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FISCALÍA PIDE CÁRCEL PARA CARLOS RUIZ POR FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS

Escribe: Semanario Expresión
Edición N° 1031

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El Primer Despacho de Investigación de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Chiclayo, a cargo de la fiscal Ana Tiravanti Martínez, acusó a Carlos Fernando Ruiz Gonzales por el delito contra la fe pública en sus figuras de falsificación y uso de documentos falsos, de los que se habría valido para mantener en su poder el inmueble ubicado en la cuadra cuatro de la Avenida José Balta que perteneciera al recordado médico chiclayano Juan de Dios Ruiz Murgueitio.

 

En el caso también ha sido denunciado el abogado Candelario Carhuatanta, quien según el Ministerio Público redactó escritos a nombre de Laura Cristina Ruiz de Ruiz, donde esta supuestamente se dirigía al juez del Segundo Juzgado Civil de Chiclayo para informar que le había vendido su participación accionarial de la vivienda (obtenida por herencia), solicitar notificaciones procesales y apelar los actuados en el proceso iniciado por la administración del bien.

 

“Se atribuye al acusado Carlos Ruiz Gonzales haber falsificado la firma de la señora Laura Cristina Ruiz de Ruiz en los escritos (…) presentados en el Expediente Judicial N° 5319-2005, seguido ante el Segundo Juzgado Especializado Civil de Chiclayo, hecho que ha sido realizado con la participación de Candelario Carhuatanta Hernández, quien ha suscrito los documentos en calidad de abogado”, señala la acusación fiscal.

 

HISTORIA DEL CASO

Al fallecer en 1986, el reconocido médico Juan de Dios Ruiz Murgueitio dejó en herencia una valiosa propiedad ubicada en el centro de Chiclayo, específicamente en la cuadra cuatro de la Avenida José Balta, y que de acuerdo a su testamento debía ser compartida entre sus hijos y uno de sus nietos, al que conforme a su última voluntad le correspondía un tercio del total del bien. Sin embargo, una serie de anomalías sucedidas en el tiempo han impedido que los beneficios hagan usufructo del patrimonio, llegando el caso al Poder Judicial, que tras años de litigio resolvió designar una administración.

 

El proceso se inició en el 2005, ante el Segundo Juzgado Civil de Chiclayo, al que se apersonó Lily Ruiz Villamar, primera hija de Ruiz Murgueitio y quien no fue incluida en el testamento, para reclamar la administración judicial del inmueble, en cautela de los derechos de su madre con quien el médico estuvo casada.

 

La acción se inició porque el bien era aprovechado en su totalidad por Carlos Ruiz Gonzales, otro de los hijos, quien además cobraba los alquileres de las tiendas comerciales ubicadas en el primer nivel del edificio, signadas con el número 436, 456, 460 y 464 de la Avenida José Balta.

 

El valor total de la propiedad asciende a más de dos millones y medio de dólares considerando el área construida y la ubicación. En el segundo nivel hay una casa completa, con cuatro dormitorios, al igual que en el tercer piso.

 

LOS HEREDEROS

 

De acuerdo al testamento, son legatarios de Ruiz Murgueitio sus hijos, los hermanos Jorge (ya fallecido), Carlos (quien ocupa la propiedad), José (residente en Lima), Juan de Dios, (también residente en Lima), Luis, (que vive en Estados Unidos), y Elsa Ruiz Gonzales, (quien también vive en el edificio). A ellos se suman los otros hijos del médico, los hermanos Raúl, Toribio, Cristina y Elba Ruiz Alva; Juana Ruiz Chimpén y Laura Cristina Ruiz de Ruiz, además de su nieto Luis Ruiz Orrillo, residente en Canadá.

 

Para dilatar el proceso iniciado ante el Poder Judicial para que se asigne una administración del inmueble que otorgue beneficios compartidos a todos los legatarios, Carlos Ruiz Gonzales hizo uso de documentos falsos, conforme su propia declaración ante la fiscal Ana Tiravanti Martínez.

 

Su hermana, Laura Cristina Ruiz de Ruiz denunció que este, con el apoyo del abogado Candelario Carhutanta, presentó hasta seis documentos falsos ante el Segundo Juzgado Civil, con el objetivo de dilatar el proceso y permitir que este continúe con el control absoluto de la propiedad.

 

Según la acusación formulada por el Ministerio Público los documentos fraguados son los que obran en el expediente del proceso por administración con las siguientes fechas: 4 de noviembre del 2014, 28 de noviembre del 2014, 16 de enero del 2015, 26 de mayo del 2015, 16 de septiembre del 2015 y 2 de octubre del 2015.

 

LA CONFESIÓN

Carlos Ruiz Gonzales reconoció en su declaración dada el pasado 24 de abril pasado, ante la fiscal Ana Tiravanti Martínez, haber presentado seis escritos ante el Segundo Juzgado Civil en los que falsificó la firma de Laura Cristina Ruiz.

 

“Reconozco haber presentado dichos escritos y que la firma que aparece a nombre de Laura Cristina Ruiz de Ruiz fue dibujada por mi persona con conocimiento y autorización de Laura. Quien conoce de esto a plenitud es su esposo Abraham Humberto Ruiz Bautista y él es testigo de la autorización”, reza la declaración.

 

Según el acusado, su hermana le vendió sus acciones como heredera del edificio y que “al no querer realizar ningún gasto” le autorizó la falsificación de su firma en el escrito presentado ante el juzgado civil. De acuerdo a su propia declaración, compró las acciones de Laura Ruiz de Ruiz en octubre del 2007.

 

Ruiz Gonzales acotó que otros cinco hermanos le donaron sus acciones y derechos sobre la propiedad.

 

“De mi parte no ha existido dolo, considero no haberle causado perjuicio a la denunciante, que fue con su autorización y conocimiento”, añadió en su declaración.

 

Por su parte, el abogado reconoció en su declaración, dada el 16 de noviembre del año pasado, que elaboró los documentos y los entregó a Ruiz Gonzales para que este los haga firmar por su hermana.

 

EL DELITO

Para el Ministerio Público, los hechos atribuidos a Carlos Ruiz Gonzales y Candelario Carhuatanta Hernández, se encuadran bajo los alcances del delito contra la fe público en sus figuras de falsificación y uso de documento privado falso, previstos y regulados en el Artículo 427 del Código Procesal Penal, donde se establece que: “El que hace, en todo o en parte, un documento falso o adultera uno verdadero que pueda dar origen a derecho u obligación o servir para probar un hecho, con el propósito de utilizar el documento, será reprimido, si de su uso puede resultar algún perjuicio, con pena privativa de la libertad no menor de dos ni mayor de diez años y con treinta a noventa días multa si se trata de un documento público, registro público, título auténtico o cualquier otro transmisible por endoso o al portar (…)”.

 

En función del análisis de la ilicitud cometida, la Segunda Fiscalía Provincial Penal ha solicitado para Carlos Ruiz Gonzales y Candelario Carhuatanta Hernández, la pena de cuatro años de prisión efectiva y sesenta días multa por la comisión del delito de falsificación de documentos y cuatro años de pena privativa de la libertad y sesenta días multa por la comisión del delito de uso de documento privado falso, haciendo un total de seis años de pena privativa de la libertad efectiva y ciento veinte días multa en concurso real por cada uno de los delitos cometidos en agravio de Laura Cristina Ruiz de Ruiz.

 

Asimismo, el Ministerio Público pide el pago de cinco mil soles por concepto de reparación civil a favor de la agraviada.

 

OTRO CASO

Por otro lado, la misma fiscalía con la Disposición N° 2, del 2 de agosto del 2017, decidió formalizar y continuar con la investigación preparatoria contra Carlos Ruiz Gonzales y Luis Gómez Paredes por la presunta comisión del delito de falsificación de documentos en agravio de Juan de Dios Ruiz Gonzales, otro hermano del denunciado.

 

Asimismo, que se investigue a Carlos Ruiz por la presunta comisión del delito de apropiación ilícita.

La decisión fiscal se motiva debido a que el abogado Luis Gómez Paredes presentó el 9 de abril del 2015, en el Expediente N° 5319-2015-0-1706-JR-CI-02, (el caso de administración judicial de la casa de la Avenida Balta), habiendo tomando el nombre de Juan de Dios Ruiz Gonzales, falsificando su firma.

 

“Se imputa este delito a los señores Luis Felipe Gómez Paredes, quien en su declaración reconoció como suyo el escrito de fecha 9 de abril del 2015, que fue presentado ante el Segundo Juzgado Civil de Chiclayo y Carlos Ruiz Gonzales, quien también indicó en su declaración que firmó el documento antes mencionado en representación de su hermano Juan de Dios Ruiz Gonzales”, señala la disposición fiscal.

 

El Ministerio Público precisa que el delito de apropiación ilícita se imputa contra Carlos Ruiz Gonzales debido a que este se habría beneficiado de los frutos percibidos de los arriendos de los locales que pertenecen a la masa hereditaria. 

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