En la Edición 1087 de Expresión se dio cuenta de las presuntas irregularidades presentadas en la Licitación Pública N° 02-2018-GR.LAMB, convocada por el Gobierno Regional de Lambayeque para la ejecución de la obra “Mejoramiento del Servicio Policial de Prevención, Investigación de hechos de Violencia Familiar y Protección de la Familia en la Región Lambayeque”, cuyo monto de inversión supera los 10 millones de soles, debido a la admisión de dos propuestas que aparentemente no cumplían con los requisitos por carecer de capacidad para contratación, tal como lo afirmó uno de los integrantes del Comité de Selección.
Ante el informe, la constructora ICM Ingeniería Civil Montajes S.A., a través de su director gerente Rodolfo Dávila Ugaz, ha cursado una carta notarial a la dirección de este medio, señalando que con la información propalada se le atribuyen “situaciones y conductas difamatorias”, por lo que de no atender su pedido de rectificación advierte el inicio de acciones legales y civiles.
LA LICITACIÓN
El ingeniero José de La Rosa Barba Maique, integrante del Comité de Selección, fue quien dejó constancia textual en el acta del proceso de su posición discrepante respecto a la admisión de las ofertas presentadas por dos postores, cuya precio propuesto para la obra era inferior hasta en 30 % del valor referencial. Dichos postores eran las empresas: ACP Obras y Proyectos E.I.R.L. y Qurmaq S.A.C., quienes de acuerdo al Registro Nacional de Proveedores tenían una capacidad de contratación menor al valor referencial del proyecto.
La presentación de ofertas se realizó el 16 de octubre pasado.
El asunto en cuestión es que los otros dos integrantes del Comité de Selección (William Jave Sánchez y Julio Benítez Chero), consideraron los precios ofertados por las empresas mencionadas, a pesar de no contar estas con capacidad de contratación, estableciendo un promedio que arrojó un orden de prelación entre los postores, resultando ganadora de la buena pro la empresa ICM S.A., al obtener 100 puntos de calificación y, por ende, la buena pro con una oferta de nueve millones 653 mil 492.59 soles.
SUPUESTA DISCRIMINACIÓN
En su carta notarial, el director gerente de la constructora señala que Expresión busca relacionar a su representada “de manera forzada y falaz con las empresas Qurmaq S.A.C. y ACP Obras y Proyectos E.I.R.L”, añadiendo que haber informado que dichas empresas carecían de capacidad de contratación resulta un acto discriminatorio y lesivo” tanto para su compañía como para las también mencionadas.
Dice Dávila Ugaz que Expresión “pretende limitar el derecho constitucional de las citadas empresas a contratar con el Estado y a participar de licitaciones públicas”, indicando además que conforme a la página del Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado – OSCE, “estas empresas se encuentran sin ninguna limitación para contratar con el Estado”.
Empero, el funcionario de ICM atribuye a este medio de comunicación un acto discriminatorio inexistente, pues en ningún extremo del informe publicado se dice que dichas empresas están impedidas para contratar con el Estado. Únicamente se informa que para efectos del proceso de selección en mención carecían de capacidad de contratación, conforme se desprende de la información contenida en el portal del OSCE.
En el caso de la empresa Qurmaq S.A.C, la “Constancia de inscripción para ser participante, postor y contratista”, señala textualmente que su capacidad máxima de contratación, al 30 de octubre de este año, era de dos millones 244 mil 126.26 soles desde el 23 de agosto pasado.
Como se ha indicado, el acto de presentación de ofertas se realizó el 16 de octubre.
Respecto a la empresa ACP Obras y Proyectos E.I.R.L., la “Constancia de inscripción para ser participante, postor y contratista”, obtenida del portal del OSCE también el 30 de octubre, señala que su capacidad máxima de contratación era de cinco millones 760 mil 479 soles.
En consecuencia, Dávila Ugaz imputa a la dirección de Expresión un hecho falso.
EL PROMEDIO
¿La inclusión de las ofertas de Qurmaq S.A.C. y ACP Obras y Proyectos E.I.R.L. pudo alterar el promedio y así permitir que ICM obtenga el mayor puntaje? En nuestra opinión sí.
Producto de la sumatoria de los precios ofertados por 32 postores, donde el Comité de Selección incluyó las dos ofertas de los participantes cuestionados, en este caso la empresa ACP Obras y Proyectos E.I.R.L., quien propuso siete millones 788 mil 326.92 soles, y Qurmaq S.A.C., cuyo precio propuesto fue de siete millones 763 mil 121.98 soles, más el valor referencial, se estableció como promedio, incluyendo el IGV el, monto de nueve millones 576 mil 185.76 soles, el cual resultó siendo el valor más cercano al precio ofertado por ICM, en este caso, nueve 653 mil 492.59 soles, ocupado bajo esta condición el primer lugar en el orden de prelación.
Sin embargo, si de acuerdo a la oposición de uno de los miembros del Comité de Selección y la confirmación por parte de los dos miembros restantes de que los dos postores en cuestión no hubieran sido admitidos, el resultado del cálculo matemático para establecer el promedio hubiera sido nueve millones 727 mil 61.74 soles, importe que resulta muy cercano al precio propuesto por el Consorcio Lambayeque (nueve millones 720 mil 33.64 soles), al que se le hubiera permitido obtener 100 puntos y, por ende, adjudicarse la buena pro, ocupando el segundo lugar el Consorcio Mazinger, cuyo precio propuesto fue de nueve millones 780 mil 525.60 soles. ICM hubiera quedado en tercer lugar.
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