La Sociedad de Tiro “Elías Aguirre” de Chiclayo es quizá una de las instituciones centenarias con mayor patrimonio en Lambayeque. Posee bienes inmuebles en privilegiada ubicación que le generan altos ingresos mensuales, cuyo manejo – según han denunciado algunos socios – no sería el adecuado. Sin embargo, un problema mayor afecta directamente su ordenamiento interno y es que la prolongación de la presidencia de Oswaldo Ramírez Pejerrey sería ilegal, considerando que de acuerdo al estatuto con el que fue elegido en el 2015 su mandato de dos años debió concluir el 11 de septiembre pasado.
Cuando Ramírez Pejerrey, quien había sido presidente en el período 2013-2015, fue reelecto estaba vigente el Estatuto de 1989, cuyo artículo 22 señala que el mandato de las directivas iniciaba el 11 de septiembre y concluía dos años después, en la misma fecha, coincidiendo con el aniversario institucional.
La controversia actual surge porque semanas antes de la reelección, el reglamento de la institución fue modificado por la asamblea de asociados, pero su inscripción en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos – SUNARP, se produjo meses después.
El nuevo estatuto manda que el período de gobierno, empieza en enero y concluye, dos años después, en diciembre, artículo al que la directiva de Oswaldo Ramírez busca acogerse basándose en una anotación a la norma interna que ha sido declarada inexistente por la zona registral.
LAS ELECCIONES
El domingo último se realizó la elección de la directiva para el período 2018-2019. Sin embargo, varios de los socios de la centenaria institución protestaron en los exteriores del local, ubicado en la cuadra 1 de la calle Elías Aguirre, al considerar que el proceso era ilegal.
El argumento más sólido del cuestionamiento es que las elecciones fueron desarrolladas por un comité cuyo nombramiento lo hizo la directiva de Ramírez Pejerrey en noviembre, pese a que su mandato había concluido dos meses antes.
La situación ha motivado que se interponga una demanda ante el Poder Judicial para que, al amparo del Artículo 85 del Código Civil, la autoridad competente convoque a una asamblea general extraordinaria, en la que los asociados aprueben una solución a la controversia y se convoque a nuevas elecciones, poniendo en aplicación el nuevo estatuto.
CARTAS Y RESPUESTAS
El 11 de noviembre pasado el Comité Electoral, designado por la directiva de Oswaldo Ramírez y presidido por Juan Sandoval Sandoval, remitió una carta dando a conocer su juramentación y adjuntando el Reglamento de Elecciones para el nombramiento del Consejo Directivo 2018-2019. El documento fue entregado a los asociados dos días después.
En respuesta, el abogado y socio Guillermo Romero Cárdenas, dirigió una carta notarial a los integrantes del Comité Electoral, haciéndoles saber que el mandato de la directiva que los había designado culminó el 11 de septiembre, dos meses antes, conforme a lo dispuesto por el Artículo 22 del Estatuto con el que fue elegida como órgano de gobierno.
Según Romero Cárdenas, Ramírez Pejerrey debió convocar a una asamblea general extraordinaria que le faculte prolongar su mandato hasta el 31 de diciembre de este año, de tal manera que el nuevo consejo directivo pueda iniciar funciones el 1 de enero del 2018 aplicándose de modo correcto el nuevo estatuto. Sin embargo, tal procedimiento no se produjo, asumiéndose la continuidad del mandato de gobierno de manera unilateral.
DECISIÓN DE LA SUNARP
Romero Cárdenas adjuntó en su carta notarial una copia de la Esquela de Observación, firmada por el abogado certificador de SUNARP Chiclayo, Roberto Carrasco Monsalve, el 13 de noviembre, donde se señala textualmente que “el período de mandato de la Junta Directiva en pleno ya caducó, por haber superado el período de vigencia de dos años”.
Basándose en lo certificado por la zona registral, el socio pidió al Comité Electoral que suspenda el proceso al que había convocado, “a fin de evitar nulidades posteriores”.
En respuesta, el 18 de noviembre, el Comité Electoral informó al asociado que había sido elegido en “sesión extraordinaria de la Junta Directiva del 6 de noviembre del 2017”, y que esta les había hecho llegar una copia legalizada del Acta de la Asamblea General Extraordinaria del 16 de agosto del 2015, donde se aprueban las modificaciones al estatuto de la sociedad.
El comité informó que la directiva le había informado que según la página 145 del Libro de Actas, el artículo 31 del nuevo estatuto señala que “El mandato del Consejo Directivo será de dos (02) años consecutivos, contados a partir del 1 de enero del año siguiente a su elección”.
Pero además, que seguido al artículo aparece la anotación: “Nota: Asimismo, queda establecido que la última junta directiva culmine su período de gestión el 31 de diciembre para cumplir con el Artículo 31 del nuevo estatuto”.
Romero Cárdenas insistió en su cuestionamiento con una carta dirigida al Comité Electoral el 24 de noviembre, dando a conocer, además, que la nota a la que hace mención Sandoval Sandoval “no constituye acto legal de prórroga de mandato, toda vez que la Asamblea del 16 de agosto del 2015 debió aprobar una disposición transitoria, y al no aparecer en los estatutos inscritos en Registros Públicos y distribuidos a los socios, hace presumir que haya sido un agregado posterior al acta”, la misma que hicieron llegar al comité.
Dos días después se realizó una sesión ordinaria en el local institucional, actividad que fue presidida por Oswaldo Ramírez Pejerrey. Guillermo Romero solicitó como cuestión previa que se designe a una comisión transitoria que convoque a elecciones, precisando que la directiva que dirigía la sesión ya no se encontraba en uso legal de sus facultades por haber concluido su mandato, moción que recibió el respaldo de varios de los asistentes. Sin embargo, el requerimiento no fue atendido.
Como muestra de rechazo, 20 socios se retiraron de la sesión suscribiendo un acta de disconformidad.
Guillermo Romero ha alcanzado al Poder Judicial copia del Estatuto de 1989 y del nuevo estatuto de la institución, del acta de disconformidad suscrita por los asociados, de las cartas cursadas al Comité Electoral y sus respuestas, la esquela de observación de la SUNARP y el audio de la asamblea en la que solicitó que se conforme una comisión transitoria.
Esta semana deberá señalarse si se admite o no la demanda en el juzgado civil.
LA LISTA
El 30 de noviembre, dos días antes de las elecciones, los socios Alberto Díaz Arias y Luis Valencia Cañoli, se dirigieron al presidente del Comité electoral, Juan Sandoval Sandoval, observando la conformación de la Lista N° 1, que inicialmente postulaba para un tercer mandato a Oswaldo Ramírez Pejerrey.
La candidatura de Ramírez Pejerrey fue tachada y este no presentó ninguna apelación que le permitiese seguir en carrera. Sin embargo, el Comité Electoral permitió que la lista sea restructurada, contraviniendo lo establecido por el Artículo 69, inciso f), del estatuto.
Inicialmente la lista estaba conformada de la siguiente manera: Oswaldo Ramírez Pejerrey (presidente), Daniel Parra Acosta (vicepresidente), Vicente Luna Guerra (fiscal), Gladys Vallejos Gómez (secretaria), Germán Aquino Díaz (pro secretario), Manuel Velásquez Pinillos (tesorero), Luis Puicón Rojas (pro tesorero), Francisco Carbajal Atencio (capitán de tiro), Benjamín Vera Núñez (vocal) y Juan Suyón Mío (asesor legal interno).
Tras la tacha, Daniel Parra postuló como presidente y Germán Anquino como vicepresidente, ingresando en la lista como candidata a pro secretaria Rosa Suyón Mío.
Sin embargo, el estatuto señala que “de ser procedente la tacha, el Comité Electoral, notificará al delegado de la lista que la formuló y al delegado de la lista del candidato tachado, para que sea reemplazado por otro, considerado en la Nómina de Socios Aptos para Elegir y ser Elegidos”.
Quiere decir que en vez de restructurar el orden de los postulantes, la socia que ingresó a la salida de Ramírez Pejerrey debió ocupar la candidatura a la presidencia de sociedad.
Díaz Arias y Valencia Cañoli hicieron saber de esta irregularidad al presidente del Comité Electoral, a fin que declare la invalidez de la Lista N° 1, que además fue la única que se presentó a las votaciones realizadas el 3 de diciembre.
Rosa Suyón Mío es esposa de Oswaldo Ramírez y hermana del candidato a asesor legal en tanto Gladys Aquino y Benjamín Vera son esposos.
+NOTICIAS
Deja tu Comentario