El coordinador de la Fiscalía Especializada Contra el Crimen Organizado – FECOR Lambayeque, Juan Manuel Carrasco Millones, deberá responder ante la Oficina Desconcentrada de Control Interno del Ministerio Público, dos hechos puntuales referidos a la participación de David Ángel Guerrero Rodríguez, alias “Ñoño”, “Gordo” o “Carnicero”, como colaborador eficaz y testigo clave del caso “Hermandad del norte”, así como por el pedido de libertad que el año pasado presentó a favor del conocido delincuente.
Con Resolución N° 01, del Caso N° 31-2017, el fiscal Telésforo Vásquez Figueroa, responsable de la Comisión de Investigación Preliminar de la Oficina de Control Interno del Distrito Fiscal de Lambayeque, emitida el 1 de febrero pasado, resolvió abrir investigación preliminar contra los que resulten responsables por presunta inconducta funcional, luego de recibir el Oficio N° 235-2017, suscrito por la presidenta de la Junta de Fiscales, Mariana Vásquez Zagaceta, dando cuenta de presuntas irregularidades en la procedimiento seguido por la FECOR Lambayeque en el caso “Hermandad del norte”.
Vásquez Zagaceta informó a la Oficina de Control Interno que su despacho recibió los escritos del abogado Luis Verona Sampertegui, patrocinador del investigado Samuel Roncal Miñano, quien puso en autos del Ministerio Público la situación irregular que se estaría presentando en el caso “Hermandad del norte”, respecto al colaborador eficaz 15012016, cuya identidad, como se conoce por audiencia pública, corresponde a David Ángel Guerrero Rodríguez, alias “Ñoño”, a partir de cuyas declaraciones se ha desarrollado la investigación a los presuntos integrantes de la organización criminal.
Expresión en su edición 997 dio cuenta que el Ministerio Público había aceptado que Guerrero Rodríguez se convierta en el colaborador eficaz 15012016 y al mismo tiempo en el testigo clave 1-2016, para corroborar sus primeras declaraciones en el caso “Hermandad del norte”.
Una edición antes, en la 996, este medio también confirmó que Guerrero Rodríguez en el 2012 había recibido el beneficio de la colaboración eficaz, a partir del cual el Poder Judicial dejó sin efecto una sentencia de cinco años de prisión por el delito de receptación agravada, quedando obligado a cumplir una serie de reglas de conducta, entre ellas no incurrir en los próximos diez años en actos ilícitos. Sin embargo, en el 2015 alias “Ñoño” participó del asesinato de Teodosia Flores Vásquez, por lo que se encuentra bajo mandato de prisión preventiva en el Establecimiento Penitenciario de Picsi.
CUESTIONAMIENTO
De acuerdo a la Resolución N° 01, la Presidencia de la Junta de Fiscales de Lambayeque comunicó a la Oficina de Control Interno que era necesario que “se disponga las acciones funcionales correspondientes a efecto de comprobar o verificar la noticia publicada en Chiclayo, respecto a si la persona identificada como colaborador eficaz N° 15012016, en la Carpeta Fiscal N° 20-2016 (Hermandad del norte), tramitada en la Fiscalía Especializada Contra el Crimen Organizado, anteriormente fue también el colaborador eficaz del Expediente Judicial N° 4986-2010-14, Tramitado en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Lambayeque, siendo el caso que a la fecha la misma persona es también testigo con clave 1-2016, en la Carpeta N° 20-2016, lo cual conllevaría, si es que la noticia es verdadera, a que se disponga las acciones correspondientes a determinar las responsabilidades referidas a identificar al fiscal o fiscales que constituyó al colaborador eficaz 15012016, considerando que anteriormente fue colaborador eficaz con reglas de conducta, así como el fiscal o fiscales que constituyó al testigo clave 01-2016, teniendo en cuenta que este era la misma persona que el colaborador eficaz”.
El abogado de Roncal Miñano presentó la denuncia sustentándose en una publicación del diario La Verdad, que también abordó lo sucedido en el caso de Guerrero Rodríguez, publicación que corresponde al 13 de enero pasado.
De acuerdo al Reglamento de Organización y Funciones de la Fiscalía Suprema de Control Interno del Ministerio Público, aprobado mediante Resolución N° 071-2005-MP-FN-JFS, en su artículo 33), “recibida la queda o subsanada la omisión se podrá disponer: a), abrir investigación preliminar cuando el caso lo amerite; b), abrir procedimiento disciplinario; c), rechazar la queja de plano en los casos previstos en el artículo que antecede, archivándolas”.
RESPUESTA
La resolución de la Oficina Desconcentrada de Control Interno ordenó al coordinador de la FECOR Lambayeque, el fiscal Juan Manuel Carrasco Millones, indique quién era el fiscal a cargo de la Carpeta 20-2016 – Hermandad del norte – para que este explique cuáles fueron las circunstancias por las que se aceptó que Guerrero Rodríguez había sido aceptado como colaborador eficaz y testigo clave en el mismo caso.
En respuesta, el 15 de febrero pasado, con Oficio N° 163-2016-MP-FECOR-CHICLAYO/GMU, el fiscal a cargo de la investigación, Germán Montero Ugaz, se dirigió al despacho del responsable de la Comisión de Investigación Preliminar de la Oficina de Control Interno del Distrito Fiscal de Lambayeque, para señalar que “toda información que se encuentre en curso es reservada y se determinará en el curso del proceso; es decir, los imputados deberán utilizar los mecanismos procesales que crean conveniente dentro del mismo proceso judicial”.
PEDIDO DE LIBERTAD
El pasado 21 de febrero, en el mismo Caso N° 31-2017, la Oficina Desconcentrada de Control Interno del Ministerio Público, emitió la Resolución N° 3, en la que se dio cuenta que el Oficio N° 421-2017-MP-FN.FSCI.C.P.P. suscrito por el fiscal adjunto supremo Jorge Antonio Bernal Cavero, encargado de la Fiscalía Suprema de Control Interno, recibió la noticia publicada por Expresión, edición 997, en la que se da cuenta que el fiscal coordinador de la FECOR Lambayeque, Juan Manuel Carrasco Millones, solicitaba la libertad del colaborador eficaz 15012016, en el caso Hermandad del norte, identificado como David Ángel Guerrero Rodríguez, alias “Ñoño”, pese a que ha quedado probada su reincidencia delictiva a la que estaba condicionado cuando en el 2012 se le otorgó el beneficio de libertad por acogerse a la figura de colaborador eficaz.
El segundo considerando de la resolución señala que “de la revisión del Semanario Expresión, edición del 19 al 26 de enero de 2017, se advierte que la noticia difundida guarda relación con el Caso N° 31-2017, por lo que corresponde de conformidad a los artículos 581 y 632 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, realizar una indagación preliminar contra el fiscal provincial Juan Manuel Carrasco Millones, de la Fiscalía Especializada en Crimen Organizado, a efectos que brinde sus descargos respecto a la noticia difundida en el Semanario Expresión, publicada en las páginas 8 y 9”.
La indagación preliminar es aquella en la cual el órgano encargado investiga una presunta falta en busca de los elementos de prueba, necesarios que le permitan sustentar la respectiva investigación o queja, la cual, de ser atendible, dará inicio al procedimiento disciplinario.
Por la resolución se ha solicitado al fiscal Juan Manuel Carrasco Millones, de la Fiscalía Especializada en Criminalidad Organizada del Distrito Fiscal de Lambayeque, su informe de descargo en el plazo de cinco días de notificado.
Asimismo, se ordena dar atención a la investigación preliminar iniciada por la Oficina Desconcentrada de Control Interno en relación a la noticia difundida respecto a la condición de colaborador y testigo que los fiscales del caso Hermandad del norte han otorgado a favor de David Ángel Guerrero Rodríguez.
LOS HECHOS
El 20 de septiembre del 2016, el fiscal Carrasco Millones remitió un documento reservado al juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de José Leonardo Ortiz, donde se investiga el asesinato de Teodosia Flores, solicitando de manera “muy urgente” “medidas de protección para David Ángel Guerrero Rodríguez”.
Carrasco Millones pidió al juez de Leonardo Ortiz las medidas de protección a favor de Guerrero Rodríguez argumentando que “en el proceso de colaboración se ha venido recabando una serie de diligencias en relación a la desarticulación y tendiente a la captura de la organización criminal Hermandad del norte, integrada aproximadamente por 40 personas, quienes vienen cometiendo una serie de delitos relacionados al sicariato, extorsión, asociación ilícita para delinquir, etc”.
Según el fiscal, alias “Ñoño” venía siendo objeto de una serie de ataques tendientes a causarle daño a su integridad física y familiar al interior del establecimiento penitenciario de Picsi, “por lo que existe abierta una carpeta de medida de protección hacia la familia del colaborador. Asimismo, hasta la fecha existen – dijo Carrasco en septiembre pasado – cuatro ataques a la integridad de la persona”.
El propio coordinador de la FERCOR Lambayeque señala en su escrito que la medida de aseguramiento personal a favor de David Guerrero Rodríguez se entendía como la medida de excarcelación, por lo que solicitaba que se le dicten las reglas de conducta, esto sin considerar que ya en el 2012 el sujeto fue beneficiario de la misma figura sobre una sentencia condenatoria, sin que cumpla con el mandato judicial de no volver a cometer ilícitos.
“Este órgano requiere la variación de la medida de prisión preventiva por la comparecencia con restricciones, para tal fin y de manera reservada solicitamos emita la resolución que ordene la variación de la medida coercitiva y con el fin de que pueda fundamentar su decisión se hace llegar reservadamente copias de lo actuado en el presente proceso de colaboración eficaz”, señaló Juan Carrasco en la parte final de su documento.
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