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SIN ESTABLECER PLAZOS NI VOLÚMENES DE USO: MPCH ADJUDICA ABASTECIMIENTO DE 135 MIL GALONES DE PETRÓLEO

Escribe: Semanario Expresión
Edición N° 1102

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  • Suspicaz cambio del lugar de entrega del producto permite que proveedor atienda su requerimiento en su estación.
  • Maquinaria de la comuna deberá desplazarse desde la maestranza con dirección a Pomalca para llenar combustible.

 

Al parecer, la gestión del actual alcalde de la comuna chiclayana, Marcos Gasco Arrobas, ha decidido realizar cambios respecto a los gobierno anteriores, principalmente para la adquisición de ciertos bienes básicos, como es el caso de la compra de 135 mil galones de Diesel B5 (petróleo) por la suma de un millón 646 mil soles, los cuales deberán ser utilizados por las unidades vehiculares y la maquinaria pesada de la municipalidad.

 

El 21 de febrero del año en curso se realizó el procedimiento de selección, Subasta Inversa Electrónica N° 01-2019-MPCH, convocado por la Municipalidad Provincial de Chiclayo, resultando ganador de la misma el participante Grupo Petrocaña SAC, quien al final de la subasta logró adjudicarse la buena pro ofertado un precio unitario de 12.20 soles, que hace un total por el galonaje requerido (134 mil 924 galones) de un millón 646 mil 72.80 soles, reduciendo el presupuesto base establecido por galón (13.20 soles) en un sol, lo que equivale a un sustancial descuento en favor de la MPCH de aproximadamente 135 mil soles.

 

El Comité Especial de Selección estuvo conformado por el subgerente de Logística y Servicios Internos del municipio, Edgardo Siadén Ortega, y los representantes de la Subgerencia de Fiscalización y de la Gerencia de Administración y Finanzas, Mario García Martínez y Freddy Medianero Montalvo, respectivamente.

 

CAMBIOS EN LA MODALIDAD

Las bases del proceso determinaron que el proveedor debe realizar el abastecimiento del combustible directamente a las unidades móviles y la maquinaria pesada de la municipalidad en la estación de su propiedad o la que sea consignada por el este, condición que modifica sustancialmente la modalidad que por varios años se venía utilizando para este fin, por cuanto, en gestiones anteriores el carburante era depositado por los proveedores en el Grifo Municipal, ubicado en la Avenida Sáenz Peña N° 1811, en el distrito de José Leonardo Ortiz, al lado de la maestranza de limpieza pública, para que en este se abastezcan las unidades y la maquinaria pesada.

 

La condición propuesta en las bases del procedimiento considera también que la estación del proveedor elegido debe estar ubicado en un radio no mayor a los 5 kilómetros de distancia calculados desde la ubicación del grifo municipal. En este caso, el grifo consignado por Grupo Petrocaña SAC se ubica en el kilómetro 3 de la carretera Chiclayo – Pomalca.

 

En consecuencia, la unidades y la maquinaria pesada del municipio, para ser abastecidas, deberán tener un recorrido de aproximadamente 10 kilómetros desde sus depósitos hasta el grifo del proveedor, utilizando para tal fin un determinado galonaje de combustible, como un tiempo del circuito de ida y vuelta, lo que no sucedía cuando el abastecimiento se realizaba en el grifo de propiedad de la MPCH.

 

SUBJETIVO PLAZO

Según las especificaciones técnicas establecidas en las bases del proceso – Capítulo III, numeral 3.2 - se considera que, el plazo de la prestación se efectuará hasta agotar el monto total contratado o agotarse la cantidad total del galonaje a adquirir, condición que, siendo desde ya subjetiva, no establece una cantidad diaria de galones a abastecer o en todo caso un período secuencial del mismo que determine un plazo fijo para el total del abastecimiento del combustible requerido.

 

Asimismo, considera que el plazo indicado en el párrafo precedente se computará a partir del día siguiente de suscrito el contrato, cuando en las bases de los procesos convocados por las anteriores gestiones municipales y en los contratos respectivos siempre se consideró como parte de la prestación un cronograma pre establecido con cantidades y frecuencias interdiarias.

 

¿Cómo se controlará la cantidad de combustible asignada diariamente a cada unidad?

 

LA FORMA DE PAGO

En el mismo Capítulo III de las bases del procedimiento de selección se ha considerado que los pagos se efectuarán luego que el proveedor haya presentado su valorización por la cantidad mensual del carburante abastecido, para luego - previa a la conformidad de la misma – (que de acuerdo a la normativa tendría que ser dentro de los 10 días de presentada) se procedería en los días sucesivos al pago respectivo.

 

Quiere decir tiene que el proveedor tiene que otorgar mediante este condicionante contractual un crédito de 45 días hasta su cancelación.

 

EL PRECIO OFERTADO

Habiéndose establecido un valor estimado por cada galón de 13.20 soles y habiendo el Grupo Petrocaña SAC obtenido la buena pro del proceso ofertando 12.20 por galón, a la fecha de su adjudicación ( 21/02/2019), este precio resulta inadecuado comercialmente, ya que de acuerdo a la estructura de costos del producto puesto en la estación y el servicio de abastecimiento, más los costos que se generan para su comercialización, principalmente los que implican la forma de pago, a esa fecha, solo le habría permitido al adjudicatario obtener una rentabilidad de por lo menos 0.12 céntimos por galón.     

 

HISTORIAL DEL PROVEEDOR

Según la información que se registra en el portal del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, se advierte que el Grupo Petrocaña SAC obtuvo su Registro Nacional de Proveedores – RNP, – requisito para contratar con el Estado – el 20 de octubre del 2018, 13 días después que resultara elegido el actual burgomaestre.

 

Igualmente se evidencia en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE, que dicha empresa no registra contratación con alguna entidad pública, pudiendo ser esta la primera contratación que tendría que realizar a este nivel la lograda con la Municipalidad Provincial de Chiclayo.

 

Grupo Petrocaña SAC tiene RUC activo desde febrero del 2008 y como representante legal a Luis Adriano Baca Camacho.

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