfonso Montoya Rosas sobre la presunta incompatibilidad de uso del local BL. Tribal con el área donde está ubicada (esquina de la Calle Las Diamelas con la Avenida La Libertad), y los ruidos molestos que este ocasionaría, los representantes legales del establecimiento, Libia Barrueto Medianero y Esteban Díaz Delgado, ofrecieron sus descargos aludiendo que este problema tendría su origen en un error cometido por funcionarios de la Oficina de Defensa Civil de la Municipalidad Provincial de Chiclayo - MPCH.
Según el Informe Nº 348-2019-MPCH/GDU/SGOP/EU, del 13 de mayo de este año, emitido por el Departamento de Estudios Urbanos de la Subgerencia de Obras Privadas de la Gerencia de Desarrollo Urbano de la MPCH, el corredor comercial de la Avenida La Libertad, que comprende el tramo de la Avenida Terrones con la Avenida Chinchaysuyo es, según el cuadro de compatibilidades de uso, incompatible con locales de ocio y diversión, tal como es BL. Tribal.
ERRORES
Barrueto Medianero señala que BL. Tribal cuenta con 10 años de funcionamiento, pero hace cuatro decidieron cambiar de ubicación a la calle Las Diamelas Nº 555, para lo cual en mayo del 2015 iniciaron el procedimiento administrativo ante la Municipalidad de Chiclayo para obtener su licencia. Es así que el 6 de agosto del 2015 la Gerencia de Desarrollo Urbano emitió el Certificado Nº 0077-2015, mediante el cual acreditó que la ubicación de LB Tribal era compatible con el giro de restaurante – karaoke, según el cuadro de compatibilidades de uso de suelos del Plan Director Chiclayo 2020, aprobado por Acuerdo Municipal Nº 056-92-MPCH/A.
“A partir de ese momento fuimos al municipio, pagamos las tasas correspondientes, solicitamos la inspección de la Oficina de Defensa Civil y cuando llegaron les dijimos que nuestro giro comercial era de restaurante-karaoke. Tras pasar la inspección, la municipalidad nos dio un documento provisional para trabajar en lo que se tramitaba la licencia. Sin embargo, en mayo del 2016 nos llegó un documento del ayuntamiento en el que se nos señalaba que no podían darnos la licencia porque el giro que pedíamos no coincidía con el señalado por Defensa Civil”, explica.
Efectivamente, según el Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones Básicas Ex Ante Nº 0181-2016, del 6 de mayo del 2016, el giro o actividad de la edificación no es restaurante-karaoke, sino pub.
Barrueto Medianero manifiesta que ante la llegada de esta misiva se acercaron a la Oficina de Defensa Civil de la MPCH, entonces a cargo del arquitecto José Bezzolo Sokolich, para averiguar cuál era el inconveniente, pues el giro comercial para el que tenían la compatibilidad era el de restaurante-karaoke, sin embargo, les habían consignado el de pub.
“El arquitecto Bezzolo Sokolich cometió un grave error porque colocó en nuestro giro comercial que éramos un pub, cuando habíamos indicado que éramos restaurante-karaoke. Él en un inicio sacó el expediente aludiendo que nosotros así lo habíamos consignado, pero verificamos que esa no era nuestra letra. Nos dijo entonces que iba a hacer una rectificación”, sostiene.
Sin embargo, Barrueto Medianero refiere que cuando iniciaron el proceso para la rectificación les informaron que existía una nueva zonificación correspondiente a la ordenanza, la 004-2016-MPCH, según la cual le informaron ya no podían darle una licencia con el giro de restaurante-karaoke, sino como bar, motivo por el cual tanto el 22 de noviembre del 2016 como el 28 del mismo mes enviaron dos documentos a la Oficina de Defensa Civil de la MPCH solicitando la rectificación de giro comercial de pub a bar.
Barrueto Medianero alcanzó a Expresión ambos documentos, aunque carecen de firma de la remitente y del sello de mesa de partes de la Municipalidad Provincial de Chiclayo.
“Hicimos todo el procedimiento para que nos rectifiquen porque ya teníamos la construcción hecha y toda nuestra documentación era del 2015, fecha anterior al cambio de zonificación del 2016. Nos dijeron que con el certificado de compatibilidad que nosotros teníamos podíamos trabajar y así lo hemos hecho”, señala.
Así, el 15 de diciembre del 2016, mediante la Resolución de Gerencia de Desarrollo Urbano Nº 461-2016-MPCH/GDU, se le otorgó a BL Tribal la licencia de funcionamiento con el Certificado Nº 000461 para el giro de bar.
ZONIFICACIÓN
En ese sentido, Díaz Delgado refiere que el Artículo 14 de la Ordenanza Municipal Nº 007-2014-MPCH señala que “el cambio de zonificación no es oponible al titular de la licencia de funcionamiento dentro de los primeros cinco años de producido dicho cambio”, el cual señala tampoco se les ha notificado formalmente.
Al respecto, el 17 de mayo de este año BL Tribal envió un oficio a la Gerencia de Urbanismo de la MPCH, solicitando la actualización de compatibilidad de usos para su establecimiento. De la misiva se lee lo siguiente: “Debemos señalar que la licencia de funcionamiento nos fue otorgada el 15 de diciembre del 2016, a raíz del Expediente Nº 80757, es decir, con la normativa y la zonificación anterior, por lo que cualquier modificación a la zonificación no es oponible a nosotros hasta después de cinco años de adoptada la misma”.
La copia de la solicitud presentada por los representantes del establecimiento a este medio también carece de firmas y sellos.
ACÚSTICA
Por otro lado, Díaz Delgado manifiesta que si bien en el quinto párrafo de la resolución en la que se les entrega la licencia de funcionamiento se señala que no está permitido el uso de orquestas en vivo, a ellos los respalda para presentar bandas de rock la Ordenanza Municipal Nº 007-2014-MPCH, la cual menciona que club nocturno es “todo centro de reunión acústicamente aislado para tal efecto, con música en vivo o discos, cintas magnetofónicas, CDS, disco versátil digital, en el cual se presentan números artísticos y que cuentan con servicio de bar y/o restaurante”.
Al respecto, Díaz Delgado apunta que ellos implementaron durante la construcción de BL. Tribal un sistema de aislamiento acústico que ha sido verificado por “arquitectos de su entorno”, en virtud del cual en la última inspección que hizo la Subgerencia de Sanidad y Vigilancia Sanitaria de la MPCH la medición hecha con el sonómetro arrojó que el ruido proveniente de BL. Tribal estaba por debajo de los decibeles permitidos.
Según la Ordenanza Municipal Nº 012-2019-MPCH/A, en las zonas mixtas (residencial – comercial) se consideran como ruidos molestos y nocivos aquellos que superen 60 decibeles desde las 7:01 de la mañana hasta las 10:00 de la noche y los 50 desde las 10:01 de la noche hasta las 7:00 de la mañana.
Tal como obra en el acta de supervisión ambiental, desde el interior de la vivienda de Montoya Rosas se realizaron dos mediciones, una con las ventanas y puertas abiertas la cual arrojó 48.9 decibeles y otra con las mismas cerradas, la cual arrojó 46.1 decibeles.
“Nosotros le hemos solicitado al vecino Alfonso Montoya que nos permita ingresar a su domicilio para saber por qué parte ingresa el ruido que él denuncia, pero no nos permite. Ahora el escenario tiene cuatro techos y doble pared acústica, pero cómo puedo saber dónde está la bulla que ellos dicen si no nos permiten entrar”, menciona.
PAPELETAS
Respecto a las tres papeletas de infracción de las que dio cuenta Expresiónen la edición 1141 y que obran en el Informe Legal Nº 160-2019 en el que la Gerencia de Desarrollo Urbano no da lugar a la solicitud de revocatoria definitiva de la licencia de funcionamiento otorgada a BL. Tribal, Barrueto Medianero señala que las tres han sido fruto de “operativos irregulares” que constituyen una muestra de “hostigamiento”.
Sobre la Papeleta de Infracción Nº 01849E-2017, emitida por no cumplir con los horarios autorizados para la comercialización y consumo de bebidas alcohólicas, señala que si bien el reglamento indica que el expendio de bebidas debe ser hasta las 2:00 de la mañana, hay un espacio prudente de tiempo que tiene el cliente desde que pide su último trago para poder terminarlo.
“Estos señores nunca ingresaron a Tribal, no tienen pruebas ni nada de que nos hayan encontrado vendiendo. Además, en el afiche que pegan en la puerta pusieron que eran las 3:05 de la mañana cuando en el video que yo tengo sale que eran las 2:36”, refiere.
Manifiesta que este año les realizaron otra inspección en la que les clausuraron el local alegando que no contaban con elementos como extintores de cocina cuando ellos no cuentan con este espacio. Además, manifiesta que no les dejaron el acta con las observaciones, por lo cual tuvieron que ir a la Oficina de Defensa Civil para efectuar el reclamo.
En cuanto al tercer operativo, el cual refiere ocurrió una semana después del segundo, señala que llegaron policías, fiscalizadores, personal de serenazgo e incluso la prefecta regional, quienes refirieron haberlos hallados expendiendo bebidas alcohólicas más allá del horario permitido.
“Ese día mi barra ya estaba apagada, el barman estaba limpiado, yo que soy la administradora estaba sentada afuera esperando que mi personal termine con su limpieza, quedaban algunas mesas con clientes que estaban terminando sus bebidas e incluso los músicos ya estaban descansando. Pese a ello nos impusieron una multa de 10 UIT, entiendo que con tamaña magnitud lo que buscan es que la empresa quiebre”, refiere.
Por otro lado, Barrueto Medianero afirma que mantienen un diálogo fluido con los vecinos de la zona, quienes le han dado distintas sugerencias como evitar que los carros se estacionen obstaculizando la entrada de las casas, entre otras, pero nunca se han quejado por la bulla.
“Queremos dejar claro de BL. Tribal siempre se ha regido por normas. No permitimos que la gente fume ni que ingrese en estado etílico, pues tratamos de darles la mayor tranquilidad posible a nuestros vecinos, quienes nos comprenden, pero con la familia Montoya ya no sabemos qué más hacer. Ellos dicen que el municipio no les ha hecho caso, pero sí lo ha hecho porque hasta hoy nos hostiga”, sentencia.
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