El próximo 15 de julio se vencía el mandato de prisión preventiva dictado contra Roberto Torres Gonzales, al cumplirse los 33 meses dispuestos como medida coercitiva por el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria. Con el tiempo en contra, el Ministerio Público buscó que la autoridad judicial prolongue la medida cautelar contra el exalcalde de Chiclayo, pretensión que le fue desestimada en mayo pasado, pero que esta semana fue acogida extendiéndose el mandato por seis meses más.
Para Tito Esteves Torres, abogado del exalcalde, la investigación seguida por el Ministerio Público contra los integrantes de la presunta organización criminal “Los limpios de la corrupción”, presenta serias deficiencias que pondrían en cuestionamiento en trabajo realizado por el despacho del fiscal Sergio Zapata Orozco, pese a que este se dedica de manera exclusiva al caso.
En su opinión, durante los más de dos años y medio que llevan las diligencias, los fiscales solo se habrían dedicado a engrosar la carpeta con imputaciones, “olvidándose de la corroboración de hechos” para lograr la sanción penal.
LOS DELITOS
En el 2014, a Roberto Torres Gonzales se le inició una investigación fiscal por la comisión de los delitos de lavado de activos y asociación ilícita para delinquir, lo que motivó que el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria admita el requerimiento de prisión preventiva por 18 meses que se dictó contra él, ex funcionarios, familiares y colaboradores, medida que posteriormente (marzo del 2016) fue ampliada por 15 meses más.
Desde ese momento hasta hoy, la Tercera Fiscalía Provincial Penal de Chiclayo ha incorporado nuevas imputaciones que han revestido de complejidad al caso, situación que a decir de Esteves Torres no ha podido manejar de manera diligente, por lo que se vio en la necesidad de solicitar a la autoridad judicial la desacumulación del proceso, a fin de conseguir sanciones rápidas considerando el vencimiento de los plazos.
“Nos hemos quedado solamente con el proceso principal que es de lavado de activos y asociación ilícita para delinquir. Hay algunos otros casos que se han independizado, como también otros que a pesar de la desacumulación han servido para que se incorporen nuevas imputaciones en el proceso principal”, comenta Tito Esteves.
Recuerda que la actuación de Zapata Orozco como director de la investigación en el caso “Limpios de la corrupción” ha sido cuestionada incluso por uno de integrantes del Consejo Nacional de la Magistratura – CNM, en su audiencia para la ratificación, debido a que ha continuado solicitando la prolongación de la prisión preventiva contra los investigados y añadiendo imputaciones con la consecuente dilación del proceso.
PROLONGAR LA PRISIÓN
De acuerdo al Código Procesal Penal, cuando un caso es declarado complejo el juez puede dictar hasta 18 meses de prisión preventiva contra los investigados y si se trata de criminalidad organizada la medida cautelar se puede extender hasta los 36 meses. Asimismo, de acuerdo al Artículo 274 del Decreto Legislativo 1307, publicado en diciembre del 2016, de hallarse circunstancias que representen una especial dificultad o ameriten mayor investigación, el mandato de prisión preventiva puede prologarse a 18 meses adicionales para casos complejos, y 12 meses para los de criminalidad organizada.
En el caso “Limpios de la corrupción”, el Ministerio Público solicitó que se prolongue la medida cautelar a fin de asegurar – según han explicado los fiscales en las audiencias – la concurrencia de los investigados a los juicios.
Sin embargo, para Esteves Torres se trata de medidas dilatorias que incluso vulnerarían los derechos de los investigados y ante los cuales la autoridad judicial, en este caso la juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria, Cecilia Grandez Rojas, no ha mostrado mayor observancia.
“El Ministerio Público se ha preocupado simplemente de acumular imputaciones sobre imputaciones y se ha olvidado del proceso principal que es el de asociación ilícita para delinquir y lavado de activos. Nosotros ingresamos un documento mediante el cual solicitamos que se declare la nulidad de la Disposición N° 145, dictada por la fiscalía, la que dice lo siguiente: ‘Adecúese el proceso investigatorio al sistema del crimen organizado’. Pedimos esto porque la Ley 3077, que es la que crea el sistema, fue modificada y se estable que los procesos iniciados y no incorporados al régimen de crimen organizado seguirán bajo lo dispuesto por el Nuevo Código Procesal Penal”, señala.
La Ley 3077 fue dictada en agosto del 2013, casi un año antes de iniciarse la investigación contra Roberto Torres y compañía. En ese sentido, para el abogado es responsabilidad de los fiscales no haberse amparado en el sistema que norma los casos de crimen organizado.
“Por un accionar negligente del Ministerio Público el caso no se inició dentro del sistema de crimen organizado, no obstante que la Ley 3077 ya existía desde el 2013. La norma es clara y señala que los procesos que se abren sin haberse adecuado al régimen, continuarán con lo establecido por el Nuevo Código Procesal Penal”, manifiesta.
MALAS NOTICIAS
La prisión preventiva contra Roberto Torres Gonzales se vencía el 15 de julio, al cumplir los 33 meses dispuestos por el Poder Judicial (18 meses primero y 15 meses después), por esta razón la fiscalía solicitó que se adecue la investigación al régimen de criminalidad organizada, lo que de acuerdo a la defensa era ilegal.
La jueza Cecilia Grandez emitió la Resolución N° 3, del 29 de mayo, en el Expediente 3972-2017-29-1706-JR-PE-04, con la que declaró improcedente la adecuación de la prolongación preventiva requerida por el Ministerio Público contra Torres Gonzales y dos coinvestigados del caso “Limpios de la corrupción”, al considerar que no existía medida coercitiva personal de prisión preventiva por el delito de colusión agravada, como señalaba el despacho del fiscal Sergio Zapata.
“En la audiencia yo demostré que contra Roberto Torres no se le dictó prisión preventiva por el delito de colusión, y se estaba pidiendo la prolongación del mandato por una causal que nunca existió, por eso es que la jueza me dio la razón”, asevera.
Sin embargo, esta semana la fiscalía volvió a pedir que se prolongue por 12 meses más la prisión contra el exburgomaestre y otros cinco investigados, entre ellos su pareja sentimental Katiuska del Casillo Muro. Para cuatro de ellos la prisión preventiva vencía este jueves.
El requerimiento fue acogido por la jueza, que ha dispuesto seis meses más de prisión preventiva.
PROCESO JUSTO
Tito Esteves argumenta que lo que busca como patrocinador del exalcalde de Chiclayo es que se garantice el respeto del debido proceso y que su defendido enfrente el juzgamiento en condiciones que no vulneren los principios constitucionales.
“El Tribunal Constitucional, la Corte Suprema y los organismos internacionales señalan que por las demoras del Ministerio Público para investigar una persona no puede estar privada de su libertad con pedidos de prolongación. La discusión en estos momento no es si Roberto Torres es o no inocente, sino que al ser procesado debe juzgársele dentro de un plazo razonable y conforme establece la ley, porque de lo contrario se está afectando principios constitucionales como el debido proceso, el derecho a la defensa y otros”, señala el letrado.
Añade que la carga mediática que existe sobre el caso ha impedido hasta el momento que el mandato de prisión preventiva de Torres Gonzales pueda ser revocado.
“Ahorita hay una pelea entre el Ministerio Público y el Poder Judicial para ver a quién le echan la culpa de una posible excarcelación del señor Roberto Torres. Se ha generado una situación compleja justamente por la ineficiencia del Ministerio Público. Si la fiscalía le imputa a alguien un hecho delictuoso, tiene que demostrarlo dentro del plazo razonable y lograr una sanción penal. ¿Hay presión para que se mantenga bajo prisión preventiva al señor Torres Gonzales? La hay”, asegura.
ADELANTO DE OPINIÓN
Menciona que en la audiencia realizada el lunes último para la adecuación de la prolongación de la prisión preventiva la jueza del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria adelantó opinión respecto a su decisión.
“El Decreto Legislativo 1307 establece que se tiene que determinar si los elementos de convicción del Ministerio Público acreditan la complejidad del caso para que se admita la prolongación de la prisión preventiva. Sin embargo, la jueza dijo que eso ya no estaba en discusión, sino simplemente el plazo. Es decir, ya hubo un prejuzgamiento y un adelanto de opinión de la jueza de que en efecto otorgará la prolongación de la prisión preventiva. A nosotros (los abogados) se nos convocó para debatir los argumentos y si existe o no la condición de alta complejidad, pero la jueza dijo que solo se debía determinar el plazo”, manifiesta.
Agrega que la fiscalía ha presentado como argumento cuatro disposiciones de imputaciones nuevas, dos de ellas ya desacumuladas y las otras dos con medios de prueba que se han actuado desde el año pasado. “No tiene sentido, no tiene coherencia ni justificación, prolongar la prisión preventiva contra Roberto Torres”, afirma.
Tito Esteves, especialista en derecho constitucional, asevera que no ha planteado aún una defensa por esta vía, pues busca agotar los cánones en el proceso penal.
“Si la jueza ya declaró fundada la prolongación de la prisión preventiva y al ir en apelación se tendremos el mismo resultado, considerando que las salas que tenemos en Lambayeque no son garantistas y no hay mucha esperanza en ellas, por ello recurriré en casación a la Corte Suprema, para que determine vía casación excepcional, como doctrina jurisdiccional, qué es lo que se debe establecer en una situación de esta naturaleza”, indica.
SIN PERICIAS
Por otro lado, anota que hasta el momento no se han realizado las pericias económicas y financieras que permitan al Ministerio Público determinar la incongruencia entre los ingresos y propiedades de los investigados que acredite la comisión del delito de lavado de activos.
“Lo han hecho absolutamente nada. El Ministerio Público lo que hace es acumular imputaciones, se ha preocupado más por eso que en acreditar la responsabilidad de los investigados. Hasta el momento no veo ningún elemento de convicción o prueba que amerite acreditar la responsabilidad de Roberto Torres Gonzales en lavado de activos y asociación ilícita. No sé qué habrá después, quizá en su desesperación el Ministerio Público está pidiendo la prolongación de la prisión preventiva porque le falta tiempo para probar sus imputaciones”, señala.
Hasta el momento el exalcalde no tiene ninguna sentencia condenatoria a prisión efectiva. En el 2015 fue sentenciado por el Octavo Juzgado Unipersonal de Chiclayo a cuatro años de cárcel suspendida por realizar labores proselitistas a favor de su fallecido hermano José Torres Gonzales, cuando este postuló al Congreso de la República en el 2011.
Tito Esteves comenta que como defensor de la ex autoridad municipal ha logrado tres absoluciones.
Esta semana debió iniciarse el juzgamiento por la presunta comisión del delito de peculado por la publicación pagada con dinero de la comuna de Chiclayo cuando Torres Gonzales buscaba su reposición ante el Jurado Nacional de Elecciones – JNE, audiencia que quedó suspendida por la revisión de la prolongación preventiva.
El próximo 7 de julio se iniciará el juicio del primer proceso desacomulado, por el delito de colusión agravada producido presuntamente en la compra direccionada de combustible para el municipio. En este caso la fiscalía pide cinco años de prisión contra Roberto Torres.
“La falta de recursos del Ministerio Público para las pericias no es una justificación. Repito, los fiscales se han dedicado a engrosar el proceso con imputaciones, al punto que ha tenido que desacumular porque ya no puede más y ha dejado de lado el proceso principal que es por asociación ilícita y lavado de activos. Lo que yo busco es que si me defendido es responsable de determinado delito se le sancione con una pena justa. Yo no busco hacer triquiñuelas para lograr la absolución, si es responsable que se le sancione, pero si no hay prueba lógicamente que se le devuelva su libertad”, afirma.
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