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ANULAN CONTRATO DE OBRA EN TÚCUME: CONSORCIO GANÓ BUENA PRO CON DOCUMENTOS FALSOS

Escribe: Semanario Expresión
Edición N° 1101

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  • Caso fue evidenciado por Expresión en diciembre pasado.

 

Mediante denuncia ciudadana interpuesta ante el alcalde saliente por la presunta presentación de documentos falsos por parte del Consorcio Sinaí, ganador de la buena pro de la Adjudicación Simplificada N° 5-2018-MDT, convocado para la ejecución de la obra “Mejoramiento de la Ruta N° L4-104-Sasape Viejo, en el Distrito de Túcume”, por un monto de inversión que supera el millón de soles, el actual burgomaestre, Otto Santamaría Baldera, emitió la Resolución de Alcaldía N° 010-2019-MDT/A, del 23 de enero pasado, declarando la Nulidad de Oficio del Contrato de Ejecución de Obra N°06-2018-MDT, suscrito el 17 de diciembre del 2018.

 

El contrato materia de nulidad fue suscrito con el Consorcio Sinaí, integrado por las empresas Constructora y Consultora Gocta SAC, Nueva Jerusalén Contratistas Generales SAC y Farmic Contratistas Generales SAC, quienes para adjudicarse la buena pro del procedimiento de selección respectivo (Adjudicación Simplificada N°5-2018-MDT, presentaron la Carta de Compromiso del Personal Clave (ANEXO 5) supuestamente suscrita por el ingeniero Ricardo Sánchez Gálvez.

El consorcio adjuntó un escrito mediante el cual aparentemente Sánchez Gálvez se comprometía a prestar sus servicios como Especialista en Mecánica de Suelos. Sin embargo, el profesional negó contundentemente haber firmado la carta de compromiso.

Es más, mediante carta debidamente legalizada manifestó textualmente que en ningún momento o circunstancia había suscrito la referida carta de compromiso presentada por el Consorcio Sinaí, resultando la misma “ser falsa”.

Sánchez Gálvez se dirigió por escrito a la Municipalidad Distrital de Túcume, mediante carta cursada el 18 de enero del 2019, manifestando que “nunca he firmado dicha carta y que por lo tanto se ha falsificado mi firma”, señalando además que ya había denunciado el hecho a la Contraloría General de la República el 20 de diciembre del año pasado.

Mediante Oficio N°056-2019-OSCE/SPRI-MCC, recibido por la comuna distrital el 10 de enero de este año, el Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado, a través de la Subdirección de Procesamiento de Riesgos de la Dirección de Gestión de Riesgos, emitió el Dictamen N° 024-2019/DGR/SPRI, atendiendo el cuestionamiento presentado al citado procedimiento de selección.

 

FUNDAMENTACIÓN

La resolución de nulidad aludida se fundamenta en el Artículo 1° de la Ley 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, cuerpo legal que en el Artículo IV, inciso 1.7 del Titulo Preliminar, supedita el Principio de Veracidad, como así también el Artículo 44° de la Ley de Contrataciones del Estado, que en el segundo párrafo señala que el Titular de la Entidad tiene facultad de declarar de oficio la Nulidad de los actos del procedimiento de selección y después de celebrado el contrato “cuando se verifique la transgresión del principio de presunción de veracidad durante el procedimiento de selección o para el perfeccionamiento del contrato”.

Asimismo, se sustentó en el Informe N°         013-2019-MDT-ABAS/EEAS, emitido por el responsable de abastecimiento, en el que se informe sobre la documentación falsa en el expediente de contratación del proceso de adjudicación simplificada N° AS-SM-5-2018-MDT/CE-1, “Ejecución de la obra de mejoramiento de la Ruta N° L4-104-Sasape Viejo, en el distrito de Túcume”.

Otro documento de sustento es el Informe N° 005-2019-MDT/OAL, de la Oficina de Asesoría Legal, emitido el 22 de enero pasado, en el que se emite opinión favorable para que se declare la nulidad del contrato suscrito entre el municipio de Túcume y el Consorcio Vial Sinaí.

 

OPINIÓN

Según el entendido las contrataciones del Estado, Jorge Chávez Pita, siendo estos hechos recurrentes, no solo permiten que los presupuestos asignados para estos proyectos tengan que ser revertidos al erario nacional, sino también generan una dilación extendida respecto a su ejecución, ya que para lograr que la obra pueda ser ejecutada en este año, lo primero que debe conseguirse es la recuperación de la disponibilidad presupuestal, para luego actualizar el presupuesto y convocar el respectivo procedimiento de selección y de esta manera, en los plazos previstos, procurar su adjudicación, la suscripción del contrato y su posterior inicio del proceso constructivo.       

 

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